Boletín Oficial de la República Argentina del 18/01/1999 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.065 1 Sección la que será abonada por cada Sociedad Licenciataria de Gas conforme el detalle obrante como Anexo I de la presente Resolución.
ARTICULO 2º Establécese como fecha de vencimiento para el ingreso del importe determinado en el Artículo Nº 1 precedente Columna VTO 1º Anticipo Tasa Fiscalización y Control 1999 del Cuadro ANEXO I, el día 20 de enero de 1999, vencido el cual será de aplicación lo establecido por el Artículo 64 de la Ley Nº 24.076.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO
OFICIAL y archívese. Ing. RICARDO V. BUSI, Director Ente Nacional Regulador del Gas. Ing.
JOSE ANDRES REPAR, Vicepresidente Ente Nacional Regulador del Gas. Ing. HECTOR E.
FORMICA, Director Ente Nacional Regulador del Gas.

Transportadora de Gas del Norte S.A.
Transportadora de Gas del Sur S.A.
Metrogas S.A.
Gas Natural BAN S.A.
Litoral Gas S.A.
Gasnor S.A.
Distribuidora de Gas del Centro S.A.
Distribuidora de Gas Cuyana S.A.
Camuzzi Gas Pampeana S.A.
Camuzzi Gas del Sur S.A.
Dist. de Gas Mesopotámica S.A.
Gas Andes S.A.
TOTAL TRNASP. Y DISTRIB.

TOTAL GENERAL

CONSIDERANDO:
Que QUINTANA MINERALS SANTA CRUZ INC., mediante presentaciones recaídas en Expediente ENARGAS Nº 4268, formalizó un pedido de ingreso de gas de su yacimiento Boleadoras y otros adyacentes, al punto PM17 del Gasoducto Gral. San Martín.
Que con el objeto de adaptarse a las condiciones de gas flexibilizado establecidas en la Resolución ENARGAS Nº 622, Anexo II, dicho gas es mezclado antes de su ingreso en dicho punto, con el procedente del yacimiento Le Marchand.
Que ante tal pedido, se requirió a la causante la publicación de un edicto por tres días consecutivos, tanto en el boletín oficial como en diarios de circulación nacional.

Ingresos Brutos Totales Miles $

Compra Capacidad Transporte Miles $

Compra de Gas Miles $

Ingresos Brutos de Actividad Miles $

% ingr.
bruto Act.
S/Total %

182,630.00
362,730.00
598,282.00
386,192.00
169,017.00
85,708.00
137,698.00
129,543.00
358,729.00
206,015.00
2,160.00
3,951.00

0.00
0.00
207,229.00
88,557.00
43,522.00
12,658.00
27.784,00
18,182.00
84,739.00
100,467.00
1,211.00
0.00

0.00
0.00
186,141.00
128,783.00
63,897.00
33,353.00
51,449.00
50,111.00
152,084.00
22,358.00
918.00
0.00

182.630.00
362.730.00
204,912.00
168,852.00
61,598.00
39,697,00
58,465.00
61,250.00
121,906.00
83,190.00
31.00
3,951.00

13.536049%
26.884582%
15.187532%
12.514861%
4.565480%
2.942236%
4.333270%
4.539687%
9.035348%
6.165821%
0.002298%
0.292838%

744.483.00
1,478,652.00
835,315.00
688,317.00
251,101.00
161,823.00
238,330.00
249,683.00
496,944.00
339,120.00
126.00
16,106.00

2,622.655.00

584,349.00

689,094.00

1,349,12.00

100.00

5,500,000.00

0.000000%
0.000000%
0.000000%
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0.000000%

0.00

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0.000000%

0.00
0.00

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0.00

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0.00

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0.000000%
0.000000%
0.000000%

0.00
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0.00

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0.000000%
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0.000000%
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0.000000%

0.00
0.00
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0.00
0.00
0.00
0.00

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0.000000%
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0.000000%

0.00
0.00
0.00
0.00

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0.00

0.000000%

0.00

0.000000%
0.000000%
0.000000%
0.000000%
0.000000%
0.000000%
0.000000%

0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00

0.00

0.00

0.00

REMATES OFICIALES

689,094.00 1,349,212.00

100.000000%

5,500,000.00

ANTERIORES

Servicio de Gas Junín S.A.
Emgasud S.A.
Cooperativa O y SP Batan Coop. Servicios Públicos Henderson Coop. Mariano Moreno Ltda.
Cía. de Gas de la Costa S.A.
Coop. Serv. Públicos de Suipacha Coop. Servicios Públicos Los Cardales Gas del Sur S.A.
Coop. de Ser. Públicos de Fátima Ltda.
COSEFA
Emprendimientos 2001 S.R.L.
Corral de Bustos Dirgas S.A. Monte Buey Emprigas S.A. Villa Carlos Paz y San Francisco Coop. Elec. o/y S. Públicos y Vivienda Camerillo Coop. Servicios Públicos de Camilo Aldao Coop. de Ser. Públicos Arroyito Isla Verde Gas S.A.
Coop. de Serv. Públicos Cruz Alta Coop. de Prov. de Obras y SP de Gral. Baldissera Ltda.
Redengas S.A. Paraná Coop. Tabacaleros Jujuy Coop. O. y Serv. Púb. de Tostado Coop. Serv. Franck Coop. Serv. Públicos Murphy Firmat Gas S.A.
Coop. de O. y Serv. Púb. San Jerónimo Sud Ltda.
Distrigas S.A. Todos los Emprendimientos Mulet Construcciones S.R.L. Todos los emp.
Coop. Tres Límites Centro Agrícola El Palo Coop. Ltda. de Electricidad y Ser.
Anexos de Jeppener Coop. de Prov. de S. Tel. otros SP
y Cons. M. Acosta Ltd.
Coop. de O. S. Pub. Asit. y Viv.
Carcarañá Ltda.
Coop. de O. Serv. Públicos San Basilio Ltda.
Tecnogas Patagónica S.A.
Gas de Monte Maíz S.A.
Coop. F. E. L. Limitada Hidrocarburos del Neuquén S.A.
Coop. Eléctrica de Laguna Larga Ltda.
TOTAL SUBDISTRIBUIDORES

0.00

0.00

2,622,655.00

584,349.00

0.00

30

Que por dicho edicto se informaba a los eventuales interesados la apertura de un libro foliado y retenido por ENARGAS para asentar las eventuales oposiciones, por un término de treinta 30 días hábiles.

TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 1999 - 1º ANTICIPO

EMPRSA

Lunes 18 de enero de 1999

vto. 20/01/99
1º ANTICIPO
TASA 1999
$

La participación de cada EMPRESA LICENCIATARIA en la determinación del 1º anticipo de la TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 1999, ha sido calculada en función de los ingresos brutos por la actividad regulada de acuerdo a los Estados Contables al 31/12/97, informados al Ente, siendo este cálculo provisorio. a.
Las EMPRESAS SUBDISTRIBUIDORAS autorizadas por el Ente, pagan la Tasa anual en dos cuotas a.
a Con el pago de la última cuota de la Tasa de Fiscalización y Control, se ajustarán las participaciones relativas de todos los sujetos, incluidos los Subdistribuidores autorizados por el Ente en base a los Estados Contables al 31/12/98, que deben presentar ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de normas vigentes. Se tendrá en cuenta, asimismo, la incorporación de nuevos sujetos.
e. 18/1 Nº 263.129 v. 18/1/99
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución Nº 890/99
Bs. As., 29/12/98
VISTO el Expediente Nº 4268 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
ENARGAS, lo dispuesto por la Ley Nº 24.076 y su Reglamentación aprobada por los Decretos Nº 1738 y 2255 del 18 de septiembre de 1992 y 2 de diciembre de 1992, respectivamente, y
Que dentro del plazo estipulado, fueron formalizadas en el libro dos 2 oposiciones, una de ellas de TOTAL AUSTRAL S.A. y otra de PAN AMERICAN ENERGY.
Que analizadas las mimas se comprueba una insuficiencia como para inhibir la aprobación del pedido que nos ocupa.
Que por lo expresado cabe autorizar el ingreso de gas flexibilizado en el punto de medición PM17
del gasoducto Gral. San Martín.
Que la instalación de equipamiento adecuado permitirá asegurar la calidad del gas mezcla, según lo estipulado en la Resolución ENARGAS Nº 622/98, sección VIII de la parte reglamentaria.
Que la transportista y los cargadores involucrados en el nuevo ingreso de gas deben ejercer los controles establecidos en la resolución ENARGAS Nº 622/98, Anexo I, punto 2.1.
Que por otra parte TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR debe controlar el cumplimiento de las condiciones de ingreso de dicho gas y asegurar el suministro en calidad de norma a los cargadores que se encuentren aguas abajo del mencionado punto PM17.
Que asimismo el Directorio del ENARGAS se encuentra facultado para emitir este acto por los Artículos 30; 52, inciso b y 86 de la Ley Nº 24.076 y su Decreto Reglamentario Nº 1738/92.
Por ello, EL DIRECTORIO DEL
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase a QUINTANA MINERALS SANTA CRUZ INC. el ingreso transitorio de 3.200.000 m3/día de gas flexibilizado en el punto de medición PM17 del Gasoducto General San Martín, por el término de un año, renovable por períodos similares en las condiciones establecidas en la Resolución ENARGAS Nº 622, Anexo II Especificaciones de calidad para recepción de gas en condición flexibilizada.
ARTICULO 2º El efectivo ingreso de la nueva corriente, sólo podrá efectuarse una vez verificados por el ENARGAS la correcta instalación y la operación de todo el equipamiento necesario para asegurar el control del ingreso de gas en condiciones flexibilizada y de la mezcla, debiendo informarse a ENARGAS la nómina de cargadores de gas flexibilizado inyectado.
ARTICULO 3º Al efecto de la renovación de la autorización, QUINTANA MINERALS SANTA
CRUZ INC., abrirá nuevamente el libro de oposiciones con los mismos requisitos originales, tres meses antes del vencimiento del período autorizado por la presente y por treinta 30 días hábiles.
ARTICULO 4º TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. deberá controlar en tiempo real las condiciones de ingreso del gas flexibilizado en el PM17, en su composición y en cuanto a la temperatura del fluido en el gasoducto troncal ambas ramas, verificando el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 622, Anexo II - ítem 5. Asimismo instalará un cromatógrafo on line en una progresiva intermedia entre el PM17 y el primer punto de entrega a un cargador.
ARTICULO 5º Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Ing. RICARDO V. BUSI, Director Ente Nacional Regulador del Gas. Ing. HECTOR E. FORMICA, Director Ente Nacional Regulador del Gas. Ing. JOSE ANDRES REPAR, Vicepresidente Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 18/1 Nº 261.132 v. 18/1/99

BANCO DE LA NACION ARGENTINA
BANCO DE LA NACION ARGENTINA - SUC. JUAN N. FERNANDEZ CALLE 35 Nº 1202, ACREEDOR PRENDARIO LEY 12962 - DEUDOR ALZUGARAY, MARCELO A. Y OTRO S/CONCURSO PREVENTIVO - HOY S/QUIEBRA.
Por tres días se hace saber la subasta pública a realizarse el día 26 de enero de 1999, a las 10,00
hs., en establecimiento Sr. LUCIANO ALZUGARAY, ubicado a 3.000 m. de CLARAZ, en desvío camino vecinal a 200m., lo siguiente y en blok: 1 cosechadora automotriz VASSALLI ind. arg. año 1974;
mod. Ideal 3/16, rodado delantero 16.9x28; rodado trasero 6.50x16; motor marca BEDFORD, 6 cilindros, ref. a agua Nº M-350-12125. 2 Cosechadora marca VASSALLI Ind. arg. año 1966; mod. Ideal 3/16; rodado delantero 169x28; rodado trasero 6.50x16; motor marca PERKINS, 6 cilindros, ref. a agua Nº PA 6437736. 3 Cosechadora automotriz VASSALLI ind. arg. año 1967; mod. Ideal 3/16;
rodado delantero 16.9x28; rodado trasero 6.50x16; motor marca PERKINS, 6 cilindros, ref. a agua Nº PA 612532. 4 tres 3 Plataformas recolectoras de maíz marca VASSALLI ind. arg., 5 surcos cada una, números convencionales BNA-2090-CA 158/4; BNA-2090-CA 158/6; BNA-2090-CA 158/8 Al contado y mejor postor, en el estado en que se encuentra BASE DE VENTA: $ 15.500. En caso de fracasar esta primera subasta por falta de postores, a la media hora saldrán con base retasada en un 25% es decir $ 11.625 y en caso de fracasar la segunda subasta por el mismo motivo, saldrán a la hora 11,00
SIN BASE. FORMA DE PAGO: Al contado en el acto del remate más el 10% de comisión y posesión inmediata. Todo en dinero efectivo o cheque certificado. El adquirente, a partir de este acto toma a su cargo el desarme y traslado de los bienes, haciéndose responsable de los daños que ello pudiera ocasionar en adelante. Exhibición media hora antes de la subasta. Martillero designado JORGE BILBAO, Reg. Nº 26, Tº 1, Fº 9, del Departamento Judicial Necochea, con domicilio en calle 62 Nº 2834 de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/01/1999 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha18/01/1999

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9386

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/07/2024

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