Boletín Oficial de la República Argentina del 13/03/2001 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.607 1 Sección Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DE LA RUA. Chrystian G. Colombo. Graciela Fernández Meijide.

Martes 13 de marzo de 2001 5

Editora Nacional Braille y Libro Parlante Hogar de Convivencia Terapéutica Pucará
ANEXO I

Hogar Almafuerte
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

ANEXO II
CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

CONSEJO NACIONAL DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA

OBJETIVOS

UNIDAD DE AUDITORIA
INTERNA

DIRECCION
NACIONAL DE
DERECHOS Y DE
PROGRAMAS PARA
LA NIÑEZ, LA
ADOLESCENCIA
Y LA FAMILIA

DIRECCION
NACIONAL DE
PLANIFICACION Y
ARTICULACION DE
POLITICAS DE
INFANCIA Y
ADOLESCENCIA

DIRECCION
GENERAL
DE
ADMINISTRACION

DIRECCION DE
ASUNTOS
LEGALES

1. Planificar, organizar y ejecutar las acciones necesarias para la puesta en práctica de todos los derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, ratificada por Ley N 23.849, y demás tratados internacionales, y diseñar y aprobar los programas necesarios a tal fin.
2. Planificar, organizar y ejecutar la política de promoción integral del niño, el adolescente y la familia, en el marco de las normas vigentes y las políticas sociales establecidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
3. Coordinar la participación de instituciones públicas, organismos no gubernamentales, entidades vecinales y de bien público en general, en la programación, ejecución y difusión de las acciones tendientes a promover y proteger al niño, el adolescente y la familia.
4. Proveer a la protección integral de los niños, adolescentes y grupos familiares, que se encuentren en estado de abandono o peligro moral o material, mediante la implementación de políticas de fortalecimiento individual, familiar y social.
5. Diseñar e implementar un sistema integral socio-educativo de los niños y adolescentes asistidos beneficiarios de los programas de acuerdo con sus características personales, teniendo por objeto su desarrollo personal y su adecuada inserción en la sociedad.
6. Brindar apoyo a los egresados del Circuito Integral de Atención, velando por sus necesidades.

NOMINA DE ESTABLECIMIENTOS DEPENDIENTES DEL CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
María del Pilar Borchez de Otamendi Carlos Pellegrini Crescencia Boado de Garrigós Domingo Faustino Sarmiento Dr. Carlos de Arenaza Dr. José Sánchez Picado Dr. Luis Agote Manuel Rocca Emilia y Manuel Patiño General José de San Martín Cayetano Zibecchi Estela Matilde Otamendi Manuel Lucio y María Croz Inchausti Colonia Ferrari José María Pizarro y Monje Colonia Rómulo Otamendi
7. Asesorar técnica y administrativamente en temas de su competencia a autoridades.
8. Participar en convenios de colaboración internacional en materia de su competencia, en los que sea parte el ESTADO NACIONAL, y ser contraparte en los programas de apoyo específico en el área.
9. Promover la participación social de los niños y adolescentes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, y recabar, recibir y canalizar sus inquietudes.
10. Diseñar la política de comunicación oficial vinculada a temas de su competencia.
CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS Y DE PROGRAMAS PARA LA NIÑEZ, LA ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Ejecutar y coordinar acciones tendientes a fortalecer el reconocimiento en la sociedad del niño y el adolescente como sujetos activos de derechos, en especial: a la salud, a la educación, a un nivel de vida adecuado, a la convivencia familiar y comunitaria, a la protección, a la identidad, a la libre expresión, a ser escuchado, a la participación, a no ser discriminado, a la recreación, al juego, al deporte y a la no explotación.
Dirigir y fiscalizar los programas de atención, promoción y protección integral del niño y el adolescente ya aprobados o que apruebe el CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, para garantizar el cumplimiento del interés superior de los niños y adolescentes, entendido como el sistema integral que conforman todos los derechos a ellos reconocidos y los que en el futuro pudieran reconocérseles.
ACCIONES
1. Ejecutar todas las acciones necesarias para proteger a los niños y adolescentes, garantizándoles el pleno goce de los derechos establecidos en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Mercedes de Lasala y Riglos Manuel Belgrano
2. Brindar protección y auxilio cualquiera sea la circunstancia y su atención por los servicios públicos.

Mariano Ortiz Basualdo Nuestra Señora del Valle Nuestra Señora de Fátima Ramayón López Valdivieso Casa de la Joven Nuestra Señora de Luján Ursula Llona de Inchausti Centro de Atención de Menores en Tránsito Comunidad Terapéutica Tekové Roga
3. Asignar los recursos públicos a la formulación y ejecución de políticas en las áreas relacionadas con la efectivización y la protección de los derechos de la niñez, la adolescencia y la familia, considerando y ponderando las necesidades y problemáticas de la comunidad local a la que pertenecen.
4. Realizar acciones para garantizar a los niños y adolescentes libertad de expresión, de pensamiento y de profesar la propia religión.
5. Ejecutar todos los programas que brinden al niño un ámbito familiar alternativo, en caso de no poder establecer un vínculo familiar.
6. Coordinar sistemas de atención a la problemática de los niños y adolescentes en riesgo, en la calle, explotados laboralmente o en toda otra forma que deteriore su dignidad.

Dr. Juan José OConnor San Sebastián
7. Coordinar los servicios y programas públicos o privados que eviten las causas del maltrato físico y psíquico tendientes a superar las situaciones de conflicto familiar.

Martín Rodríguez Hogar Nuestra Señora de Luján Hogar San José y Santa Ana Hogar Isabel Balestra Espíndola y Lea Meller Back Román Rossell
8. Organizar e implementar programas y servicios que tiendan a la asistencia y promoción integral de las familias que requieran orientación y apoyo, con el propósito de brindar a los grupos familiares y a cada uno de sus integrantes el marco de dignidad y respeto a sus derechos fundamentales.
9. Administrar un sistema integral e integrado tendiente a establecer los mecanismos que garanticen los derechos de los niños y adolescentes en conflicto con la ley penal.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/03/2001 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/03/2001

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9384

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/07/2024

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