Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/2006 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 3 de noviembre de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 31.025

Expediente Nº 1.182.109/06
Buenos Aires, 29 de Septiembre de 2006
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION S.s. R.L. Nº 122/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 34/35 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 651/06.
VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.

ENTRE EL SR. CARLOS ALBERTO ACUÑA EN SU CARACTER DE SECRETARIO GENERAL
DE LA FEDERACION OBREROS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y GNC, GARAGES, PLAYAS DE
ESTACIONAMIENTOS, LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA F.O.E.S.G.R.A CON DOMICILIO EN LA CALLE HIPOLITO YRIGOYEN 2727 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y EL SR. ANDRES EDUARDO DOÑA EN SU CARACTER DE SECRETARIO
GREMIAL DEL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y GNC, GARAGES-PLAYAS DE ESTACIONAMIENTOS Y LAVADEROS AUTOMATICOS DE CAPITAL FEDERAL Y LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S.O.E.S.G Y P.E Y LOS SRES. MARCOS DABBAH, Y
EDUARDO SANCHEZ EN SU CARACTER DE PRESIDENTE Y SECRETARIO RESPECTIVAMENTE
DE AGESCAMARA DE GARAJES Y ESTACIONAMIENTOS CON DOMICILIO EN LA CALLE HIPOLITO YRIGOYEN 2736/38 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES CONVIENEN CELEBRAR LA
PRESENTE ACTA ACUERDO SUJETO A LAS SIGUIENTES CLAUSULAS:
PRIMERA: QUE ES OBJETO DE LAS PARTES ALCANZAR UNA RECOMPOSICION SALARIAL
DENTRO DEL MARCO DEL CONVENIO COLECTIVO Nº 428 SUSCRIPTO POR LAS MISMAS APLICABLES A LOS TRABAJADORES DE LA ACTIVIDAD.
SEGUNDA: QUE ATENTO LO ESTABLECIDO EN LA CLAUSULA PRIMERA LAS PARTES CONVIENEN UN AUMENTO SALARIAL, NO REMUNERATIVO, EN DOS SUMAS FIJAS, EQUIVALENTE
AL 19% DIECINUEVE PORCIENTO SOBRE LOS SALARIOS BASICOS DE LOS TRABAJADORES
DE LA ACTIVIDAD, DISTRIBUIDOS DE LA SIGUIENTE FORMA:
SEPTIEMBRE DE
2006
BASICO
$ $
$ $
$ $

SUMA FIJA
N/R

950,00
940,00
925,00
900,00
44,00
44,00

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 581/2006
Registro Nº 569/2006
Bs. As., 30/8/2006

ACTA DE ACUERDO

ENCARGADO
ADMINISTRATIVO
OP. DE PLAYA
SERENO
MANEJO DE FONDO
ASISTENCIA

46

$
$ $
$

95,00
94,00
92,50
90,00

VISTO el Expediente Nº 1.130.103/05 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 t.o. 2004, la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del expediente Nº 1.171.405/06 agregado como fojas 96 al principal, obra el acuerdo suscripto en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 251/75, entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CUERO Y AFINES y la CAMARA INDUSTRIAL DE
LAS MANUFACTURAS DEL CUERO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 t.o. 2004.
Que en el acuerdo precitado las partes estipulan el pago de sumas no remunerativas para las distintas categorías previstas en el CCT 251/75, las cuales quedarán automáticamente incorporadas a los básicos de convenio a partir del 1º de enero de 2007, de conformidad a la escala salarial fijada en el punto 1.4 de la cláusula PRIMERA del acuerdo.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la cámara signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que corresponde dejar sentado que a partir del 1º de enero de 2007, fecha en que de acuerdo a lo pactado quedarán conformados los básicos de convenio, deberá procederse, por intermedio de la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales UTIL, a elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley 20.744 to 1976 y sus modificatorias.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 t.o. 2004.
Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

OCTUBRE DE
2006

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

BASICO
ENCARGADO
ADMINISTRATIVO
OP. DE PLAYA
SERENO
MANEJO DE FONDO
ASISTENCIA

$
$ $
$ $
$

SUMA FIJA
N/R

950,00
940,00
925,00
900,00
48,00
48,00

$
$ $
$

180,50
178,60
175,75
171,00

TERCERA: LAS PARTES ACUERDAN EL PRESENTE ACUERDO SALARIAL ESTABLECIDO
EN LA CLAUSULA SEGUNDA, REGIRA A PARTIR DEL 01/09/2006.
CUARTA: LAS PARTES ACUERDAN QUE EL AUMENTO ESTABLECIDO EN LA CLAUSULA
SEGUNDA FORMARA PARTE DEL SALARIO A PARTIR DEL PRIMERO DE MARZO DE 2007, CONVIRTIENDOSE EN REMUNERATIVO A PARTIR DE LA FECHA MENCIONADA.
QUINTA: LAS PARTES SOLICITAN AL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION, AUTORIDAD DE APLICACION LA HOMOLOGACION DE LA PRESENTE.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SE FIRMAN 3 TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR
Y A UN SOLO EFECTO, A LOS
DIAS DEL MES DE
DE 2006.
F.O.E.S.G.R.A.

S.O.E.S.G.y P.E.

Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el acuerdo suscripto en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 251/75, entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA
DEL CUERO Y AFINES y la CAMARA INDUSTRIAL DE LAS MANUFACTURAS DEL CUERO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 2/3 del expediente Nº 1.171.405/06 agregado como fojas 96 al principal Nº 1.130.103/05.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a fojas 2/3 del expediente Nº 1.171.405/06 agregado como fojas 96 al principal Nº 1.130.103/05.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil seis, siendo las 11.00 horas, comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, por ante la señora Jefa del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, por una parte y en representación de la CAMARA DE GARAGES Y ESTACIONAMIENTOS A.G.E.S., el Sr Marcos DABBAH y Eduardo Omar SANCHEZ, en sus caracteres de Presidente y Secretario respectivamente de la citada Cámara conforme documentación que acompañan, constituyendo domicilio en Hipólito Yrigoyen 2736 de la Ciudad de Buenos Aires y por la otra en representación del sector sindical por el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, G.N.C., GARAGES
PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS AUTOMATICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA Y
PROVINCIA DE BUENOS AIRES S.O.E.S.G.y PE los Sres. Andrés Eduardo DOÑA y Oscar FARIÑA
en sus caracteres de Secretario Gremial y de Actas, Prensa y Difusión, respectivamente, según documentación agregada, constituyendo domicilio en Hipólito Yrigoyen 2727 CABA y por la FEDERACION
OBREROS Y EMPLEADOS DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, G.N.C., GARAGES PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOMERIAS DE LA
REPUBLICA ARGENTINA F.O.E.S.G.R.A. EL Sr Andrés Eduardo DOÑA, en su carácter de Secretario Gremial, conforme documentación acompañada, constituyendo domicilio en Hipólito Yrigoyen 2727
CABA.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, las partes comparecientes manifiestan que vienen a ratificar contenido y firmas del acuerdo suscripto en forma directa en una 1 foja útil y que agregan en este acto solicitando forme parte de la presente acta, solicitando su pertinente homologación, comprometiéndose a acompañar a estos actuados escala vigente del CCT 428/05 a los fines pertinentes.
No siendo para más se cierra el acto, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia, ante el actuante que certifica.
PARTE EMPRESARIA

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

ARTICULO 4º Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, dejándose sentado que a partir del 1º de enero de 2007, fecha en que de acuerdo a lo pactado quedarán conformados los básicos de convenio, deberá elaborarse, por intermedio de la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales UTIL, el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley 20.744 to 1976 y sus modificatorias.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 t.o.
2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.130.103/05
Buenos Aires, 4 de Septiembre de 2006
De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 581/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente Nº 1.171.405/06 agregado como fojas 96 al expediente de referencia, quedando registrado con el número 569/06. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación - D.N.R.T.
ACUERDAN SALARIOS CONVENCIONALES:
Entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CUERO Y
AFINES F.A.T.I.C.A. representada en este acto por Juan Carlos Martínez y Marcelo A. Cappiello,
PARTE SINDICAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/2006 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/11/2006

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9392

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/07/2024

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