Boletín Oficial de la República Argentina del 16/12/1998 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.044 1 Sección CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma MG
POSTAL S.R.L. ha solicitado su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que en relación a lo peticionado han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto Nº 1187/
93 modificado por su similar Nº 115/97.
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288
del Código Penal.

tales, por lo que se entiende su calidad de Prestador de Servicios Postales.

Postales con el número QUINIENTOS SETENTA
570.

Art. 2º Inscríbase a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número QUINIENTOS SESENTA
Y OCHO 568.

Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Federico N. A. Luján de la Fuente.

Art. 3º Establécese que, a efectos de no i n d u c i r a e r r o r a l p ú b l i c o , M G P O S TA L
S.R.L. no podrá utilizar el nombre comercial CERROEXPRESS, hasta tanto concluya la tramitación de las actuaciones infraccionales contra la firma CERROEXPRESS S.R.L.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Federico N. A. Luján de la Fuente.

Que con fecha 5 de marzo del corriente año se dispuso la baja del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la firma denominada CERROEXPRESS S.R.L., que se encontraba inscripta con el número CIENTO OCHENTA Y DOS 182.

Comisión Nacional de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES

Inscríbese a la empresa Plus Motos S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Bs. As., 10/12/98
VISTO el Expediente Nº 012833 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES de 1998, y CONSIDERANDO:

Que existen actuaciones en trámite en las que se investiga la presunta actuación en el mercado postal de CERROEXPRESS S.R.L. con posterioridad a su baja, lo que configuraría una infracción a lo normado en el artículo 10
del Decreto Nº 1187/93 y en el artículo 4º de la Resolución CNCT 007/96.
Que en virtud de ello, con fecha 5 de noviembre de 1998 la Gerencia de Servicios Postales notificó a MG POSTAL S.R.L. que, hasta tanto concluya la tramitación de las actuaciones referidas en el considerando precedente y a efectos de no inducir a error al público, no podría utilizar el nombre comercial CERROEXPRESS, debiendo, en consecuencia, rectificar el mismo como así también la denominación comercial de los servicios a prestar.
Que, como consecuencia de ello, con fecha 9 de noviembre del corriente MG POSTAL
S.R.L. efectuó una nueva presentación mediante la que rectificó el nombre comercial con el que girará en el mercado postal y la denominación comercial de sus productos.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 102/103 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.
Que en consecuencia procede disponer la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la firma denominada MG POSTAL S.R.L., convalidando lo dispuesto por la Gerencia de Servicios Postales en el sentido de que, a efectos de no inducir a error al público, no podrá utilizar el nombre comercial CERROEXPRESS hasta tanto concluya la tramitación de las actuaciones infraccionales contra la firma CERROEXPRESS S.R.L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º, inciso d del Decreto Nº 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC Nº 31/98.

Que en las presentes actuaciones la firma PLUS MOTOS S.R.L. ha solicitado su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que en relación a lo peticionado han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto Nº 1187/
93 modificado por el Decreto Nº 115/97.
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288
del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.
Que, asimismo, se efectuó el formal cumplimiento a la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 28/29 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.
Que en consecuencia procede disponer la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la firma denominada PLUS MOTOS S.R.L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º, inciso d del Decreto Nº 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC Nº 31/98.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Por ello, EL DIRECTORIO DE LA COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase que la empresa MG
POSTAL S.R.L. ha cumplido con la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93
y sus modificatorios, para su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Pos-

Comisión Nacional de Comunicaciones
Artículo 1º Declárase que la empresa PLUS
MOTOS S.R.L. ha cumplido con la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93
y sus modificatorios, para su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, por lo que se entiende su calidad de Prestador de Servicios Postales.
Art. 2º Inscríbase a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios
Resolución 1757/98
Inscríbese a la empresa Global Trans Service S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Bs. As., 10/12/98

Comisión Nacional de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES
Resolución 1756/98
Inscríbese a la empresa M & M S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Resolución 1755/98
Que en la presentación de su solicitud la interesada informó que giraría en el mercado postal bajo el nombre comercial CERROEXPRESS.

13

SERVICIOS POSTALES

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.
Que, asimismo, se efectuó el formal cumplimiento a la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.

Miércoles 16 de diciembre de 1998

Bs. As., 10/12/98
VISTO el Expediente Nº 010009 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES de 1998, y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma M
& M S.R.L. ha solicitado su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que en relación a lo peticionado han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto Nº 1187/
93 modificado por el Decreto Nº 115/97.

VISTO el Expediente Nº 010427 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES de 1998, y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma GLOBAL TRANS SERVICE S.R.L. ha solicitado su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que en relación a lo peticionado han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto Nº 1187/
93 modificado por el Decreto Nº 115/97.
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288
del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.
Que, asimismo, se efectuó el formal cumplimiento a la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288
del Código Penal.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 55/56 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.

Que en consecuencia procede disponer la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la firma denominada GLOBAL TRANS SERVICE S.R.L.

Que, asimismo, se efectuó el formal cumplimiento a la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 83/84 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.
Que en consecuencia procede disponer la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la firma denominada M & M S.R.L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º, inciso d del Decreto Nº 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC Nº 31/98.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase que la empresa M &
M S.R.L. ha cumplido con la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, para su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, por lo que se entiende su calidad de Prestador de Servicios Postales.
Art. 2º Inscríbase a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número QUINIENTOS SETENTA
Y DOS 572.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Federico N. A. Luján de la Fuente.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º, inciso d del Decreto Nº 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC Nº 31/98.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase que la empresa GLOBAL TRANS SERVICE S.R.L. ha cumplido con la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, para su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, por lo que se entiende su calidad de Prestador de Servicios Postales.
Art. 2º Inscríbase a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número QUINIENTOS SETENTA
Y UNO 571.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Federico N. A. Luján de la Fuente.

Comisión Nacional de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES
Resolución 1758/98
Mantiénese la inscripción de la empresa Correo Privado Santiagueño S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Bs. As., 10/12/98
VISTO el Expediente Nº 826 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y
TELEGRAFOS de 1996, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/12/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha16/12/1998

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9415

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 1998>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031