Boletín Oficial de la República Argentina del 07/11/1997 - Primera Sección
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 28.769 1 Sección
Viernes 7 de noviembre de 1997
30
Exp. Nº 750-003508/97 - URDININEA SOCIEDAD ANONIMA, para su estación de servicio ubicada en la Ciudad de BUENOS AIRES.
Exp. Nº 750-003510/97 - AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, para su punto de conexión ubicado en Gral. Paz y Superí, Ciudad de BUENOS AIRES.
Exp. Nº 750-003510/97 - AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, para su punto de conexión ubicado en Gral. Paz y Zapiola, VICENTE LOPEZ, Provincia de BUENOS AIRES.
Exp. Nº 750-003510/97 - AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, para su punto de conexión ubicado en Gral. Paz y Cabildo, VICENTE LOPEZ, Provincia de BUENOS AIRES.
Exp. Nº 750-003900/97 - SUPERMERCADOS EKONO SOCIEDAD ANONIMA, para su supermercado ubicado en Fraga 1526, Ciudad de BUENOS AIRES.
e. 7/11 Nº 205.604 v. 7/11/97
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
e. 7/11 Nº 206.032 v. 7/11/97
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION VALORACION ADUANA DE BUENOS AIRES - ANEXO VI - RESOLUCION 986/97
FECHA DE EMISION: 17 de octubre de 1997
En orden a lo dispuesto por punto 2 Anexo V Resolución 986/97, se invita a los señores importadores y/o despachantes, a notificarse de la documentación requerida para la continuación del trámite respectivo de los despachos de importación que a continuación se indican:
DESPACHO Nº DC OFICIAL.
043175
045329
045396
046096
046963
047409
047416
054811
054850
054878
056036
056946
059029
IC 04
32226
9
0
2
4
3
7
5
6
5
9
7
3
2
IMPORTADOR
01/04/97 SILVESTRE Félix 07/04/97 MATEVE Darío 07/04/97 MERCEDES BENZ SA
08/04/97 CIDEF ARGENTINA SA
10/04/97 DONG MUN KIM
11/04/97 DEAMBROSI Carlos 11/04/97 GALDOS Laura 02/05/97 GUILLAN Sandra 02/05/97 ESTIGARRIBIA
02/05/97 MIRANDA Fernando 06/05/97 ANCERS SA
08/05/97 SOL MUSIC SRL
14/05/97 SOL MUSIC SRL
S 08/05/97 PPG INDUSTRIES ARG.
DESPACHANTE
E.V.I. ACTUANTE
RIVA Pablo GADALETA Leonardo PALADINO Mario CAIRO Antonio
MAITA Liliana TOLEDANO Antonio TOLEDANO Antonio NAVEIRO Fabio NAVEIRO Fabio NAVEIRO Fabio CEINOS Eduardo BERNAL Ricardo BERNAL Rircardo
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
N 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 6 - MAQ. Y TRANSP.
Nº 7 - ELECTRICIDAD
Nº 7 - ELECTRICIDAD
ELLIOT Carlos
Nº 6- MAQ. Y TRANSP.
PLAZO DE PRESENTACION: HASTA 15 DIAS DESDE LA PUBLICACION DEL PRESENTE LISTADO.
e. 7/11 Nº 206.038 v. 7/11/97
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION VALORACION ADUANA DE BUENOS AIRES - ANEXO VI - RESOLUCION 986/97
FECHA DE EMISION: 10 de octubre de 1997
En orden a lo dispuesto por punto 2 Anexo V Resolución 986/97, se invita a los señores importadores y/o despachantes, a notificarse de la documentación requerida para la continuación del trámite respectivo de los despachos de importación que a continuación se indican:
DESPACHO Nº DC OFICIAL.
IMPORTADOR
048476 0 15/04/97 CREAC.AIMALI SA
048654 4 15/04/97 CREAC. AIMALI SA
048664 3 15/04/97 VITALE Jorge
DESPACHANTE
E.V.I. ACTUANTE
SEEBER Carlos SEEBER Carlos VAZQUEZ José
Nº 7 - ELECTRICIDAD
Nº 7 - ELECTRICIDAD
Nº 6- MAQ. Y TRANSP.
PLAZO DE PRESENTACION: HASTA 15 DIAS DESDE LA PUBLICACION DEL PRESENTE LISTADO.
e. 7/11 Nº 206.039 v. 7/11/97
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
CODIGO ADUANERO Ley 22.415 Arts. 1013 inc. h y 1101
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los DIEZ 10 días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de REBELDIA. Deberán constituir domi-