Boletín Oficial de la República Argentina del 21/01/2000 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.320 1 Sección
En el aviso Nº 304.884 de fecha 29/12/1999, se cometió el siguiente error:
DONDE DICE:
CUIT Nº
Contrib. Peticionante
20-066-99 30-69319008-4 Envases de Borosilicato del Sur S.R.L.

Juez Adm.
Juan A.
Candina
Cargo
Denom. Dep.

Jefe Región Agencia Nº 66
Nº 8

DEBE DECIR:
Nº Const.

CUIT Nº
Contrib. Peticionante
20-066-99 30-69319008-4 Envases de Borosilicato del Sur S.A.

Juez Adm.
Juan A.
Candina
Cargo
Denom. Dep.

ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. JUAN G. MEIRA, Director Nacional de Prospectiva, Subsecretaría de Energía.
e. 21/1 Nº 306.352 v. 21/1/00

e. 21/1 Nº 306.475 v. 21/1/00

MINISTERIO DE ECONOMIA
SECRETARIA DE ENERGIA
DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA

En el aviso Nº 304.021 de fecha 22/12/1999, se cometió el siguiente error:

Disposición Nº 2/00

DONDE DICE:
CUIT Nº
Contrib. Peticionante
20-942-99 30-58782147-4

Médicos Asoc. de Tucumán S.A.

Juez Adm.

Cargo
MUELA A. Jefe Región
Denom. Dep.
Agencia Catamarca
DEBE DECIR:
Nº Const.

ARTICULO 3º Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO OED a notificar al nuevo agente, al generador que celebró contrato con él y a la COOPERATIVA DE PROVISION DE
SERVICIOS ELECTRICOS, PUBLICOS Y SOCIALES DE SAN PEDRO LTDA. BS. AS. e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM lo resuelto en los Artículos 1º y 2º de la presente Disposición.

Jefe Región Agencia Nº 66
Nº 8

ACLARACION A.F.I.P.

Nº Const.

17

ARTICULO 2º Establécese que la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS, PUBLICOS Y SOCIALES DE SAN PEDRO LTDA. BS. AS. deberá prestar al nuevo agente antes citado, la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT según lo establecido en la Resolución de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 428 del 28 de agosto de 1998.

ACLARACION A.F.I.P.

Nº Const.

Viernes 21 de enero de 2000

CUIT Nº
Contrib. Peticionante
20-942-99 30-58782147-4

Médicos Asoc. de Tucumán S.A.

Juez Adm.

Cargo
MUELA A. Jefe Región
Denom. Dep.
Región Tucumán
e. 21/1 Nº 306.476 v. 21/1/00
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, intima por el término de DIEZ 10 días hábiles administrativos, al señor Ariel Marcelo COLOMBINI al pago de la suma de PESOS SETECIENTOS DOCE CON CINCO CENTAVOS $ 712,05, de acuerdo a lo ordenado por la Resolución SENASA Nº 833 de fecha 3 de agosto de 1999 Expediente Reservado Nº 01/99. El importe correspondiente deberá ser satisfecho mediante Giro Postal o Bancario o Cheque Certificado con fondos suficientes en la cuenta pagaderos en esta Capital Federal, a la orden del SENASA 50/
623 - RECAUDADORA F 12 y remitirse a: SENASA - OFICINA CUENTAS A COBRAR - Paseo Colón Nº 367 1063, Capital Federal, BAJO APERCIBIMIENTO DE PROCEDER A SU COBRO POR VIA
JUDICIAL. Dr. ALFREDO ETCHEVERRY, Director de Asuntos Jurídicos, SENASA.
e. 21/1 Nº 306.495 v. 21/1/00

Bs. As., 14/1/00
VISTO, el Expediente Nº 750-005857/99 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la firma DISCO S.A. ha presentado la solicitud correspondiente para su reconocimiento como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM en su condición de GRAN USUARIO MENOR
GUME, conforme lo establecen la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 137 del 30 de noviembre de 1992 y sus modificatorias.
Que la firma solicitante, para la vinculación de sus instalaciones eléctricas con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION SADI, deberá contar con la prestación de la FUNCION TECNICA
DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT de la COOPERATIVA DE AGUA Y LUZ DE
PINAMAR LTDA.
Que la presentación de la solicitud ha sido publicada en el Boletín Oficial de fecha 3 de enero de 2000.
Que no se han presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley Nº 24.065 y por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 168 del 12 de abril de 1999.
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE PROSPECTIVA
DISPONE:

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, intima por el término de DIEZ 10 días hábiles administrativos, a la señora Alejandra Patricia SAXE de CASAS al pago de la suma de PESOS DIECINUEVE MIL NOVENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS $ 19.099,75, de acuerdo a lo ordenado por la Resolución SENASA Nº 793 de fecha 29 de julio de 1999 Expediente Reservado Nº 07/99. El importe correspondiente deberá ser satisfecho mediante Giro Postal o Bancario o Cheque Certificado con fondos suficientes en la cuenta pagaderos en esta Capital Federal, a la orden del SENASA 50/623 - RECAUDADORA F 12 y remitirse a: SENASA - OFICINA CUENTAS A COBRAR Paseo Colón Nº 367 1063 Capital Federal. BAJO APERCIBIMIENTO DE PROCEDER A SU COBRO
POR VIA JUDICIAL. Dr. ALFREDO ETCHEVERRY, Director de Asuntos Jurídicos, SENASA.
e. 21/1 Nº 306.496 v. 21/1/00

MINISTERIO DE ECONOMIA
SECRETARIA DE ENERGIA

ARTICULO 1º Autorízase el ingreso de la firma DISCO S.A. como agente del MERCADO
ELECTRICO MAYORISTA MEM, en su condición de GRAN USUARIO MENOR GUME, para su supermercado ubicado en Rivadavia y Totoras de la localidad de PINAMAR, Provincia de BUENOS
AIRES, a partir del 1º de febrero de 2000, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTICULO 2º Establécese que la COOPERATIVA DE AGUA Y LUZ DE PINAMAR LTDA. deberá prestar al nuevo agente antes citado, la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT según lo establecido en la Resolución de la empresa SECRETARIA DE ENERGIA del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 428 del 28 de agosto de 1998.
ARTICULO 3º Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO OED a notificar al nuevo agente, al generador que celebró contrato con él y a la COOPERATIVA DE AGUA Y LUZ DE
PINAMAR LTDA., e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM lo resuelto en los Artículos 1º y 2º de la presente Disposición.

DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA
Bs. As., 14/1/00

ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. JUAN G. MEIRA, Director Nacional de Prospectiva, Subsecretaría de Energía.
e. 21/1 Nº 306.353 v. 21/1/00

VISTO, el Expediente Nº 750-005856/99 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y
MINISTERIO DE ECONOMIA

Disposición Nº 1/00

CONSIDERANDO:

SECRETARIA DE ENERGIA

Que la empresa REYNOSO HNOS. E HIJOS S.A. ha presentado la solicitud correspondiente para su reconocimiento como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM en su condición de GRAN USUARIO MENOR GUME, conforme lo establecen la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 137 del 30 de noviembre de 1992 y sus modificatorias.
Que la empresa solicitante, para la vinculación de sus instalaciones eléctricas con el SISTEMA
ARGENTINO DE INTERCONEXION SADI, deberá contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT de la COOPERATIVA DE PROVISION DE
SERVICIOS ELECTRICOS, PUBLICOS Y SOCIALES DE SAN PEDRO LTDA. BS. AS..
Que la presentación de la solicitud ha sido publicada en el Boletín Oficial de fecha 3 de enero de 2000.
Que no se han presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley Nº 24.065 y por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 168 del 12 de abril de 1999.
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE PROSPECTIVA
DISPONE:
ARTICULO 1º Autorízase el ingreso de la empresa REYNOSO HNOS. E HIJOS S.A. como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM, en su condición de GRAN USUARIO MENOR GUME, para su Sucursal ubicada en Balcarce 320 de la ciudad de TRENQUE LAUQUEN, Provincia de BUENOS AIRES, a partir del 1º de febrero de 2000, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.

DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA
Disposición Nº 3/00
Bs. As., 14/1/00
VISTO, el Expediente Nº 750-005855/99 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la empresa REYNOSO HNOS. E HIJOS S.A. ha presentado la solicitud correspondiente para su reconocimiento como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM en su condición de GRAN USUARIO MENOR GUME, conforme lo establecen la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 137 del 30 de noviembre de 1992 y sus modificatorias.
Que la empresa solicitante, para la vinculación de sus instalaciones eléctricas con el SISTEMA
ARGENTINO DE INTERCONEXION SADI, deberá contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT de la COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ASISTENCIALES Y CREDITO, VIVIENDA Y CONSUMO DE TRENQUE LAUQUEN.
Que la presentación de la solicitud ha sido publicada en el Boletín Oficial de fecha 3 de enero de 2000.
Que no se han presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/01/2000 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha21/01/2000

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9379

Primera edición02/01/1989

Ultima edición27/06/2024

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