Boletín Oficial de la República Argentina del 04/06/1999 - Primera Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 29.161 1 Sección
Viernes 4 de junio de 1999
30
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE IGUAZU
LISTADO DE VEHICULOS PARA SER PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL
.
Ord.
Marca
.
Tipo
Modelo
Año
Motor Nº
1
FIAT
Camión
619N
2
TORINO
Sedán
Coupe
3
DODGE
Sedán
1500
4
PEUGEOT
Sedán
5
CHEVROLET
Sedán
6
FORD
Rural
7
RASTROJERO
8
FIAT
9
FORD
Rural
Falcon
10
FIAT
Sedán
Duna
11
PEUGEOT
Pick up
504
623871
12
BMW
Sedán
320
06VH6963735
13
PEUGEOT
Pick up
504
14
FIAT
Sedán
Duna
15
PEUGEOT
Sedán
504
16
ZANELLA
Ciclom.
Chasis Nº
Dominio Nº
Estado
Color
Parte Nº
P. S. J.
G.N. Nº
EA29S.P.
SA29- Nº
Nombre y Apellido Involucrado/os
32005568a
C-397859
Chatarra
021/83
Germán Horacio Pearson
1971
3532461
C-399109
Chatarra
035/86
Antonio Augusto Luchi y otros
1974
45011716
4050109454
J-75544
Chatarra
059/91
César Irineo Villalba Ramírez
1976
252216
5093046
H-5504
Chatarra
066/91
Miguel Allende Vlilagra
4005
1974
A23175065
AO583
J-159884
Chatarra
009/92
Eligio Alvarez Prieto
Falcon
1977
PJA32212
A24DU24898
P-61604
Chatarra
014/92
Anastacio Acosta Segovia
Pick up
Ime
1974
422424
PG044815174
G-438119
Chatarra
Sedán
128
381637069
28a1570451
J-169059
Chatarra
PBC011932
DPBS01433
B-1953226
Chatarra
10003362900
24400000053
B-2302047
10786963735
1984
1980
30/92
Santiago Mercado y otro
Azul
004/94
Hong Juan Antonio
002/95
Silvio Orlando Sequeira
Regular
Champagne
015/93
Gustavo Daniel Marino
Q-047945
Regular
Azul
033/93
Ricardo Mieres
C-1097682
Regular
Beige
002/94
Valentín Llera
620144
8032296
W-080696
Regular
Blanco
025/94
Enrique Esteban Scaggliola
20001446198
000R5147740
C-1831436
Regular
Blanco
003/95
Jorge Benito Diagliez
635669
5304475
SZM-194
50LJ28704
TJ29965
Regular
Gris
005/98
Claudio Alberto Chirizola
Malo
Rojo
013/92
NN
e. 4/6 Nº 279.967 v. 4/6/99
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Anexo I
COORDINACION GENERAL DE PROGRAMAS DE CAPACITACION LABORAL
Resolución Nº 176/99
ACCIONES
Bs. As., 14/4/99
VISTO la Ley Nº 24.013, los Decretos Nros. 101 de fecha 16 de enero de 1985 y 1076 de fecha 25
de septiembre de 1996, las Resoluciones M.T. y S.S. Nros. 885 de fecha 17 de octubre de 1996, 273
de fecha 1º de abril de 1998, 315 de fecha 24 de abril de 1998, 134 de fecha 15 de marzo de 1999 y 168 de fecha 12 de abril de 1999; el Convenio M.T. y S.S. Nº 37 de fecha 20 de julio de 1998; y CONSIDERANDO:
1. Coordinar, programar y ejecutar las actividades vinculadas con la gestión de PROGRAMAS DE
CAPACITACION LABORAL.
2. Articular acciones con la COORDINACION DE GESTION DE PROGRAMAS, con las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL GECAL y con la SUBCOORDINACION DE SEGUIMIENTO TECNICO Y FISCALIZACION SUSEFI.
Que de la experiencia adquirida en la gestión de programas surge la necesidad de crear una COORDINACION GENERAL DE PROGRAMAS DE CAPACITACION LABORAL, que dependerá operativamente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION, y tendrá a su cargo el diseño, programación, coordinación y ejecución de aquellos Programas orientados a la temática de Capacitación Laboral, con el fin de optimizar la ejecución de los mismos.
3. Asistir técnicamente a las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL GECAL
para la ejecución de los programas de capacitación laboral.
Que resulta necesario proceder a la designación de la persona que se hará cargo de la Coordinación creada por la presente.
5. Realizar acciones de monitoreo sobre los PROGRAMAS DE CAPACITACION LABORAL que ayuden al rediseño de los mismos.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 101/85.
Por ello, EL MINISTRO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Créase, dentro del ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE
EMPLEO Y CAPACITACION, dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL, la COORDINACION GENERAL DE PROGRAMAS DE CAPACITACION LABORAL, con la función de coordinar la ejecución operativa de los Programas de Capacitación Laboral de la mencionada Secretaría, de conformidad con las acciones que, como Anexo I, forman parte integrante de la presente Resolución. Dichos Programas comprenden actualmente el PROGRAMA DE CAPACITACION LABORAL PARA UN SECTOR O RAMA DE ACTIVIDAD, creado por Resolución M.T. y S.S. Nº 273/98 y con asignación de fondos para 1999 mediante Resolución M.T. y S.S. Nº 168/99, el REGIMEN DE CREDITO FISCAL designado mediante Resolución M.T. y S.S. Nº 134/99, el PROGRAMA
DE CAPACITACION PARA APOYAR EL EMPLEO creado por Resolución M.T. y S.S. Nº 315/98, las ACCIONES DE FORMACION FLEXIBLE PARA PEQUEÑOS Y MICROEMPRESARIOS, de conformidad con lo estipulado en el Convenio M.T. y S.S. Nº 37/98 celebrado con el Gobierno de la Provincia de NEUQUEN, y la articulación y coordinación de acciones con el PROGRAMA DE APOYO A LA PRODUCTIVIDAD Y EMPLEABILIDAD DE JOVENES PAPEJ.
ARTICULO 2º Para el cumplimiento de sus funciones la COORDINACION GENERAL DE PROGRAMAS DE CAPACITACION LABORAL contará con el personal de planta permanente o transitoria que se le asigne y con el apoyo de personal contratado para tareas específicas.
ARTICULO 3º Desígnase a partir de la fecha a la Lic. Marcel Beatriz PERALTA, D.N.I. Nº 12.206.954, COORDINADORA GENERAL DE PROGRAMAS DE CAPACITACION LABORAL, con las funciones enunciadas en el artículo 1º.
ARTICULO 4º El gasto que demande la presente medida será financiado con recursos provenientes del Presupuesto asignado a la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL dentro de la Jurisdicción Nº 75 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
ARTICULO 5º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. Dr. ANTONIO
ERMAN GONZALEZ, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
4. Coordinar la evaluación de los PROGRAMAS DE CAPACITACION LABORAL y elaborar los proyectos de resolución aprobatoria de dichos Programas.
6. Articular y brindar información a la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION DEL MERCADO DE TRABAJO en relación con el desarrollo de los PROGRAMAS DE CAPACITACION LABORAL.
e. 4/6 Nº 279.900 v. 4/6/99
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 704/99
Acta Nº 463
Expediente ENRE Nº 5579/98
Bs. As., 27/5/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación de la capacidad de transporte solicitada por la empresa EDEFOR S.A., consistente en la construcción de una Línea de 132 kV, que unirá la Estación Transformadora 132 kV PIRANE, en la Provincia de Formosa, y la Estación Transformadora 132 kV GENERAL SAN MARTIN, en la Provincia del Chaco, esta última propiedad de S.E.C.H.E.E.P., así como las adecuaciones en las mencionadas estaciones transformadoras para permitir la acometida de dicha línea; 2 Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1 de la presente resolución, la efectiva conexión en la Estación Transformadora San Martín, propiedad de S.E.C.H.E.E.P., de la Línea de 132 kV San Martín - El Colorado - Pirané en los términos técnicos previstos en el proyecto original, estará condicionada a que S.E.C.H.E.E.P., la eventual Prestadora Adicional de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, y EDEFOR S.A., eventual Usuario de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, arriben a un acuerdo para la adecuación de las instalaciones en la Estación Transformadora San Martín, a los fines de permitir su energización en la tensión de 132 kV, o hasta que S.E.C.H.E.E.P. unilateralmente energice la mencionada estación en la tensión de 132 kV; 3 Con anterioridad al inicio de la construcción de la Línea de 132 kV San Martín El Colorado - Pirané, TRANSNEA S.A. deberá completar a satisfacción del Departamento Ambiental del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, la información solicitada respecto a la consulta a las autoridades competentes de Vías Navegables sobre aspectos relacionados con la navegabilidad del Río Bermejo y eventuales restricciones a la altura de los conductores, si las hubiere;
4 Notifíquese a EDEFOR S.A., a SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL S.E.C.H.E.E.P., a TRANSNEA S.A., al ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD DE LA PROVINCIA DE FORMOSA, y a CAMMESA. Fdo.: DANIEL MUGUERZA.
Vocal Tercero. JUAN CARLOS DEROBERTIS, Vocal Segundo. ESTER BEATRIZ FANDIÑO, Vocal Primera. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
e. 4/6 Nº 280.069 v. 4/6/99