Boletín Oficial de la República Argentina del 21/11/2006 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 21 de noviembre de 2006

ANEXO II
Países de Origen
DIVISION ADUANA DE POSADAS

308

COREA DEMOCRATICA

309

COREA REPUBLICANA

310

CHINA

331

EMIRATOS ARABES UNIDOS

312

FILIPINAS

341

HONG KONG

315

INDIA

316

INDONESIA

319

ISRAEL

326

MALASIA

332

PAKISTAN

313

TAIWAN

335

THAILANDIA

333

SINGAPUR

337

VIETNAM

EDICTO DE NOTIFICACION Art. 1013 inc. h Código Aduanero Se hace saber a las personas detalladas más abajo o a quienes se consideren con derecho sobre las mercaderías afectadas a las actuaciones mencionadas, que se las cita para el acto de verificación y aforo, a realizarse dentro de los 5 cinco días hábiles de publicado el presente, en el horario de 08:00
a 12:00 hs. en la Oficina de ésta Administración sita en Av. Mitre Nro. 1518 de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, conforme el art. 1094 inc. b de la Ley 22.415 en caso de no concurrir al mismo se procederá al Aforo de Oficio, perdiendo el derecho a reclamar del que establezca el verificador sin su presencia - Art. 242 Ley 22415 - Firmado: Abog. MARCELO G. BULACIO ADMINISTRADOR I DE
LA DIVISION ADUANA DE POSADAS.

e. 21/11 Nº 530.559 v. 21/11/2006

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Nota Externa Nº 14/2006
Suspensión de la certificación prevista por la Resolución SIC y M N 897/99
Bs. As., 17/11/2006
VISTO la comunicación efectuada por la Secretaría de Defensa del Consumidor a través de la Nota de fecha 3 de agosto ppdo. recaída en la Actuación Nº 13289 - 24127 - 2006, donde se señala que no resulta necesaria la intervención previa de la Dirección de Lealtad Comercial, prevista en la Resolución SICyM Nº 897 de fecha 6 de diciembre de 1999, para el caso de ingreso de mercaderías alcanzadas por el régimen de seguridad que deben cumplir los ascensores y sus componentes, se comunica que:
Para oficializar destinaciones definitivas de importación a consumo de cables y perfiles de acero, del tipo de los utilizados en ascensores, montacargas y otros medios de elevación, con arreglo a lo señalado en el párrafo precedente, los importadores deberán hacer uso de la opción LA MERCADERIA SERA UTILIZADA EN LA FABRICACION O MANTENIMIENTO DE ASCENSORES que se presenta en la pantalla de la terminal del SIM, lo cual quedará reflejado en el campo Opciones / Ventajas del Formulario OM- 1993 SIM con la codificación HORMI2 = SI.
A esos efectos los interesados deberán previamente solicitar por escrito por ante el Departamento Técnica de Importación, el alta en la lista correspondiente del SIM de su Clave Unica de Identificación Tributaria CUIT, debiendo acompañar a la solicitud, además de la Constancia de Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP, documentación fehaciente que acredite en forma indubitable que se trata de una empresa vinculada a la fabricación, reparación o mantenimiento de ascensores o elevadores.
Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.
Dr. JORGE ROBERTO DE CICCO, Subdirector General Técnico Legal Aduanero de la DGA.
e. 21/11 Nº 530.852 v. 21/11/2006

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Código Aduanero Ley 22.415 Arts. 1013 Inc. h y 1101
Por ignorarse el domicilio se cita a la firma que más abajo se menciona para que dentro de los 10
diez días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina Art. 1001 del C.A. bajo apercibimiento de ley Art. 1004 del C.A.. Se le hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, en caso de corresponder, producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración de antecedente Arts. 930/932 de C.A..
Fdo. Drs. JOSÉ ANTONIO CASTRO, MIRTA T. GONZALEZ, ALBERTO JUAN FERNANDEZ, CARLOS
A. AMOR, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.-

600720/02
604146/01
12034-1618-2005
603444/02
603645/02
600867/00
12040-1011-2005
12040-928-2005
12040-1016-2005
604442/00LI
12040-681-2005

9

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

GRUPO 4

SUMARIO Nº
BOLETIN OFICIAL Nº 31.037

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

CAUSANTE
DOC. IDENT

INFR.
ART.

TRIBUTOS $

MULTA $

LOSING NORBERTO
COOP. FRUTIVINICOLA ALLEN LTDA
TOP BRAND INT. S.A.
MOYA MORALES DARIO
ALL LEATHER SRL
MAJERTEX S.A.
LUNA CARLOS LUIS JUAN FRANZONI Y CIA. COM. E. IND
MAJERTEX S.A.
QUING LIN
T.A.P.S.A.

970
970
970
970
970
970
970
970
970
970
970

5.206,46
12.717,18
4.303,60
78.755,97
95.534,23
56.080,38
15.742,08
13.973,18
163.940,13
61.171,58

3.930,08
5.314,05
1.519,34
54.945,60
41.106,17
32.470,56
7.409,02
5.998,07
102.398,12
34.976,01
1.590

e. 21/11 Nº 530.527 v. 21/11/2006

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/11/2006 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha21/11/2006

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9397

Primera edición02/01/1989

Ultima edición15/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2006>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930