Boletín Oficial de la República Argentina del 09/10/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.001 1 Sección
Miércoles 9 de octubre de 2002

45

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N 14.250 t.o. 1988 y sus decretos reglamentarios.

Suscripciones
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N 900/95.
Por ello,
Le recordamos verificar el vencimiento de su suscripción que está en la etiqueta del ejemplar. Hacerlo con anticipación, evitará la suspensión del envío.
I M P O RTA N T E : indique su e-mail y recibirá un mensaje recordatorio de su vencimiento.

Forma de realizar el trámite EL SUBSECRETARIO
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:

ARTICULO 1 Declarar homologado el Convenio Colectivo de Trabajo celebrado por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA ACEITERA Y AFINES DEL PAIS, por una parte y por la otra, la CAMARA DE LA INDUSTRIA ACEITERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA INDUSTRIAL DE ACEITES VEGETALES DE CORDOBA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N 14.250, con las modificaciones introducidas por la Ley N 25.250 y sus normas reglamentarias, obrante a fojas 410/424 del Expediente N 66.182/97.
ARTICULO 2 Regístrese esta Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Convenio Colectivo de Trabajo.
ARTICULO 3 Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

q
Personalmente:

q
Por correspondencia: Suipacha 767 C1008AAO Capital Federal
Forma de Pago Efectivo, Cheque o Giro Postal extendido a la orden de FONDO COOPERADOR LEY 23.412
o Transferencia Bancaria BANCO DE LA NACION ARGENTINA - Cta. Cte. 96.383/35
Suc. 50 Congreso. En este caso, remitir copia de la boleta de depósito vía fax, indicando N de suscriptor y la/s sección/es de su interés.

Requisitos v v v v v
Número de Suscriptor si ya es suscriptor Fotocopia del CUIT
Dirección de e-mail Datos actualizados de la Razón Social o Nombre y Apellido del suscriptor Domicilio de envío, código postal, teléfono, interno y todo otro dato que facilite la comunicación y la correcta recepción.

ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ARTICULO 5 Cumplido, gírese al Departamento de Relaciones Laborales N 2 para la notificación a las partes signatarias.
ARTICULO 6 Hágase saber que en el supuesto caso que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación del Convenio Colectivo de Trabajo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5
de la Ley N 14.250 t.o. 1988.
e. 9/10 N 7212 v. 9/10/2002

Suipacha 767 de 11.30 a 16.00 horas Libertad 469 de 8.30 a 14.30 horas Corrientes 1441 de 10.00 a 15.45 horas
ARANCELES ANUALES
EDICION IMPRESA

1. Sección Legislación y Avisos Oficiales
$ 200.-

2. Sección Contratos Sociales y Judiciales
$ 285.-

3. Sección Contrataciones
$ 300.-

Ejemplar Completo
$ 785.-

EDICION DIGITAL
MINISTERIO DE SALUD
CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL CE.NA.RE.SO.
Resolución CE.NA.RE.SO. N 083/2002
Bs. As., 3/10/2002
VISTO el expediente N 1-2002-4134000222-02-2 del registro del CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL CE.NA.RE.SO., y CONSIDERANDO:
Que las constancias que obran en el expediente citado en el Visto dan cuenta de las numerosas anomalías detectadas en el Departamento de Enfermería de la Institución.
Que dichas anomalías evidencian la falta de una adecuada tarea de supervisión y control por parte del agente a cargo de ese Departamento.
Que esa debilidad de control interno ha sido puesta de relieve por la Unidad de Auditoría Interna del Organismo en varios informes.

1. Sección Leg. y Av. Ofi. hasta 250 ejemplares
$ 400.-

2. Sección Cont. Soc. y Jud.hasta 250 ejemplares
$ 400.-

3. Sección Contrat. Acceso a base de datos
$ 200.-

2. Sección Sistema de Alerta hasta 50 avisos
$ 150.-

3. Sección Sistema de Alerta
$ 100.-

Le informamos que en nuestra página www.boletinoficial.gov.ar usted podrá consultar, en forma gratuita, las últimas cinco ediciones de la 3 Sección.
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No dude en comunicarse con nosotros.

OFICINA DE ATENCION AL CLIENTE
4322-4055/4056/4485/3949/3960 int 315 318 328
boletin@jus.gov.ar
Que las tareas que competen al Departamento de Enfermería son particularmente sensibles.
Que se impone, pues, adoptar las medidas necesarias para garantizar la eficiencia y eficacia del citado Departamento.
Que la Asesoría Jurídica ha tomado la intervención que le compete.

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N 20.332 y los Decretos Nros. 1532/92 y 19/95.
Por ello, EL INTERVENTOR EN EL CENTRO
NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Dispónese que, a partir del día de la fecha, el Departamento de Enfermería del CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL CE.NA.RE.SO. estará a cargo del agente Oscar ROMAN D.N.I. N 7.779.827, legajo N 277, cesando en dicha función el agente Hugo Perfecto GARCIA D.N.I. N 4.317.343, legajo N 168.
ARTICULO 2 Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Fdo. MARCELO GABRIEL BONO, Interventor.
e. 9/10 N 395.275 v. 9/10/2002

De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/10/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha09/10/2002

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9399

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/07/2024

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