Boletín Oficial de la República Argentina del 31/01/2001 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.578 1 Sección
Miércoles 31 de enero de 2001

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ción ENRE N 666/2000 por el Anexo I que integra el presente Acto y que en detalle describe las anomalías enunciadas en el artículo primero de esta Resolución; 3.- Téngase por depositada la multa establecida en el artículo primero de la presente Resolución, correspondiente a la boleta de depósito 7110149, de fecha 29 de noviembre de 2000 y obrante a fojas 223/224 del Expediente del Visto; 4.Notifíquese a EDENOR S.A. Firmado: Daniel Muguerza, Vocal Tercero. Ester Beatriz Fandiño, Vocal Primera. Alberto E. Devoto, Vicepresidente. Juan Antonio Legisa, Presidente.

TRALES TERMICAS SORRENTO S.A., que ascienden a 2.080.800 acciones clase A representativas del 10,20% del Capital Social de dicha Central, a favor de ENERCON S.A.; 2.- Una vez realizada la transferencia, la misma deberá ser informada por CENTRALES TERMICAS SORRENTO S.A. a este Ente Regulador, adjuntando copia actualizada del Libro de Registro de Accionistas de la misma;
3.- Notifíquese a TOTALGAZ ARGENTINA S.A., CENTRALES TERMICAS SORRENTO S.A. y ENERCON S.A Firmado: Daniel Muguerza, Vocal Tercero. Ester Beatriz Fandiño, Vocal Primera.
Alberto E. Devoto, Vicepresidente. Juan Antonio Legisa, Presidente.

El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL, REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N 1020 10 piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.

e. 31/1 Nº 361.644 v. 31/1/2001

e. 31/1 Nº 361.647 v. 31/1/2001

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 64/2001
ACTA N 569

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Expediente ENRE N 8935/00
Resolución ENRE Nº 62/2001
Bs. As., 24/1/2001
ACTA N 569
Expediente ENRE N 8701/00
Bs. As., 24/1/2001

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Aprobar la solicitud presentada por EDESE S.A. para las obras de ampliación a la capacidad de transporte de TRANSENER S.A. y TRANSNOA S.A. consistentes en la construcción de un campo de 132 kV en la E.T. El Bracho de propiedad de TRANSENER y una línea de 132 kV entre las E.E.T.T. El Bracho y la Banda, un campo de 132 kV en la E.T. La Banda, la modificación de la traza de la línea de 132 kV entre las E.E.T.T. Río Hondo y Santiago Centro y una nueva E.T. 132/13,8 kV denominada Santiago Oeste ubicadas en las provincias de TUCUMAN y SANTIAGO DEL ESTERO; 2.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para las obras de ampliación a la capacidad de transporte de TRANSENER S.A. y TRANSNOA S.A. consistentes en la construcción de un campo de 132 kV en la E.T. El Bracho de propiedad de TRANSENER y una línea de 132 kV entre las E.E.T.T. El Bracho y la Banda, un campo de 132 kV en la E.T. La Banda, la modificación de la traza de la línea de 132 kV entre las E.E.T.T. Río Hondo y Santiago Centro y una nueva E.T. 132/13,8 kV denominada Santiago Oeste ubicadas en las provincias de TUCUMAN y SANTIAGO DEL ESTERO; 3.- Aprobar, en concepto de canon anual máximo para i la ampliación de la E.T. El Bracho el CANON ANUAL de CONSTRUCCION
ofertado es de dólares estadounidenses TRESCIENTOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO más IVA U$S 321.418 + IVA que resulta de la suma del canon de obras más el de financiación que son dólares estadounidenses CIENTO SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
TRES más IVA U$S 173.853 + IVA y CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y
CINCO más IVA U$S 147.565 + IVA respectivamente; ii la línea El Bracho - La Banda y la ampliación de la E.T. La Banda, el CANON ANUAL de CONSTRUCCION ofertado es de dólares estadounidenses DOS MILLONES VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE más IVA U$S 2.020.287 + IVA que resulta de la suma del canon de obras más el de financiación que son dólares estadounidenses UN
MILLON NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE más IVA U$S 1.092.759 +
IVA y NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO más IVA U$S 927.528 + IVA
respectivamente; iii para la Estación Transformadora Santiago Oeste, el CANON ANUAL de CONSTRUCCION ofertado es de dólares estadounidenses SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISIETE más IVA U$S 788.917+ IVA que resulta de la suma del canon de obras más el de financiación que son dólares estadounidenses CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS VEINTE más IVA U$S 426.720 + IVA y TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE más IVA U$S 362.197+ IVA respectivamente; y iv para la modificación de la línea Río Hondo - Santiago Centro, el CANON ANUAL de CONSTRUCCION ofertado es de dólares estadounidenses CIENTO SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO más IVA U$S 178.965
+ IVA que resulta de la suma del canon de obras más el de financiación que son dólares estadounidenses NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS UNO más IVA U$S 96.801 + IVA y OCHENTA Y DOS
MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO más IVA U$S 82.164+ IVA respectivamente. Los valores de Canon de Construcción serán considerados como máximos de referencia, dado que el canon que deberán pagar los beneficiarios de la ampliación será el que resulte de la licitación pública aludida en el articulo 6 de la presente Resolución; 4.- Aprobar el período de amortización de DIEZ 10 años para el pago de la ampliación solicitada, que comenzará a regir a partir de la fecha de la efectiva puesta en servicio de la ampliación para todas las obras aprobadas en el artículo I de la presente Resolución; 5.Aprobar como beneficiarios de la ampliación, con una participación promedio para los años 1 y 2 en el pago del canon, a las siguientes empresas: i para la ampliación de la E.T. El Bracho, Empresa de Distribución de Santiago del Estero S.A. 97,85%; Hiper. Libertad S.A. Santiago del Estero 2,15%; ii para la línea El Bracho - La Banda y la ampliación de la E.T. La Banda, Empresa de Distribución de Santiago del Estero S.A. 85,675%, EDE Tucumán 10,615%, Energía de Catamarca S.A. 1,185%, Hiper. Libertad S.A. Santiago del Estero 1,420%, GRAFA Tucumán 1,105%; iii para la construcción de la E.T. Santiago Oeste, Empresa de Distribución de Santiago del Estero S.A. 100%; y iv para la modificación de la traza de la línea de 132 kV La BandaSantiago Centro, Empresa de Distribución de Santiago del Estero S.A. 88,603%, Hidroeléctrica Río Hondo 8,428%, Hidroeléctrica Tucumán 1,470%
y Hiper. Libertad S.A. Santiago del Estero 1,500%. 6.- EDESE S.A. deberá convocar una licitación pública cuyo objeto sea la construcción, provisión y montaje de lo propuesto en la solicitud de ampliación. La documentación licitatoria y contractual, así como el acto de adjudicación requerirán la previa aprobación del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD; 7.- Dentro de la documentación licitatoria que deberá aprobar el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se incluirán las licencias técnicas que deberán otorgar TRANSENER S.A. y TRANSNOA S.A.; 8.- Notifíquese a EDESE S.A., TRANSNOA S.A. a TRANSENER. a CAMMESA., EDE TUCUMAN S.A.;
ENERGIA DE CATAMARCA S.A.; HIPER. LIBERTAD S.A. Santiago del Estero; GRAFA TUCUMAN S.A.; HIDROELECTRICA RIO HONDO; HIDROELECTRICA TUCUMAN, al ENTE REGULADOR DE ENERGIA DE SANTIAGO DEL ESTERO; en la Provincia de TUCUMAN a las Municipalidades de Cruz Alta y de Leales; en la provincia de SANTIAGO DEL ESTERO a las Municipalidades de Río Hondo y Banda Firmado: Daniel Muguerza, Vocal Tercero. Ester Beatriz Fandiño, Vocal Primera. Alberto E. Devoto, Vicepresidente. Juan Antonio Legisa, Presidente.
e. 31/1 Nº 361.646 v. 31/1/2001

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: I.- Rectificar la Resolución E.N.R.E. N 29/2001 mediante el reemplazo de su Anexo I, por el Anexo I de la presente Resolución; 2.- Notifíquese a TRANSENER S.A., TRANSNOA S.A., TRANSNEA S.A., TRANSPA S.A., DISTROCUYO S.A., TRANSBA S.A., TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE
LA REGION DEL COMAHUE Firmado: Daniel Muguerza -Vocal TerceroEster Beatriz Fandiño -Vocal Primera - Alberto E. Devoto Vicepresidente - Juan Antonio LegisaPresidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL, REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N 1020 10 piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 31/1 Nº 361.645 v. 31/1/2001

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al año 1999, inclusive.

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 63/2001
ACTA N 569
Expediente ENRE N 8834/00
Bs. As., 24/1/2001

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Autorizar a TOTALGAZ ARGENTINA S.A. a transferir la totalidad de sus tenencias accionarias en CEN-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/01/2001 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha31/01/2001

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9399

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/07/2024

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