Boletín Oficial de la República Argentina del 29/03/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 29 de marzo de 2004

BOLETIN OFICIAL Nº 30.370

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Que la situación descripta constituye, en principio, la infracción a las normas tributarias que tipifican el artículo 45 de la Ley N 11683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por lo que procede instruir sumario acorde a lo previsto por los artículos 70 y 71 de la citada ley, por los períodos mencionados.
Que, las observaciones formuladas encuentran su fundamento en la aplicación de los ar-tículos 16
y 17, de la Ley N 11.683 texto ordenado en 1998 y correlativos anteriores y artículos 1, 2 y 49 de la Ley de Impuestos a las Ganancias texto ordenado en 1997 y correlativos anteriores.
Que, por ello, atento lo dispuesto por los artículos 9, inciso 1, apartado b, 10 y 16 del Decreto N 618/97, artículos 16, 17, 45, 49, 70, 71 y 72 de la Ley N 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y artículo 3 de su Decreto Reglamentario, EL JEFE INT. DE LA DIVISION REVISION Y RECURSOS
DE LA DIRECCION REGIONAL NORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1 Conferir vista de las actuaciones administrativas y de las impugnaciones y/o cargos formulados, para que en el término de quince 15 días hábiles, conforme las liquidaciones practicadas o formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho.

Reforma laboral Ley 25.877

ARTICULO 2 Instruir sumario por la infracción señalada, acordándole un plazo de quince 15 días hábiles para que alegue su defensa por escrito y proponga o entregue las pruebas que hagan a su derecho.
ARTICULO 3 Dejar expresa constancia a los efectos de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, que la vista es parcial y sólo abarca los aspectos contemplados y en la medida que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten. Si la liquidación por la que se le confiere vista, mereciera su conformidad, surtirá los efectos de una declaración jurada para el responsable y de una determinación de oficio parcial para el Fisco, limitada a los aspectos fiscalizados. Para ello, deberá cumplimentar con las disposiciones contenidas en las normas vigentes.

Nuevo título de la Colección de Separatas del BOLETIN OFICIAL

ARTICULO 4 Disponer que la contestación a la vista deberá ser entregada únicamente en dependencia de esta AFIP-DGI, sita en Avenida de Mayo 1317, Piso 4, Oficina 406, Capital Federal, en forma personal, procediéndose de igual modo en relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, dentro del horario de 10:00 a 16:00 horas.
ARTICULO 5 La personería invocada deberá ser acreditada en las presentes actuaciones y comunicar en esta sede cualquier cambio del domicilio constituido ante este Organismo.

Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial
ARTICULO 6 Notifíquese al señor IBARGUREN GASTON LUIS por edictos, mediante la publicación durante cinco 5 días consecutivos en el Boletín Oficial y resérvese. C.P. MAURICIO OLIJAVETSKY, Jefe Int. Div. Revisión y Recursos, Dirección Regional Norte.
e. 24/3 N 442.523 v. 30/3/2004

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PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA:

Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 -Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo y en cumplimiento del Decreto Nº 1172 del 3 de diciembre de 2003, los anexos podrán visualizarse en forma libre y gratuita a través del sitio www.boletinoficial.gov.ar
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/03/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/03/2004

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9383

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/07/2024

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