Boletín Oficial de la República Argentina del 24/08/2005 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 24 de agosto de 2005
señor D. Felipe FRYDMAN, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en dicho país.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el REINO DE TAILANDIA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Felipe FRYDMAN
M.I. N 4.442.227.

impresos, material publicitario y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en los eventos 9na. Exposición Internacional del Envase y Embalaje, ENVASE
2005 y 4ta. Exposición de Maquinaria y Equipo para el Procesamiento de Alimentos y Bebidas, ALIMENTEK 2005, a realizarse en el Centro de Exposiciones COSTA SALGUERO, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 19 al 23 de setiembre de 2005.

Que oportunamente el Gobierno del REINO
DE NORUEGA concedió el placet de estilo a D. Juan Manuel ORTIZ de ROZAS, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en dicho país.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Por ello,
Art. 2 Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que los folletos impresos, material publicitario y elementos de construcción y decoración de stands que ingresarán al país, constituyen materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB
de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO
MIL U$S 5.000, por país participante.

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Rafael A. Bielsa.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Decreto 997/2005

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5, inciso s, de la Ley N 20.545 incorporado por su similar N 21.450 y mantenido por el Artículo 4
de la Ley N 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

Traslado de un funcionario.

Por ello,

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO

BOLETIN OFICIAL Nº 30.723

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el REINO DE NORUEGA, al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Juan Manuel ORTIZ de ROZAS M.I. N 7.618.066.
Art. 2 Acredítase al funcionario mencionado en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.
Art. 3 Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Rafael A. Bielsa.

Bs. As., 22/8/2005
Atento razones de servicio, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 7.
de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Art. 1 Trasládase de la Embajada de la República en el REINO DE NORUEGA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Orlando Rubén REBAGLIATI M.I. N 4.398.283.
Art. 2 Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a las respectivas partidas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para el presente ejercicio.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Rafael A. Bielsa.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

RADIODIFUSION

Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en los eventos 9na. Exposición Internacional del Envase y Embalaje, ENVASE 2005 y 4ta.
Exposición de Maquinaria y Equipo para el Procesamiento de Alimentos y Bebidas, ALIMENTEK
2005, a realizarse en el Centro de Exposiciones COSTA SALGUERO, de la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 19 al 23 de septiembre de 2005, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL U$S 5.000 por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Autorízase al Obispado de Nueve de Julio el cambio de categoría del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia otorgado por el Decreto Nº 2101/94.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.

EXPOSICIONES
Decreto 994/2005
Exímese el pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en los eventos 9 Exposición Internacional del Envase y Embalaje, ENVASE 2005 y 4
Exposición de Maquinaria y Equipo para el Procesamiento de Alimentos y Bebidas, ALIMENTEK 2005, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 22/8/2005
VISTO el Expediente N S01:0064504/2005 del Registro del MISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO ARGENTINO DEL ENVASE, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos

SERVICIO EXTERIOR
Decreto 999/2005
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en el Reino de Noruega.
Bs. As., 22/8/2005
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley N 20.957; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo mencionado, los funcionarios de las categorías B y C del Servicio Exterior de la Nación, pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Decreto 993/2005

Bs. As., 22/8/2005
VISTO el Expediente Nº 1060/92 del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, el Decreto 2101 del 28 de noviembre de 1994, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado en el VISTO se autorizó al OBISPADO DE NUEVE DE JULIO, a instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el INSTITUTO MARIA INMACULADA, de la localidad de GENERAL VILLEGAS, provincia de BUENOS AIRES, asignándose al mismo la frecuencia 92.9 MHz., canal 225, con un equipamiento correspondiente hasta categoría D y señal distintiva LRI 364.
Que por Actuación N 014748 - COMFER/04
de fecha 1 de octubre de 2004, el Obispado comunicó que el cubrimiento del servicio es menor al que se corresponde con la categoría D autorizada y que no se encuentra en condiciones económicas de solventar mayores costos, atento que con una cobertura menor atiende al objetivo pretendido.
Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES verifica que el servicio cumplimenta con los parámetros técnicos correspondientes a una categoría F, por lo cual concluye que es factible asignar dicha categoría y mantener el canal 225, en la frecuencia 92.9
MHz y la señal distintiva LRI 364.
Que el Servicio Jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta al amparo de las disposiciones del artículo 3 de la Ley N 22.285 y sus modificatorias.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase al OBISPADO DE
NUEVE DE JULIO el cambio de categoría del ser-

4

vicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia otorgado por Decreto N 2101/94.
Art. 2º Asígnase al servicio citado en el artículo anterior, la categoría F, manteniéndose el canal 225, en la frecuencia 92.9 MHz. y la señal distintiva LRI 364.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Aníbal D. Fernández.

RESOLUCIONES

Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 483/2005
Apruébase y regístrase la reforma del estatuto de la Obra Social del Personal de la Industria del Hielo y Mercados Particulares.
Bs. As., 11/8/2005
VISTO el Expediente Nº 89.788/05-SSSALUD; y CONSIDERANDO:
Que en el Expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL
DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL
HIELO Y MERCADOS PARTICULARES
R.N.O.S. N 1-0940-0, a los efectos de solicitar la aprobación y registración de la reforma realizada al estatuto de la entidad en sus artículos cuarto y onceavo.
Que a fs. 2/7 luce un ejemplar del estatuto de la entidad, suscripto por Presidente y Tesorero, donde constan las modificaciones arriba mencionadas.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N
1615/96 y N 145/03-PEN.
Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébase y regístrase la reforma a los artículos cuarto y onceavo del estatuto de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL HIELO Y MERCADOS PARTICULARES R.N.O.S. N 1-0940-0 según texto completo del mismo que corre a fojas 2/7 del Expediente N 89.788/05-SSSalud.
Art. 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales y, oportunamente archívese. Rubén H. Torres.

Superintendencia de Seguros de la Nación
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 30.655/2005
Auspíciase el XXXIII Coloquio Argentino de Estadística, a desarrollarse en Villa Giardino, provincia de Córdoba.

Bs. As., 17/8/2005
VISTO, el Expediente N 45171 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA
NACION por el cual se tramita lo solicitado a fs. 74 y 75 por la SOCIEDAD ARGENTINA
DE ESTADISTICA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA para que se auspicie

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/08/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha24/08/2005

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9397

Primera edición02/01/1989

Ultima edición15/07/2024

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