Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2004 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 14 de abril de 2004

Que se cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas II y de la Dirección General Impositiva.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.379

12

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución N 1114/2004

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Disposiciones Nros. 114/97 y 122/97 AFIP, procede disponer en consecuencia.

Bs. As., 2/4/2004
VISTO lo dispuesto por el artículo 3 inciso a y 24 inciso n de la Ley N 17.741 T.O. y sus modificatorias, y
Por ello, LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA
SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTICULO 1º Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Contador Público Carlos Walter SALA Legajo Nº 35.749/08 en el carácter de Supervisor Interino en jurisdicción de la División Fiscalización Nº 1 de la Dirección Regional Neuquén.
ARTICULO 2º Designar al Contador Público Carlos Walter SALA en el carácter de Jefe Interino de la División Fiscalización Nº 1 de la Dirección Regional Neuquén.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. BEATRIZ LUISA FONTAU, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.
e. 14/4 N 444.250 v. 14/4/2004

CONSIDERANDO:
Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3 inciso a de la Ley N 17.741
T.O. y sus modificatorias, se encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios, en tanto el artículo 24 inciso n de las normas citadas faculta a aplicar sumas del Fondo de Fomento Cinematográfico al cumplimiento de las actividades que, en cumplimiento de la ley aludida deben ejecutarse a fin de desarrollar la cinematografía y las artes audiovisuales argentinas.
Que el concurso para la producción al que alude la presente Resolución se inscribe en el marco para la promoción de nuevos realizadores que posibiliten la continuidad de la creación de obras audiovisuales.
Que a tales fines se considera conducente llamar a Concurso para el otorgamiento de premios a directores cuyos proyectos constituyan su primer o segundo largometraje que aspiren dirigir.
Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases para la participación en el citado concurso.
Por ello,
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición N 214/2004
S/finalización funciones, rotación de Administradores de Aduana y designación de Jefatura Interina en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia.
Bs. As., 30/3/2004
VISTO las presentes actuaciones, y
ARTICULO 1 Llámase a Concurso para la producción de TRES 3 Largometrajes para primeras y segundas obras cinematográficas, las que deberán tener una duración entre NOVENTA 90 y CIENTO VEINTE 120 minutos y podrán ser registradas en 16 mm, 35 mm o en soporte digital, color o blanco y negro; siendo obligatoriamente terminadas en 35 mm.
ARTICULO 2 Fijase los días 15 de abril al 30 de junio de 2004 como fechas de apertura y cierre de las presentaciones al Concurso al que se llama por la presente Resolución. En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición en la Oficina de Correos de que se trate.

CONSIDERANDO:
Que por las mismas, la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia gestiona designar en el carácter de Jefe Interino de la División Investigación, Control y Procedimientos Externos de su jurisdicción al agente Juan José ARTOLA, quien se viene desempeñando como Administrador Titular de la Aduana Puerto Madryn.

ARTICULO 3 Podrán participar en el Concurso al que se llama por la presente Resolución sólo aquellos directores cinematográficos argentinos o extranjeros que acrediten una residencia fehaciente no menor a los TRES 3 años en la República Argentina y cuyos proyectos presentados a Concurso constituyan el primer o segundo largometraje que aspiren dirigir.

Que por otra parte, propone que los Administradores Titulares de las Aduanas Comodoro Rivadavia y Puerto Deseado agentes Osvaldo Pascual CHAMBA y Néstor Ramón GUARA, pasen a desempeñarse en idéntico carácter y cargo en las Aduanas Puerto Madryn y Comodoro Rivadavia, respectivamente.

ARTICULO 4 Los presentantes que resulten seleccionados como ganadores deberán inscribirse en el registro de productores del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que la finalización y asignación de funciones de que se trata encuadran dentro de los términos previstos por los artículos 89 y 90 del Convenio Colectivo de Trabajo N 56/92 E.
Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto N 491/02 y su aclaratorio, Decreto N 601/02 artículo 2, se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria, en razón de la modificación que la misma implica.
Que se cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la Dirección General de Aduanas comparte el criterio sustentado por la citada Subdirección General, propiciando el dictado del presente acto dispositivo.
Que por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto N 618/97, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1 Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al agente Juan José ARTOLA Legajo N 18.019-0 en el carácter de Administrador Titular de la Aduana Puerto Madryn de la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia.
ARTICULO 2 Designar al agente Juan José ARTOLA en el carácter de Jefe Interino de la División Investigación, Control y Procedimientos Externos de la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia.
ARTICULO 3 Efectuar la rotación de los Administradores Titulares de las Aduanas que más abajo se detallan, en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia:

NOMBRES Y APELLIDO

UNIDAD DE ESTRUCTURA
ORIGEN
DESTINO

Osvaldo Pascual CHAMBA
Legajo N 21.801-4

ADUANA COMODORO
RIVADAVIA

ADUANA PUERTO
MADRYN

Néstor Ramón GUARA
Legajo N 19.555-3

ADUANA PUERTO
DESEADO

ADUANA COMODORO
RIVADAVIA

ARTICULO 4 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.
e. 14/4 N 444.249 v. 14/4/2004

ARTICULO 5 Los proyectos que se presenten deberán contar en todos los casos con un productor ejecutivo y prever la existencia de un productor delegado por el INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES debiendo incluirse en el presupuesto el costo del mismo que será a cargo del proyecto, computándose tal costo en el definitivo que se reconozca.
ARTICULO 6 El premio del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
para los TRES 3 proyectos seleccionados será el equivalente de hasta el SETENTA 70 por ciento del costo presentado y con un tope máximo de dicho costo presupuestario de hasta PESOS UN
MILLON $ 1.000.000.-. Asimismo cada uno de los proyectos seleccionados de acuerdo al orden de mérito recibirán el primero la suma de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL $ 600.000.-, el segundo la suma de hasta PESOS QUINIENTOS MIL $ 500.000.- y el tercero de hasta PESOS CUATROCIENTOS MIL $ 400.000.-.
ARTICULO 7 El premio que otorgará el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, no estará sujeto a restitución por parte de quienes resulten beneficiarios. Dicho aporte se hará efectivo en la forma, porcentajes y oportunidades previstas para los créditos que otorga el INSTITUTO para películas nacionales de largometraje. A los fines de efectivizar la última cuota deberá presentarse, además de la Copia A en 35 mm y un master digital. Todas estas copias no podrán ser retiradas del Organismo una vez entregadas y pasarán a formar parte de la Cinemateca del mismo. El costo de las mismas deberán incluirse en el presupuesto e integrarán el costo definitivo que se reconozca a la producción. Todas las liberaciones de cuotas estarán sujetas a disponibilidad presupuestaria.
ARTICULO 8 Los films realizados por el régimen de la presente Resolución no tendrán derecho a los Subsidios de Medios Electrónicos pudiendo acceder, solamente, a los Subsidios de Sala de acuerdo a la clasificación de la película terminada.
ARTICULO 9 El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES hará efectivo el pago de la primera de las cuotas expresadas en el artículo anterior una vez que el beneficiario haya formalizado la firma del convenio correspondiente y haya inicio de la preproducción. La firma del convenio y la presentación aludidos precedentemente deberá formalizarse en un plazo de SESENTA 60
días hábiles a contar desde la notificación a aquéllos cuyos proyectos resulten seleccionados. Previo a la liberación de las restantes cuotas deberá presentarse la rendición de cuentas de las sumas recibidas, la que deberá efectuarse en la forma prevista por la Resolución 1534/97 y con cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución 336/02/INCAA.
ARTICULO 10. Los presupuestos que acompañen los proyectos que se presenten a concurso deberán cumplir con la normativa vigente.
ARTICULO 11. Los beneficiarios tendrán un plazo de CIENTO OCHENTA 180 días corridos a contar desde la liberación de la primera suma que se efectúe en su favor para entregar la Copia A. La falta de cumplimiento en término dará derecho al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para que, previa intimación por DIEZ 10 días corridos, declare la caducidad del proyecto de que se trate y reclame la devolución de las sumas que se hubieran entregado más los intereses correspondientes.
ARTICULO 12. El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES controlará el desarrollo de las producciones de los proyectos seleccionados, pudiendo realizar todos los actos necesarios a tales fines y designar el productor delegado al que refiere el artículo 5 de la presente Resolución, en los términos del mismo.
ARTICULO 13. La participación en el concurso implica la autorización a favor del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la proyección de las películas ganadoras, en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha14/04/2004

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9391

Primera edición02/01/1989

Ultima edición09/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2004>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930