Boletín Oficial de la República Argentina del 02/09/2003 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.225 1 Sección
Martes 2 de setiembre de 2003

9

MINISTERIO DE DEFENSA

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Resolución Nº 136/2003
Bs. As., 25/7/2003

MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución Nº 80/2003

VISTO la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de setiembre de 1998, el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, y CONSIDERANDO:

Bs. As., 30/6/2003

Que el artículo 3º inciso c de la Decisión Administrativa Nº 477/98, prevé el Suplemento Extraordinario de Gabinete.

VISTO la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de setiembre de 1998, el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 3º inciso c de la Decisión Administrativa Nº 477/98, prevé el Suplemento Extraordinario de Gabinete.
Que el Decreto Nº 1421/02 aprueba la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, estableciendo en el artículo 10 - inciso e que el otorgamiento de los suplementos extraordinarios o incentivos deben estar fundados.
Que resulta pertinente premiar el rendimiento demostrado por diversos agentes que cumplen funciones en la SUBSECRETARIA DE COORDINACION asignándole el Suplemento Extraordinario de Gabinete correspondiente a dicha Subsecretaría.

Que el Decreto Nº 1421/02 aprueba la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, estableciendo en el artículo 10 - inciso e que el otorgamiento de los suplementos extraordinarios o incentivos deben estar fundados.
Que resulta pertinente premiar el rendimiento demostrado por diversos agentes que cumplen funciones en la UNIDAD MINISTRO asignándole el Suplemento Extraordinario de Gabinete correspondiente a dicha Unidad.
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que el Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 477/98, faculta a los señores Ministros, Secretarios y Subsecretarios a administrar el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas.
Por ello,
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.

EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:

Que el Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 477/98, faculta a los señores Ministros, Secretarios y Subsecretarios a administrar el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas.
Por ello, EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Dase por asignado, a partir del 1 de junio de 2003, el Suplemento de Gabinete Extraordinario, correspondiente a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION a los agentes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución, asignándole la cantidad de Unidades Retributivas Mensuales que le corresponde a cada uno de ellos.
ARTICULO 2º El gasto que demande la aplicación de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45 - Programa 01 - Inciso 1 - Partida 1.7.0. - Gabinete de Autoridades Superiores.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JOSE J. B. PAMPURO, Ministro de Defensa.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 2/9 Nº 423.231 v. 2/9/2003

ARTICULO 1º Dase por asignado, a partir del 1 de junio de 2003, el Suplemento de Gabinete Extraordinario, correspondiente a la UNIDAD MINISTRO a los agentes que se detallan en el Anexo I
que forma parte integrante de la presente Resolución, asignándole la cantidad de Unidades Retributivas Mensuales que le corresponde a cada uno de ellos.
ARTICULO 2º El gasto que demande la aplicación de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45 - Programa 01 - Inciso 1 - Partida 1.7.0. - Gabinete de Autoridades Superiores.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JOSE J. B. PAMPURO, Ministro de Defensa.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 2/9 Nº 423.234 v. 2/9/2003

MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución Nº 197/2003

MINISTERIO DE DEFENSA

Bs. As., 4/8/2003
VISTO la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de setiembre de 1998, el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, y
Resolución Nº 81/2003
Bs. As., 30/6/2003

CONSIDERANDO:

VISTO la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de setiembre de 1998, el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 3º inciso c de la Decisión Administrativa Nº 477/98, prevé el Suplemento Extraordinario de Gabinete.
Que el Decreto Nº 1421/02 aprueba la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, estableciendo en el artículo 10 - inciso e que el otorgamiento de los suplementos extraordinarios o incentivos deben estar fundados.
Que resulta pertinente premiar el rendimiento demostrado por diversos agentes que cumplen funciones en la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO asignándole el Suplemento Extraordinario de Gabinete correspondiente a dicha Secretaría.
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que el Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 477/98, faculta a los señores Ministros, Secretarios y Subsecretarios a administrar el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas.

Que el artículo 3º inciso c de la Decisión Administrativa Nº 477/98, prevé el Suplemento de Gabinete Extraordinario.
Que el Decreto Nº 1421/02 aprueba la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, estableciendo en el artículo 10 - inciso e que el otorgamiento de los suplementos extraordinarios o incentivos deben estar fundados.
Que resulta pertinente premiar el rendimiento demostrado por diversos agentes que cumplen funciones en la SUBSECRETARIA DE COORDINACION asignándole el Suplemento de Gabinete Extraordinario correspondiente a dicha Subsecretaría.
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 477/98, faculta a los señores Ministros, Secretarios y Subsecretarios a administrar el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas.
Por ello, EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:

Por ello, EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Dase por asignado, a partir del 1 de junio de 2003, el Suplemento de Gabinete Extraordinario, correspondiente a la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO a los agentes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución, asignándole la cantidad de Unidades Retributivas Mensuales que le corresponde a cada uno de ellos.
ARTICULO 2º El gasto que demande la aplicación de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45 - Programa 01 - Inciso 1 - Partida 1.7.0. - Gabinete de Autoridades Superiores.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JOSE J. B. PAMPURO, Ministro de Defensa.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 2/9 Nº 423.233 v. 2/9/2003

ARTICULO 1º Déjese sin efecto, a partir del 1º de julio de 2003, la Resolución MD Nº 80 de fecha 30 junio de 2003.
ARTICULO 2º Dase por asignado, a partir del 1º de julio de 2003 hasta el 31 de julio de 2003 el Suplemento de Gabinete Extraordinario, correspondiente a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
a los agentes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución, asignándole la cantidad de Unidades Retributivas que le corresponde a cada uno de ellos.
ARTICULO 3º El gasto que demande la aplicación de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45 - Programa 01 - Inciso 1 - Partida 1.7.0. - Gabinete de Autoridades Superiores.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JOSE J. B. PAMPURO, Ministro de Defensa.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 2/9 Nº 423.237 v. 2/9/2003

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/09/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha02/09/2003

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9421

Primera edición02/01/1989

Ultima edición08/08/2024

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