Boletín Oficial de la República Argentina del 12/11/2007 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 12 de noviembre de 2007
cretos Nros. 993/91 T.O.1995 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2027 de fecha 28 de diciembre de 2006, se designó con carácter transitorio a la Doctora Doña Olga Silvina CACERES M.I. Nº 5.111.372, en el cargo de Director de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA
LEGAL dependiente de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que la citada profesional, continuó ejerciendo las funciones de Director de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, hasta el 20 de agosto de 2007.
Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198
se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 11 de la citada ley.
Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN 1 cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la mencionada Subsecretaría.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura del citado cargo mediante una excepción a lo previsto en los Títulos III
Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 21 de agosto de 2007.
Que la Doctora Doña Viviana Seville SALAS
M.l. Nº 17.233.407 reúne los requisitos de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo.
Que por el Decreto Nº 2043 de fecha 28 de diciembre de 2006, se designó con carácter transitorio al Doctor Don Leandro VIDAURRE M.I. Nº 22.692.948, en el cargo de Director de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria, conforme el proceso de selección previsto en el SISTEMA NACIONAL
DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA
SI.NA.P.A. Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, razones operativas hacen necesario prorrogar dicha designación.
Que dicho profesional se encuentra actualmente desempeñándose en el cargo en que fuera designado transitoriamente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7º y 11 de la Ley Nº 26.198
y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogada la designación transitoria en el cargo de Director de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL
dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, Nivel B, Función Ejecutiva III, a la Doctora Doña Olga Silvina CACERES M.I.
Nº 5.111.372, a partir del vencimiento del término establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 2027 de fecha 28 de diciembre de 2006 y hasta el 20 de agosto de 2007.
Art. 2º Dase por designada con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles, a partir del 21 de agosto de 2007, a la Doctora Doña Viviana Seville SALAS M.I.
Nº 17.233.407, en UN 1 cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, como excepción a lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198.
Art. 3º Dase por prorrogada la designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles, en el cargo de Director de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Nivel B, Función Ejecutiva III, al Doctor Don Leandro VIDAURRE M.I. Nº 22.692.948, a partir del vencimiento del término establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 2043 de fecha 28 de diciembre de 2006.
Art. 4º La designación y las prórrogas en los cargos aludidos se disponen con carácter de excepción a lo establecido en los Títulos III Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91
T.O. 1995.
Art. 5º Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A., Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, en el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha que en cada caso se especifica.
Art. 6º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Miguel G. Peirano.

FERIAS INTERNACIONALES

BOLETIN OFICIAL Nº 31.279

de los países participantes en la XIX FERIA
INTERNACIONAL ACONCAGUA - FIA 2007, realizada en el Centro Ferial de la UNION
COMERCIAL E INDUSTRIAL DE MENDOZA
UCIM, Parque General San Martín, Provincia de MENDOZA REPUBLICA ARGENTINA, del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2007.
Que la realización de esta muestra acrecentó el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.
Que las artesanías, productos regionales y productos industriales de cada país interviniente que ingresarán al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados, durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES
CINCO MIL U$S 5.000.-, por país participante.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº 22.792.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de las artesanías, productos regionales y productos industriales de fabricación nacional de cada país interviniente, originarios y procedentes de los países participantes en la XIX FERIA INTERNACIONAL ACONCAGUA FIA 2007, realizada en el Centro Ferial de la UNION COMERCIAL E INDUSTRIAL DE MENDOZA UCIM, Parque General San Martín, Provincia de MENDOZA REPUBLICA ARGENTINA del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2007, para su exhibición u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL
U$S 5.000.- por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Miguel G. Peirano.

SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 1607/2007
Recházase un Recurso de Alzada interpuesto contra la Resolución Nº 194/2006 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios ETOSS.

Decreto 1606/2007
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los países participantes en la XIX Feria Internacional Aconcagua - FIA 2007, realizada en la Provincia de Mendoza.
Bs. As., 7/11/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0165618/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que la UNION COMERCIAL E INDUSTRIAL
DE MENDOZA UCIM C.U.I.T. Nº 3052535730-5, solicitó la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de las artesanías, productos regionales y productos industriales de fabricación nacional de cada país interviniente, originarios y procedentes
Bs. As., 7/11/2007
VISTO el Expediente Nº 15.795/06 del Registro del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y
SERVICIOS SANITARIOS ETOSS y los Decretos Nros. 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787 de fecha 22 de abril de 1993, 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, 303 de fecha 21
de marzo de 2006, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Nº 1759/1972 T.O. 1991, y CONSIDERANDO:
Que la Señora Alejandra TEJEIRA D.N.I
Nº 12.798.205 en su carácter de representante de la empresa HIPOLITO YRIGOYEN 672
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular del inmueble sito en la Calle Hipólito Yrigoyen Nº 672 de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES se presentó con fecha 26 de noviembre de 2001 en la sede del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS
SANITARIOS ETOSS y efectuó el reclamo
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Nº 50.888 relativo a un error en la facturación realizada por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA en el inmueble mencionado anteriormente.
Que a través de dicho reclamo, la representante sostuvo que la ex Concesionaria AGUAS
ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA al facturarle a la empresa HIPOLITO YRIGOYEN 672
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con Cuota Fija dentro de la categoría No Residencial, había incurrido por no ingresar oportunamente el inmueble de su titularidad al Régimen Medido, en errónea facturación.
Que asimismo la representante sostuvo que se le debió facturar a la empresa usuaria el Cargo Fijo dentro de la categoría correspondiente, que en dicha instancia ascendía solo al CINCUENTA POR CIENTO 50% de la Cuota Fija, y solicitó en consecuencia la devolución de los importes mal facturados, con más intereses y recargos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240.
Que el entonces ENTE TRIPARTITO DE
OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS consideró que el reclamo analizado fue efectuado en los términos del Recurso Directo, reglado por el Artículo 72 del Marco Regulatorio, aprobado por Decreto Nº 999 de fecha 18 de junio de 1992
y concordante con el Artículo 56 del Reglamento del Usuario Resolución ETOSS Nº 83/1998
B.O. 28/09/98.
Que la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA respondió a los requerimientos de la representante de la empresa HIPOLITO YRIGOYEN 672 SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA trayendo a colación lo relativo a las prescripciones de la Resolución Nº 66 de fecha 23 de marzo de 1995
del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS
Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS y adujo haber dado cumplimiento a la manda de dicha resolución a través del envío en todas las facturas distribuidas a sus clientes entre los días 16
de mayo y 4 de julio de 2000 de un folleto de carácter ilustrativo.
Que a través de la Resolución Nº 66 de fecha 23 de marzo de 1995 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS se instituyó un mecanismo de opción tarifaria a los usuarios categorizados como No Residenciales Clase I sin medidor instalado a marzo de 1995, estableciendo la modalidad del ofrecimiento de la opción de permanecer en el Régimen de Cuota fija o cambiarse al de Cuota Medida.
Que el entonces ENTE TRIPARTITO DE
OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS
ha dicho en sendas oportunidades que luego de reiterados requerimientos efectuados a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, consideró que era insuficiente la información ofrecida por la ex prestataria sobre las comunicaciones hechas a los usuarios, verificando a su vez que no acreditó completamente el ofrecimiento de la opción prevista en la Resolución Nº 66 de fecha 23 de marzo de 1995 de dicho Organismo por no haber conservado la documentación.
Que consecuentemente, la refacturación debida comprendió todos los períodos facturados a partir del 3º bimestre del año 1995 debiendo adicionársele los intereses previstos en el Numeral 11.8 del Contrato de Concesión modificado por la Resolución Nº 601 de fecha 8 de julio de 1999 B.O. 5/8/99 de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y el recargo establecido por la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, con excepción de los períodos que estén prescriptos conforme la fecha del reclamo aunque teniendo en cuenta la fecha de instalación del medidor.
Que lo que se debatió en el expediente mencionado en el Visto fue lo relativo a la devolución del porcentaje del CINCUENTA POR CIENTO 50% de la Tarifa Básica Bimestral, por la falta de notificación al reclamante de la opción prevista en la Resolución Nº 66 de fecha 23 de marzo de 1995 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
ETOSS.
Que la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA no pudo constatar haber efectuado la notificación pertinente a la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/11/2007 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/11/2007

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9396

Primera edición02/01/1989

Ultima edición14/07/2024

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