Boletín Oficial de la República Argentina del 30/08/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.973 1 Sección ARTICULO 2º Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas DENOMINACION
CUIT oportunamente PORCENT
AJEal PORCENTAJE

Contador Público Sebastián Omar Antonio PALADINO Legajo Nº 35.456/55 en el carácter de Adjunto a la Jefatura del Departamento Programas y Normas.
ARTICULO 3º Designar a los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la unidad de estructura que en cada caso se indica en el ámbito de la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización.
NOMBRES Y APELLIDO

CARACTER

UNIDAD DE ESTRUCTURA

Divina Luján PEREZ
Legajo Nº 25.851/39

Jefa Titular
SECCION

Alicia GONZALEZ de LIMARDO
Legajo Nº 29.895/67

Jefa Interina
OFICINA

Abog. Jorge Augusto DEPETRIS
Legajo Nº 26.950-6

Jefe Interino
DIVISION APOYO ADUANERO

Cont. Púb. Mario AGUIRRE
Legajo Nº 27.547/77

Jefe Interino
DEPARTAMENTO REGIMENES
PROMOCIONALES

Cont. Púb. Gabriela Rita FERRARI
Legajo Nº 36.414/90

Jefa Interina
SECCION DEL DEPARTAMENTO
REGIMENES PROMOCIONALES

Cont. Púb. Silvia Noemí CASAS
Legajo Nº 33.442/71

Jefa Interina
OFICINA DEL DEPARTAMENTO
REGIMENES PROMOCIONALES

Cont. Púb. Susana Cristina CARELLI
Legajo Nº 33.435/95

Jefa Interina
Cont. Púb. Sergio Javier RUFAIL
Legajo Nº 32.606/82

Viernes 30 de agosto de 2002

20

Art. 2. Notifíquese a los fiscos adheridos, al Consejo Vial Federal y publíquese por UN 1 día en CUIT
PORCENT
AJE
PORCENTAJE
el Boletín Oficial de la Nación. Dr. ERNESTO C. CABANILLAS, Secretario. Dr. ALBERTO C.
REVAH, Presidente.

DENOMINACION

ACUERDO-MARCO DE COLABORACION RECIPROCA CFI-CVF
Entre la COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS, representada en este acto por su Presidente, el Dr. Alberto Revah, con domicilio en Avda. Roque Sáenz Peña 933, 7 piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominada LA COMISION, por una parte, y por la otra, el CONSEJO
VIAL FEDERAL, representado en este acto por su Presidente, Ing. Pedro Lucero, con domicilio en Avda. Julio A. Roca 738, 9 piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominado EL CONSEJO se conviene en celebrar el presente ACUERDO-MARCO DE COLABORACION RECIPROCA, el que se regirá por las cláusulas siguientes:
Artículo Primero. OBJETO
El presente ACUERDO-MARCO DE COLABORACION RECIPROCA, en adelante EL
ACUERDO-MARCO tiene por objeto establecer un procedimiento que permita coordinar el intercambio, cruzamiento, conectividad y disponibilidad de la información registrada o a registrarse en las bases de datos de ambos organismos, así como elaborar estudios y proyectos vinculados con las actividades específicas de cada uno de ellos. LA COMISION y El CONSEJO se comprometen a compartir los resultados producto del intercambio y cruzamiento de la información que surge del presente ACUERDO-MARCO y de las actividades a desarrollar entre ambas partes.
Artículo Segundo. ACTIVIDADES
En el ámbito de las competencias específicas de cada una de las partes, se comprometen a desarrollar las siguientes actividades:

DEPARTAMENTO PLANES Y
EVALUACION DE FISCALIZACION

1 EL CONSEJO proveerá a LA COMISION de la siguiente información, con la frecuencia establecida en el artículo siguiente:

Jefe Interino
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS DE CONTROL PROGRAMADOS

1.1 Indices anuales de coparticipación vial, elaborados por EL CONSEJO según lo establecido por la Ley 23.966, artículo 20, inciso a, para la distribución secundaria del producido del Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Gas Natural.

Cont. Púb. José Ariel GIBELLO
Legajo Nº 34.884/91

Jefe Interino
DIVISION PROCEDIMIENTOS
DE REGISTRACION DE OPERACIONES

1.2 Recaudación del mencionado impuesto, según información suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP en forma mensual.

Cont. Púb. Fabián Horacio TOSCO
Legajo Nº 29.568/37

Jefe Interino
DIVISION PROCEDIMIENTOS Y
NORMAS DE FISCALIZACION
PREVENTIVA

Cont. Púb. Sebastián Omar Antonio PALADINO Legajo Nº 35.456/55

Jefe Interino
Walter Rubén GOMEZ
Legajo Nº 23.973/62

Jefe Interino
Cont. Púb. Silvia Cristina CAMPAÑO
Legajo Nº 31.869/92

Jefa Interina
Adm. Trib. Julia Leonor GAVA
Legajo Nº 29.460/35

Jefa Interina
Adm. Trib. Julia Leonor GAVA
Legajo Nº 29.460/35

Jefa Interina
DEPARTAMENTO PROGRAMAS
Y NORMAS
DIVISION PROCEDIMIENTOS Y
NORMAS DE VERIFICACIONES
Y TRAMITES
DIVISION PROCEDIMIENTOS Y
NORMAS DE FISCALIZACION
ORDINARIA E INVESTIGACION
DIVISION DENUNCIAS TRIBUTARIAS
DEPARTAMENTO ANALISIS Y
CONTROL DE DENUNCIAS

Con retención del cargo de Jefa Interina de la División Denuncias Tributarias.
ARTICULO 4 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.
e. 30/8 N 391.768 v. 30/8/2002

COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS

1.3 Información acerca de las transferencias diarias o periódicas del Fondo Vial y del Fondo Provincia de Infraestructura Pública F.P.I.P. realizadas por el Banco de la Nación Argentina en virtud del citado impuesto, a cada una de las jurisdicciones, según Ley 23.966 artículo 20, incs. a y b.
1.4 Distribución secundaria del producido del citado impuesto, según lo establecido en la Ley 23.966, artículo 20, incs. a y b discriminado por fecha de transferencia a las respectivas jurisdicciones, así como el total mensual y el acumulado durante el ejercicio de que se trate.
1.5 Detalle de la distribución secundaria del producido del citado impuesto según lo establecido en la Ley 23.966, artículo 20, incs. a y b, en Pesos, Lecops, y cualquier otro título público, nacional o provincial, o medio de pago autorizado.
1.6 Informes estadísticos sobre consumo de combustible líquidos naftas y el gasoil, valores de Impuesto a los Combustibles Líquidos, precios, incidencia impositiva en el precio y cualquier otro de interés recíproco.
2 LA COMISION proveerá a EL CONSEJO de la siguiente información, con la frecuencia establecida en el artículo siguiente:
2.1 Recaudación de todos los impuestos coparticipables, discriminada por medio de pago pesos, Lecops, Patacones, títulos públicos nacionales, etcétera.
2.2 Distribución primaria y secundaria de todos los impuestos coparticipables, discriminada por medio de pago pesos, Lecops, Patacones, títulos públicos nacionales, etcétera.
2.3 Recaudación del Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Gas Natural, Ley 23.966, según información suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP.
2.4 Distribución del citado impuesto, según información suministrada por el Banco de la Nación Argentina.
2.5 Informes estadísticos sobre impuestos coparticipables, cancelación mediante títulos de la deuda pública nacional, acreditación de los planes de regularización impositiva, etcétera.
2.6 Acuerdos o compromisos entre la Nación las Provincias que involucren directa o indirectamente a los Fondos Viales cancelación de deudas, compensaciones, etc..

Ley 23.548
Resolución N 209

Artículo Tercero. FRECUENCIA
Bs. As., 28/8/2002
VISTO el Acuerdo-Marco de Colaboración Recíproca entre la Comisión Federal de Impuestos C.F.l. y el Consejo Vial Federal C.V.F., y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se establece un procedimiento que permita coordinar el intercambio, cruzamiento, conectividad y disponibilidad de la información registrada o a registrarse en las bases de datos de ambos organismos, así como elaborar estudios y proyectos vinculados con las actividades específicas de cada uno de ellos.
Que el citado Acuerdo-Marco es de suma importancia para las relaciones interfederales.
Que es propósito de esta Comisión Federal de Impuestos aprobar este tipo de iniciativa.
Que habiendo intervenido la Asesoría Jurídica del Organismo.

El intercambio, cruzamiento, conectividad y disponibilidad de la información se hará recíprocamente el día hábil siguiente a la fecha en que fuera producida u obtenida por cada una de las partes.
En cuanto al medio o soporte de la información, la misma se transmitirá electrónicamente, con los recaudos de acceso y de seguridad que se establecen en el presente ACUERDO-MARCO, y en soporte papel o documento, debidamente certificado por el funcionario responsable, de conformidad con lo acordado en el artículo siguiente.
De igual modo se procederá respecto de los estudios y proyectos a los que se refiere la cláusula primera del presente ACUERDO-MARCO.
Artículo Cuarto. FUNCIONARIOS RESPONSABLES
A los fines del cumplimiento de este instrumento, así como de los protocolos adicionales que en el futuro se celebren de común acuerdo, las partes deciden designar sujetos responsables a los siguientes funcionarios:
1. Por EL CONSEJO al Secretario Técnico-Administrativo, Ingeniero Nicolás M. BERRETTA y
Por ello, EL COMITE EJECUTIVO
DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
Art. 1 Apruébase el Acuerdo-Marco de Colaboración Recíproca entre la Comisión Federal de Impuestos C.F.l. y el Consejo Vial Federal C.V.F., el que forma parte integrante de la presente Resolución.

2. Por LA COMISION al Secretario, Dr. Ernesto C. CABANILLAS.
Las partes dictarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, los actos administrativos que sean necesarios para proceder a notificar a dichos funcionarios tales designaciones.
Las responsabilidades son indelegables, salvo autorización expresa del organismo respectivo y previa comunicación a la contraparte por cualquier medio fehaciente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/08/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/08/2002

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9424

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/08/2024

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