Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/2001 - Primera Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 29.581 1 Sección MINISTERIO DE ECONOMIA
Lunes 5 de febrero de 2001
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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
Resolución N 27.958 del 30 ENE 2001
LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION INFORMA:
EXPEDIENTE N 31.057. Cambio de denominación y reforma del art. 1 del estatuto social de JACKSON BERKLEY LIFE COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A., la que en lo sucesivo se denominará BERKLEY INTERNATIONAL LIFE COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A.
VALORES INDICES FIJADOS PARA LAS RETENCIONES, PERCEPCIONES Y/O PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Síntesis:
PERIODO: 01 al 10-02-2001
CARNES:
$ EX-PLANT-RES
VACUNA 1:
1/2 RES
Cuartos a Carne c/hueso $ por kg.
b Carne s/hueso $ por kg.
145
72
1,50
2,30
289
PORCINA 2: excepto lechones a Carne c/hueso $ por kg.
b Carne s/hueso $ por kg.
0,89
1,12
VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1: Conformar el cambio de denominación y reforma del artículo 1 del estatuto social de JACKSON BERKLEY LIFE COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A., la que en lo sucesivo se denominará BERKLEY INTERNATIONAL LIFE COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A.
ARTICULO 2: A los fines establecidos por los artículos 5 y 167 de la Ley N 19.550, dése intervención a la Inspección General de Justicia.
78
ARTICULO 3: Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo.: Dr. IGNACIO WARNES, Superintendente de Seguros.
OVINA:
a Carne c/hueso $ por kg.
b Carne s/hueso $ por kg.
17
1,07
1,34
CAPRINA, LECHONES, MULAS Y BURROS:
EQUINA:
a Carne c/hueso $ por kg.
b Carne s/hueso $ por kg.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 5/2 N 341.826 v. 5/2/2001
22
169
0,95
1,40
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
1 - Desde el 25 de septiembre de 1995 rige un nuevo sistema de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de faena y comercialización de animales y carne de la especie bovina Resolución General Nro. 4059 de la Dirección General Impositiva por lo cual los índices referidos a la especie bovina no deben ser utilizados con este propósito.
2 - Desde el 4 de marzo de 1996 rige un nuevo sistema de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de faena y comercialización de animales y carne de la especie porcina Resolución General Nro. 4131 de la Dirección General Impositiva por lo cual los índices referidos a la especie porcina no deben ser utilizados con este propósito.
Nota: a y b aplicables a la carne con redestino de exportación a consumo; a las ventas de carnes de exportador a exportador y a las ventas de carnes importadas.
Resolución N 27.959 del 30 ENE 2001
Expediente N 40.900
Síntesis:
ARTICULO 1: Inscribir bajo el número de orden 56 en el Registro de Actuarios a la Dra. MARIA
GABRIELA ZUBIRI, D.N.I. N 20.540.851.
ARTICULO 2: Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo.: Dr. IGNACIO WARNES, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Julio A. Roca 721 - P.B. Capital Federal.
e. 5/2 N 341.827 v. 5/2/2001
COEFICIENTES ZONALES SIN VARIACION
ANA MARIA OTAÑO, Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
e. 5/2 N 341.839 v. 5/2/2001
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
MINISTERIO DE ECONOMIA
Resolución N 27.960 del 30 ENE 2001
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
Expediente N 40.899
LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION INFORMA:
Síntesis:
VALORES INDICES FIJADOS PARA LAS RETENCIONES, PERCEPCIONES Y/O PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
PERIODO: 21 al 31-01-2001
ARTICULO 2: Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
CARNES:
$ EX-PLANT-RES
VACUNA 1:
1/2 RES
Cuartos a Carne c/hueso $ por kg.
b Carne s/hueso $ por kg.
139
69
1,43
2,20
PORCINA 2: excepto lechones a Carne c/hueso $ por kg.
b Carne s/hueso $ por kg.
0,92
1,15
OVINA:
a Carne c/hueso $ por kg.
b Carne s/hueso $ por kg.
Fdo.: Dr. IGNACIO WARNES, Superintendente de Seguros.
277
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Julio A. Roca 721 - P.B. Capital Federal.
e. 5/2 N 341.828 v. 5/2/2001
80
ACLARACION
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SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y
PENSIONES
1,07
1,34
CAPRINA, LECHONES, MULAS Y BURROS:
EQUINA:
a Carne c/hueso $ por kg.
b Carne s/hueso $ por kg.
ARTICULO 1: Inscribir bajo el número de orden 167 en el Registro de Auditores Externos al Dr.
GABRIEL EDUARDO SOIFER, D.N.I. N 14.157.661.
Instrucción N 3/2001-SAFJP
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En la edición del 26 de enero de 2001, donde se publicó como aviso oficial la citada Instrucción, se deslizaron los siguientes errores de imprenta:
169
0,95
1,40
1 - Desde el 25 de septiembre de 1995 rige un nuevo sistema de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de faena y comercialización de animales y carne de la especie bovina Resolución General Nro. 4059 de la Dirección General Impositiva por lo cual los índices referidos a la especie bovina no deben ser utilizados con este propósito.
2 - Desde el 4 de marzo de 1996 rige un nuevo sistema de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de faena y comercialización de animales y carne de la especie porcina Resolución General Nro. 4131 de la Dirección General Impositiva por lo cual los índices referidos a la especie porcina no deben ser utilizados con este propósito.
Nota: a y b aplicables a la carne con redestino de exportación a consumo; a las ventas de carnes de exportador a exportador y a las ventas de carnes importadas.
En el ANEXO A - I. FORMULAS DE CALCULO PARA LOS INDICADORES DE RENTABILIDAD 4 Cálculo de la Rentabilidad Histórica Anualizada de un FJP. 4to. Renglón, donde dice:
VCP es el valor promedio de la cuota del mes para el Fondo j.
jt
Debe decir: VCP es el valor promedio de la cuota del mes t para el Fondo j.
jt
ANEXO B - II. OPERACIONES A EFECTUAR EN CASOS DE DESVIOS DE RENTABILIDAD. 2
Determinación del monto a acreditar en el Fondo de Jubilaciones y Pensiones. - 4to. Renglón, donde dice:
VCPjt-12 es el valor promedio de la cuota del Fondo para el mes del año anterior Debe decir: VCPjt-12 es el valor promedio de la cuota del Fondo j para el mes t del año anterior. Y
5to. Renglón donde dice:
COEFICIENTES ZONALES SIN VARIACION
Cjt es el número de cuotas existentes en el Fondo al último día del mes t.
ANA MARIA OTAÑO, Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
e. 5/2 N 341.838 v. 5/2/2001
Debe decir: Cjt es el número de cuotas existentes en el Fondo j al último día del mes t.
e. 5/2 N 341.420 v. 5/2/2001