Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.994 1 Sección cicio, de acuerdo a lo indicado en el Anexo al presente decreto.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION

Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Entidad 102, Inciso 1, Partida Principal 2, Partida Parcial 7, correspondiente al Programa 1, Actividad 1 del presupuesto vigente.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DUHALDE. Jorge R.
Matzkin.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

MINISTERIO DE ECONOMIA

Bs. As., 27/9/2002
VISTO la Ley N 25.565, los Decretos Nros. 1184
del 20 de setiembre de 2001 y 491 del 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por el COMITE
FEDERAL DE RADIODIFUSION dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2002.
Que por el artículo 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002, se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada o descentralizada en cargos de la Planta Permanente y no Permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera sea su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que en el ámbito del COMITE FEDERAL DE
RADIODIFUSION, dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE
LA NACION a fin de asegurar el cumplimiento de los cometidos asignados a las delegaciones del interior del país, cuyas tareas están directamente relacionadas con la normalización fiscalización, verificación e inspección de los servicios de radiodifusión y servicios complementarios es de fundamental importancia la celebración de contrataciones de locaciones de servicios, en los términos del Decreto N 1184/01 con personas, especializadas, a fin de fortalecer y asegurar su eficaz desenvolvimiento.

Que la Coordinación de Contratos y Pasantías dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 3 de la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA N 4/02.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Decreto 1926/2002
Apruébanse contrataciones de personal celebradas bajo el régimen del Decreto N 1184/
2001.

NOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 2 de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA N 17/02.

Decreto 1916/2002
Apruébase una contratación en el ámbito de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa, bajo el régimen del Decreto N
1184/2001.
Bs. As., 25/9/2002
VISTO el Expediente N S01:0216945/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA el artículo 47 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N 11.672 t.o. 1999, la Ley N 24.629, la Ley N 25.565, la Decisión Administrativa N 19 de fecha 27 de marzo de 2002, el Decreto N 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA N 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del exMINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA N 4 de fecha 28 de febrero de 2002, el Decreto N 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario N
601 de fecha 11 de abril de 2002, y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto N 491/
02 y su Decreto Reglamentario N 601/02, se ha establecido que todas las designaciones del personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el artículo 6 del Decreto N 601/02, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION N 4
de fecha 15 de marzo de 2002.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Decreto N 491/02 y su Decreto Reglamentario N 601/02 y por el artículo 99, inciso 1
de la CONSTITUCION NACIONAL.

Lunes 30 de setiembre de 2002

2

nica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que resulta necesario proceder a la celebración de los contratos con cargo a la Jurisdicción 85 del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto N 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase la contratación individual en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA que se detalla en el Anexo que forma parte del presente decreto, conforme a las condiciones, plazos, monto mensual y total que se consignan, en el mismo, bajo el régimen del Decreto N 1184/01.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de acuerdo a lo indicado en el Anexo al presente decreto.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
Decreto 1915/2002
Apruébanse contratos celebrados por el citado Departamento de Estado.

Artículo 1 Apruébanse los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL y las personas que se mencionan en el Anexo, que forma parte del presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales y totales allí consignados, y la asignación de las funciones conforme lo establecido en el mismo Anexo.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 85 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. María N. Doga.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

PERSONAL MILITAR
Decreto 1923/2002
Dase por nombrado Agregado Aeronáutico a la Embajada en los Estados Unidos de América.
Bs. As., 27/9/2002
VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO:

Bs. As., 25/9/2002
Que dichas contrataciones están comprendidas en los créditos asignados al citado organismo aprobados por la Ley N 25.565 y la Decisión Administrativa N 19 del 27 de marzo de 2002.
Que las personas cuya contratación se propone reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que en cada caso se indican, habiéndose dado cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION N 4 de fecha 15 de marzo del 2002.
Que el presente Decreto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
y lo, dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébanse las contrataciones de personal celebradas bajo el régimen del Decreto N 1184/01, del COMITE FEDERAL DE
RADIODIFUSION dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACION, que se detallan en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto, por los períodos y montos mensuales y totales indicados en la misma.

Que la creciente complejidad de las funciones propias de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE ECONOMIA, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicha Subsecretaría, resultando necesario aprobar la contratación individual del Doctor D. Jorge Arturo JUAREZ DOVER D.N.I. N 6.491.086, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Jurisdicción.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos necesarios para cumplir las tareas que en su caso se indica.
Que se dio cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N 4 de fecha 15
de marzo de 2002.
Que dicha contratación se encuentra comprendida en los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA, aprobados por la Ley N 25.565, la Decisión Administrativa N 19/02, para el ejercicio 2002.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECO-

VISTO el Expediente E-14045-2002 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002 y N 1196 del 05 de julio de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N 1196/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto N 491/02
son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N
1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/
00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación téc-

Que por razones del servicio se hizo necesario proceder al relevo de Personal Militar Superior que cumple funciones en el exterior.
Que la medida que se propone encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCION DE LA NACION
ARGENTINA y el Artículo 10 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N 20.957 y sus modificatorias.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por nombrado Agregado Aeronáutico a la Embajada de la REPUBLICA
ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA al señor Brigadier D. Roberto Ernesto JANETT 2451 - M.I. N 8.107.500, a partir de Febrero de 2002.
Art. 2 Convalídase el otorgamiento de carácter Permanente al presente nombramiento, el que tendrá una duración de TRECE 13 meses.
Art. 3 Convalídase la imputación de los gastos que demandó el cumplimiento del presente Decreto, a las siguientes partidas:
45 - 23 - 16 - 1 - 1 - 1 - 11 - 3 - 2 1
45 - 23 - 16 - 1 - 1 - 3 - 11 - 3 - 2 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/09/2002

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9379

Primera edición02/01/1989

Ultima edición27/06/2024

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