Boletín Oficial de la República Argentina del 22/06/1998 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.921 1 Sección contracción al trabajo, espíritu de sacrificio y compromiso con los ideales republicanos.
ARTICULO 4º La entrega de distinciones y ceremonia central del acto cívico militar se llevará a cabo a bordo de la Fragata Presidente Sarmiento.
ARTICULO 5º La Armada de la República Argentina será la encargada de elevar anualmente la nómina de los guardiamarinas egresados, que serán distinguidos, al Ministerio de Defensa, a los fines de su aprobación. El Ministerio de Defensa la remitirá a las Comisiones de Defensas de ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación.
ARTICULO 6º Las distinciones consistirán en medalla de acero y diplomas. Las medallas lucirán en su anverso la figura de la Fragata Presidente Sarmiento y en el reverso la inscripción El Honorable Congreso de la Nación al guardiamarina sobresaliente y el nombre, apellido y año de egreso de la Escuela Naval Militar.
En los diplomas se hará constar la inscripción incluida en el reverso de las medallas.
ARTICULO 7º Los titulares de las Comisiones de Defensa de ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación presidirán el acto central y harán entrega de las respectivas distinciones a los guardiamarinas elegidos.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Mientras dure la ausencia de su titular, se hará cargo interinamente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, Doctor D. Roque Benjamín FERNANDEZ.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge A. Rodríguez
Guido Di Tella.

CONVENIOS
Decreto 706/98
Ratifícase un Convenio celebrado entre el Estado Nacional y la Provincia de Salta, referido a la cancelación de acreencias que surgen de la venta de activos, acciones y/o cánones de bienes o zonas de la ex-empresa estatal Gas del Estado.
Bs. As., 17/6/98

Se invitará al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas a participar en la ceremonia.
ARTICULO 8º Las distinciones serán de un solo y único tipo para todos los guardamarinas distinguidos.

VISTO el artículo 82 de la Ley Nº 24.076 y el Convenio de Pago celebrado entre el ESTADO NACIONAL y la PROVINCIA DE SALTA
de fecha 24 de octubre de 1997, y CONSIDERANDO:

ARTICULO 9º Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados al presupuesto del Poder Legislativo Nacional.
ARTICULO 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
REGISTRADA BAJO EL Nº 24.966
ALBERTO R. PIERRI. EDUARDO MENEM.
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.
Edgardo Piuzzi.
Decreto 714/98
Bs. As., 17/6/98
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.966 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Jorge A. Rodríguez. Carlos V.
Corach.

DECRETOS

Que por Ley Nº 24.076, reglamentada por el Decreto Nº 1738, de fecha 18 de septiembre de 1992, se declara sujeta a privatización total, bajo el régimen de la Ley Nº 23.696, a GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que el artículo 82 de la citada norma legal dispuso que del resultado de la mencionada privatización, el DIEZ POR CIENTO 10%
de las ventas de los activos o acciones y/o del canon obtenido cuando se trate de la concesión de bienes o zonas, será destinado y transferido a las Provincias y a la exMUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Que en cumplimiento de lo dispuesto por el referido marco normativo y con el objeto de cancelar las acreencias de las distintas jurisdicciones que surgen de la venta de activos, acciones y/o cánones por concesiones de bienes o zonas de la ex-empresa estatal GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO, el GOBIERNO NACIONAL ha suscripto, con fecha 24 de octubre de 1997, un convenio con la PROVINCIA DE SALTA.
Que por Ley de la PROVINCIA DE SALTA Nº 6974, dicha jurisdicción ha aprobado el citado convenio.
Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS SERVICIOS PUBLICOS.
Que la medida propiciada se dicta de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 82 de la Ley Nº 24.076 y por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 698/98
Designación del funcionario que se hará cargo interinamente del citado Departamento de Estado.
Bs. As., 11/6/98
VISTO el desplazamiento que efectuará el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Ingeniero D. Guido José Mario DI TELLA a la ciudad de Londres REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA
E IRLANDA DEL NORTE entre los días 11
y 14 de junio de 1998, y
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Ratifícase el Convenio celebrado entre el ESTADO NACIONAL y la PROVINCIA
DE SALTA de fecha 24 de octubre de 1997, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º Comuníquese a la COMISION
BICAMERAL del HONORABLE CONGRESO de la NACION creada por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696.

Decreto 710/98
Habilítase con carácter particular, de uso privado y con destino comercial e industrial, un puerto perteneciente a la firma Nidera Sociedad Anónima, ubicado en el Departamento San Lorenzo de la Provincia de Santa Fe.
Bs. As., 17/6/98
VISTO el Expediente Nº 554-002451/96, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que en las referidas actuaciones la firma NIDERA SOCIEDAD ANONIMA, solicita la habilitación del puerto ubicado a la altura del KILOMETRO CUATROCIENTOS CINCUENTA OCHOCIENTOS Km. 450,800 del río PARANA, margen derecha, departamento SAN LORENZO, provincia de SANTA FE, cuyos planos obran a fojas 72/75, 79, 96, 108, 114, 118, 128, 140, 144, 179, 197, 223/235, 262, 301, 439/448 y 519/520 del expediente citado en el VISTO.

Que de acuerdo con las obras, accesos terrestres y acuáticos y demás instalaciones con que cuenta según los planos, inspecciones e informes obrantes en las actuaciones, el puerto es apto para la prestación de servicios portuarios dentro de la definición y actividad determinadas en la Ley Nº 24.093.

Art. 2º Comuníquese al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION dentro de los DIEZ 10
días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge A. Rodríguez.
Roque B. Fernández.
ANEXO I
1

Dominio inscripto como Lote 12 al Tomo 305, Folio 141, Nº 344.932, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 065-N, Sección 4, Manzana 46, Lote 2B, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

2

Dominio inscripto como Lote 14 al Tomo 305, Folio 142, Nº 344.933, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 064-N, Sección 4, Manzana 46, Lote 2A, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

3

Dominio inscripto como Lote 70 al Tomo 305, Folio 143, Nº 344.934, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 130-N, Sección 4, Manzana 43, Lote 3A, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

4

Dominio inscripto como Lote 16 al Tomo 305, Folio 144, Nº 344.935, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 063-N, Sección 4, Manzana 46, Lote 1B, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

5

Dominio inscripto como Lote 18 al Tomo 305, Folio 145, Nº 344.936, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 062-N, Sección 4, Manzana 46, Lote 1A, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

6

Dominio inscripto al Tomo 305, Folio 146, Nº 344.937, del REGISTRO GENERAL DE
ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 100N, Sección 4, Manzana 40, Lote 1, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL
SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

7

Dominio inscripto como Lote 85, al Tomo 305, Folio 147, Nº 344.938, del REGISTRO GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 058-N, Sección 4, Manzana 48, Lote 4, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL
SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

8

Dominio inscripto como Lote A, al Tomo 305, Folio 148, Nº 344.939, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 117-N, Sección 4, Manzana 22, Lote 10, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

9

Dominio inscripto como Lote I-a, al Tomo 305, Folio 149, Nº 344.940, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 110-N, Sección 4, Manzana Ia, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

Que el puerto se encuentra en funcionamiento con anterioridad a la promulgación de la precitada Ley, contando con autorizaciones precarias y/o parciales otorgadas en su oportunidad por las respectivas autoridades competentes.
Que las circunstancias, requisitos y pautas mencionadas en los considerandos precedentes, como asimismo las demás que deben ser ponderadas para la habilitación, han sido examinadas por la Autoridad Portuaria Nacional; habiéndose cumplimentado por parte del peticionario, mediante la declaración agregada a fojas 349/352 del expediente citado en el VISTO, la Disposición Conjunta Nº 2 y Nº 4 de fecha 20 de enero de 1997 dictada por la SUBSECRETARIA DE
DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y
DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS
NAVEGABLES de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, respectivamente, en cumplimiento del requisito establecido por el artículo 6º, inciso f de la Ley Nº 24.093.
Que asimismo han tomado intervención las autoridades y organismos competentes en la materia, los que no formularon objeción alguna acerca de la habilitación en trámite.
Que la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y
VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, ha elaborado el informe técnico correspondiente.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto es dictado en ejercicio de las facultades establecidas por el artículo 9º de la Ley Nº 24.093 y su Decreto Reglamentario Nº 769 de fecha 19 de abril de 1993.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
la documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767-Capital Federal.

Artículo 1º Habilítase con carácter particular, de uso privado y con destino comercial e industrial, el puerto perteneciente a la firma NIDERA SOCIEDAD ANONIMA, ubicado a la altura del KILOMETRO CUATROCIENTOS CIN-

2

CUENTA OCHOCIENTOS Km. 450,800 del río PARANA, margen derecha, departamento SAN
LORENZO, provincia de SANTA FE; puerto al que se hallan afectados los inmuebles cuyos datos de registro de dominio y nomenclatura catastral, se consignan en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto.

Que la firma citada acredita la titularidad del dominio del inmueble fojas 521/714
del expediente citado en el VISTO donde el puerto se halla instalado, definiendo al mismo como particular, de uso privado y con destino comercial e industrial.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge A. Rodríguez
Roque B. Fernández.

CONSIDERANDO:
Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 7., de la CONSTITUCION NACIONAL

PUERTOS

Lunes 22 de junio de 1998

10 Dominio inscripto como Lote I-b, al Tomo 305, Folio 150, Nº 344.941, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 111-N, Sección 4, Manzana Ib, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.
11 Dominio inscripto como Lote IIa, al Tomo 305, Folio 151, Nº 344.942, del REGISTRO
GENERAL DE ROSARIO; Nomenclatura Catastral Nº 112-N, Sección 4, Manzana 34, Lote IIa, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.
12 Dominio inscripto al Tomo 305, Folio 152, Nº 344.943, del REGISTRO GENERAL DE
ROSARIO: Nomenclatura Catastral Nº 098N, Sección 4, manzana 40, Lote 2, de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL
SAN MARTIN, provincia de SANTA FE.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/06/1998 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha22/06/1998

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9393

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/07/2024

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