Boletín Oficial de la República Argentina del 10/03/2006 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 10 de marzo de 2006
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designada, a partir del 1 de febrero de 2006, en el Gabinete de la señora Ministra de Defensa, en un cargo de Asesor, con la cantidad de UN MIL CIEN 1100 Unidades Retributivas Mensuales a la señora María Luisa PERUSO DNI Nº 6.026.863.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45.20 Programa 16 Inciso 1 Partida 1.7.0. Gabinete de Autoridades Superiores.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Nilda Garré.

OBRAS VIALES
Decreto 248/2006
Declárase de interés público, en el marco del Régimen Nacional de Iniciativa Privada, el objeto de la propuesta presentada por las empresas Corporación América S.A. y Helport S.A., consistente en la construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual Ruta Nacional Nº 8.

Bs. As., 8/3/2006
VISTO el Expediente Nº 4472/2004 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696, el Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005, y
Que las proponentes iniciaron el presente trámite bajo el imperio del anterior Régimen de Iniciativa Privada previsto por el derogado Decreto Nº 1105 de fecha 20 de octubre de 1989, modificado por su similar Nº 635 de fecha 11 de julio de 1997. En virtud de ello se les requirió el cumplimiento de los recaudos previstos en la nueva normativa, los cuales fueron cumplidos de acuerdo surge de los antecedentes del presente expediente.
Que la iniciativa presentada propone la construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual Ruta Nacional Nº 8, comprendido entre las ciudades de PILAR y PERGAMINO, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, que denominan AUTOPISTA PILAR-PERGAMINO.
Que las jurisdicciones correspondientes en razón de la materia han tomado la intervención que les compete en función de lo previsto en el Artículo 4º del Anexo I del Decreto Nº 966 del 16 de agosto de 2005, habiendo emitido los informes circunstanciados allí exigidos.
Que en ese sentido se ha expedido el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES
VIALES OCCOVI, manifestando que sin perjuicio del nivel de prefactibilidad de la propuesta correspondiente a esta etapa del proceso, queda demostrada la necesidad de realización de la obra que repercute ampliamente en beneficio de la sociedad; recomendando por ello la declaración de interés público del objeto de la propuesta.
Asimismo, la DIRECCION NACIONAL DE
VIALIDAD DNV ha manifestado que la alternativa propuesta por la iniciativa privada no presenta objeciones técnicas.
Que, sin perjuicio que las características precisas del proyecto de referencia serán definidas en la instancia administrativa propia del procedimiento de selección del contratista que oportunamente se lleve a cabo, la propuesta mencionada resulta acorde con la política de desarrollo de la economía encarada por el ESTADO NACIONAL.

CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la propuesta presentada por las empresas CORPORACION AMERICA SOCIEDAD
ANONIMA y HELPORT SOCIEDAD ANONIMA en el marco de lo dispuesto en los Artículos 2º y 3º del Anexo I del Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005.
Que la normativa citada prevé la posibilidad de estimular a los particulares en la presentación de proyectos de infraestructura, para desarrollarse mediante los diversos sistemas de contratación regulados por las Leyes Nº 13.064, Nº 17.520 y Nº 23.696.
Que a tal fin dispone que toda presentación de un particular ante el ESTADO NACIONAL, cuyo objeto sea regulado por la normativa enunciada en el párrafo precedente, quedará sujeta al Régimen Nacional de Iniciativa Privada.
Que tal régimen prevé que las presentaciones de proyectos deberán contener como mínimo los siguientes requisitos de admisibilidad: identificar el proyecto y su naturaleza, acompañar las bases de su factibilidad económica y técnica, consignar el monto estimado de inversión, adjuntar los antecedentes completos del autor de la iniciativa y detallar la fuente de recursos y financiamiento, el que deberá ser privado.
Que las autoras de la iniciativa deberán incluir en su presentación una Garantía de Mantenimiento en la forma y por el monto previsto en el Artículo 3º del Anexo I del Decreto Nº 966 del 16 de agosto de 2005.
Que en cumplimiento de los Artículos 4º y 5º del Anexo I del Decreto Nº 966 del 16 de agosto de 2005, la COMISION DE EVALUACION
Y DESARROLLO DE INICIATIVAS PRIVADAS ha verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el régimen del citado Decreto, elevado un informe circunstanciado sobre el proyecto aconsejando su elegibilidad, y constatado la constitución de garantía exigida.

Que la iniciativa presentada abre la posibilidad de importantes inversiones a riesgo empresario en el desarrollo de proyectos de infraestructura, con la generación de altos beneficios para la sociedad en su conjunto.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO
NACIONAL determinar la incorporación de la propuesta por su envergadura e interés al Régimen de Iniciativa Privada que establece el Decreto Nº 966/2005.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142
de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 966 del 16 de agosto de 2005 y por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Declárase de Interés Público, en el marco del Régimen Nacional de Iniciativa Privada establecido en el Decreto Nº 966/2005, el objeto de la propuesta presentada por las empresas CORPORACION AMERICA SOCIEDAD ANONIMA y HELPORT SOCIEDAD ANONIMA, consistente en la construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual Ruta Nacional Nº 8, comprendido entre las ciudades de PILAR y PERGAMINO, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, denominada AUTOPISTA PILAR-PERGAMINO.
Art. 2º Reconócese a las empresas CORPORACION AMERICA SOCIEDAD ANONIMA y HELPORT SOCIEDAD ANONIMA, como autoras de la iniciativa privada de la propuesta referida en
BOLETIN OFICIAL Nº 30.863

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el artículo anterior, los derechos previstos en los Artículos 8º, 9º y 10 del Anexo I del Decreto Nº 966
de fecha 16 de agosto de 2005.

creto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005, determinando la modalidad de contratación que corresponda.

Art. 3º Instrúyese al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, a proseguir con el procedimiento de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º del De-

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Julio M. De Vido. Felisa Miceli.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 249/2006
Danse por prorrogadas designaciones transitorias efectuadas oportunamente en el ámbito de la citada Jurisdicción.

Bs. As., 8/3/2006
VISTO el expediente Nº 268/2006 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.078, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y Nº 509 del 13 de mayo de 2005 y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la prórroga de las designaciones transitorias por el término de CIENTO OCHENTA 180 días, de diversos agentes pertenecientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2006.
Que mediante el Decreto Nº 509/05 se dieron por prorrogadas las designaciones transitorias efectuadas oportunamente, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los señores Contador Público D. Daniel Santiago LANDERRECHE, al Licenciado D. Norberto Carlos PEROTTI, y a los Doctores D.
Gerardo Matías SERRANO y D. Martín Blas ORDUNA, como titulares de las Direcciones de EVALUACION DEL GASTO Y CONTROL PRESUPUESTARIO, de EVALUACION DE RECURSOS PUBLICOS, de PROGRAMAS SOCIALES Y DE GESTION INSTITUCIONAL y de PROGRAMAS DE INFRAESTRUCTURA Y PRODUCCION, respectivamente, dependiendo las dos primeras Unidades mencionadas de la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION
PRESUPUESTARIA y las segundas de la DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO.
Que resulta necesario prorrogar las designaciones citadas precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y en el artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o.
1995, toda vez que aún no se ha realizado el proceso de selección previsto.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.
Que el personal involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Danse por prorrogadas, con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días, a partir 6 de enero de 2006, las designaciones transitorias efectuadas oportunamente en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del personal nominado en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida y de acuerdo al detalle obrante en la misma. Las prórrogas que se propician se disponen con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o.
1995.
Art. 2º Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91
t.o. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1º del presente acto.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos vigentes de las partidas específicas de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Aníbal D. Fernández.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/03/2006 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha10/03/2006

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9392

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/07/2024

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