Boletín Oficial de la República Argentina del 15/10/1993 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL 1 S e c c i ó n
Viernes 15 de octubre de 1993 4 2

Que surgiendo de lo expuesto y de los antecedentes acumulados la procedencia de los cargos formulados, corresponde mediante este acto iniciar el procedimiento de determinación de oficio como RESPONSABLE SOLIDARIO confiriendo Vista de las actuaciones administrativas y de los cargos, conforme artículo 24 de la Ley 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones, para que dentro del plazo legal formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho.

gerentes y demás representantes de las personas jurídicas, sociedades, asociaciones, entidades, empresas y patrimonios a que se refiere el artículo 15 en sus incisos b y c".

Que a tal fin y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Reglamentación de la ley procedimental ya citada, corresponde hacerle saber que todas las presentaciones relacionadas con este procedimiento deberá hacerlas directamente ante la División Revisión y Recursos de esta Región.

Que el artículo 18 de la ley de procedimiento antes citada establece que: "Responden con sus bienes propios y solidariamente con los deudores del tributo y, si los hubiere, con otros responsables del mismo gravamen, sin perjuicio de las sanciones correspondientes a las infracciones cometidas: a Todos los responsables enumerados en los primeros cinco 5 incisos del artículo 16 cuando, por incumplimiento de cualesquiera de sus deberes tributarios, no abonaran oportunamente el debido tributo, si los deudores no cumplen la intimación administrativa de pago para regularizar su situación fiscal

Que en caso de hallar de conformidad las liquidaciones practicadas podrá regularizar la situación fiscal de la Sociedad y dejar a salvo su responsabilidad solidaria frente al mencionado gravamen mediante la firma de las Declaraciones Juradas correspondientes al impuesto y períodos en cuestión y el ingreso del impuesto resultante, conformidad que surtirá los efectos de una declaración jurada para la sociedad y de una determinación de oficios para este Fisco Nacional.
Que con relación a este último efecto y atento lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley procedimental de mención, corresponde dejar expresa constancia que únicamente han sido objeto de fiscalización los aspectos precedentemente individualizados, a los que exclusivamente se limita la presente vista.
Que a raíz de los cargos formulados la Sociedad ha omitido el ingreso tempestivo del impuesto sobre los Capitales correspondiente a los períodos 1987 y 1988, al no presentar las Declaraciones Juradas a que estaba obligada, privando al Fisco de lo que legítimamente le corresponde, imputándosele al Sr. David J u a n SEGATORI la responsabilidad por el perjuicio fiscal ocasionado en el ejercicio de su función art. 58 Ley 11.683.
Que ello constituye, en principio, infracción a las normas tributarias previstas en el artículo 45 de la Ley 11.683 t. y o. ya citados para cuya constatación y juzgamiento corresponde instruir el sumario que prescriben los arts. 72 y 73 de la ley de mención, a efectos de que dentro del plazo de quince 15 días de notificado de la presente, formule por escrito su descargo y ofrezca todas las pruebas que hagan a su derechos.
Que la falta de constitución de domicilio fiscal obliga a esta Dirección General a efectuar la notificación mediante edictos durante cinco 5 días en el Boletín Oficial.
Por ello, atento lo establecido en los artículos 9, 10, 16, 17, 18 inc. a, 23, 24, 25, 72, 73 y 100
último párrafo de la Ley 11.683 t. y o. ya citados, artículo 3 9 de su Decreto Reglamentario N 9 1397/
79 y sus modificaciones y artículo 4 9 de la Resolución General 2210, LA JEFA DE LA DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS
DE LA REGIÓN BAHÍA BLANCA DE LA
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo l s Iniciar el procedimiento de determinación de oficio de la materia imponible del impuesto sobre los Capitales por los períodos 1987 y 1988 correspondiente a la contribuyente SANTA MONICA S.C.A., al Responsable Solidario David Juan SEGATORI en su carácter de Socio Administrador, confiriéndole Vista de las actuaciones administrativas y de los cargos formulados, para que en el término de quince 15 días hábiles formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho, directamente ante la División Revisión y Recursos de la Región Bahía Blanca, calle Vicente López Na 1, Piso 1Q, BAHÍA BLANCA Buenos Aires, donde obran las actuaciones citadas.
Art. 2 S Instruir sumario respecto de los períodos 1987y 1988 por las infracciones señaladas en los considerandos 12 y 13 al que se le ha asignado el N9 BBS/659/93 que deberá ser citado en toda presentación relativa al mismo, y acordarle un plazo de quince 15 días para que formule por escrito su defensa y ofrezca todas las pruebas que hagan a su derecho.
Art. 3 a Hacerle saber que en caso de no merecerle objeción la Vista que se le confiere podrá prestar conformidad con las liquidaciones practicadas, cumpliendo con el ingreso del impuesto adeudado con más los intereses resarcilorios y actualización que correspondan, conformidad que surtirá los efectos de una declaración jurada para la Sociedad y de una determinación de oficio para este Fisco Nacional en mérito a lo dispuesto en el último párrafo del art. 24 de la ley procesal citada dejando a salvo su responsabilidad solidaria frente al mencionado gravamen, con la constancia expresa de que sólo han sido objeto de fiscalización los aspectos definidos en la presente vista.
Art. 4 S Emplazar al responsable David J u a n SEGATORI a comparecer y denunciar su domicilio real o legal dentro del término de diez 10 días hábiles, bajo apercibimiento de que las demás resoluciones que se dicten en el curso del procedimiento quedarán notificadas automáticamente en calle Vicente López 1, Piso i 9 , BAHÍA BLANCA Buenos Aires, los días martes y viernes de 7 a 15,30 horas o al día siguiente si alguno de ellos fuere inhábil administrativo.
Art. 5 Notifíquese por edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
durante cinco 5 días hábiles y resérvese. Contadora Erlita BRAICO de SÁNCHEZ BAJO, Jefa División Revisión y Recursos - Región Bahía Blanca.
e. 12/10 N9 4712 v. 18/10/93

DHIECCION GENERAL IMPOSITIVA
REGIÓN BAHÍA BLANCA
DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS

Bahía Blanca, 3 0 / 9 / 9 3
VISTO la resolución dictada con fecha 3 1 / 0 8 / 9 3 a la firma SANTA MONICA S.C.A. por la cual se determina de oficio la materia imponible del impuesto a las Ganancias correspondientes a los períodos fiscales 1987 y 1988.
Que a la fecha y vencido el plazo previsto por el artículo 24 de la Ley 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones no obra en esta División Revisión y Recursos presentación alguna relacionada con dicho procedimiento.
Que en los períodos mencionados en el ler. párrafo el Señor David Juan SEGATORI, no inscripto en esta Dirección General, actuó como socio Administrador de SANTA MONICA S.C.A. en los términos del art. 16 inc. d, artículo 17 y 18 inc. a de la Ley 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 16 de la Ley 11.683 t. y o. ya citado expresa: "Están obligados a pagar el tributo al Fisco, con los recursos que administran, como responsables del cumplimiento de la deuda tributaria de sus representados, bajo pena de las sanciones de esta ley: d Los directores,
Que, en tanto, el 2 párrafo del artículo 17 expresa: "Las personas mencionadas en los incisos d y e de dicho articulo tienen que cumplir los mismos deberes que para estos fines incumben también a las personas, entidades, etc., con que ellas se vinculan".

Que, como se explicara en los CONSIDERANDOS de la VISTA que en fecha 3 0 / 0 6 / 9 3 se corriera a la firma SANTA MONICA S.C.A. en el impuesto a las Ganancias por los períodos 1987 y 1988, los que se dan por reproducidos en mérito a la economía procesal, se confeccionaron las declaraciones juradas de las que surge un Beneficio Neto sujeto a impuesto de $ 452,41 y un impuesto a ingresar de $ 149,29 para el período fiscal 1987, no resultando para el ejercicio 1988
beneficio sujeto a impuesto.
Que en virtud de la normativa arriba transcripta y atendiendo a las especiales funciones de Socio Administrador de la Sociedad desempeñadas por David J u a n SEGATORI a la fecha que corresponde la imputación de los cargos que se formularan en el acto de mención, procede sustanciar el procedimiento de determinación de oficio, a fin de hacer efectiva, en la oportunidad y medida debidas, la responsabilidad solidaria que pudiera alcanzarle.
Que a fin de asegurarle el debido proceso en el procedimiento se agregan al cuerpo de la verificación fotocopia de las resoluciones dictadas con fecha 3 0 / 0 6 / 9 3 y 3 1 / 0 8 / 9 3 a SANTA
MONICA S.C.A. en el impuesto y períodos que comprende la presente.
Que surgiendo de lo expuesto y de los antecedentes acumulados la procedencia de los cargos formulados, corresponde mediante este acto iniciar el procedimiento de determinación de oficio como RESPONSABLE SOLIDARIO confiriendo Vista de las actuaciones administrativas y de los cargos, conforme artículo 24 de la Ley 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones, para que dentro del plazo legal formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho.
Que a tal fin y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Reglamentación de la ley procedimental ya citada, corresponde hacerle saber que todas las presentaciones relacionadas con este procedimiento deberá hacerlas directamente ante la División Revisión y Recursos de esta Región.
Que en caso de hallar de conformidad las liquidaciones practicadas podrá regularizar la situación fiscal de la Sociedad y dejar a salvo su responsabilidad solidaria frente al mencionado gravamen mediante la firma de las DD.JJ. correspondientes al impuesto y períodos en cuestión y el ingreso del impuesto resultante, el que se encuentra sujeto al pago de actualización hasta el 1/04/91, conforme articulo 115 y siguientes de la ley citada y de intereses resarcitorios según artículo 42, conformidad que surtirá los efectos de una declaración jurada para la sociedad y de una determinación de oficio para este Fisco Nacional.
Que con relación a este último efecto y atento lo dispuesto por el artículo 26 de la ley procedimental de mención, corresponde dejar expresa constancia que únicamente han sido objeto de fiscalización los aspectos precedentemente individualizados, a los que exclusivamente se limita la presente vista.
Que a raíz de los cargos formulados la Sociedad ha omitido el ingreso tempestivo del impuesto a las Ganancias relativo al período 1987, al no presentar la Declaración Jurada a que estaba obligada, privando al Fisco de lo que legítimamente le corresponde, imputándosele a! Sr. David Juan SEGATORI la responsabilidad por el perjuicio fiscal ocacionado en el ejercicio de su función art. 58 Ley 11.683.
Que ello constituye, en principio, infracción a as normas tributarias previstas en el artículo 45 de la Ley 1 i .683 t. y o. ya citados para cuya constatación y juzgamiento corresponde instruir el sumario que prescriben los artículos 72 y 73 ele la ley de mención, a efectos de que dentro del plazo de quince 15 días de notificado de la presente, formule por escrito su descargo y ofrezca todas las pruebas que hagan a su derecho.
Que la falta de constitución de domicilio fiscal obliga a esta Dirección General a efectuar la notificación mediante edictos durante cinco 5 días en el Boletín Oficial.
Por ello, atento lo establecido en los artículos 2 de la Ley N9 20.628 t.o. en 1978 y sus modificaciones. 9, 10, 16, 17, 18 inc. a, 23, 24, 25, 26, 72, 73 y 100 último párrafo de la Ley 11.683
t. y o. ya citados, artículo 3 9 de su Decreto Reglamentario N9 1397/79 y sus modificaciones y artícuio 4 9 de la Resolución General N9 2210, LA JEFA DE LA DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS
DE LA REGIÓN BAHÍA BL-NCA DE LA
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1 Iniciar el procedimiento de determinación de oficio de la materia imponible del Impuesto a las Ganancias por los períodos 1987 y 1988, al Responsable Solidario David J u a n SEGATORI en su carácter de Socio Administrador de la contribuyente SANTA MONICA S.C.A., confiriéndole Vista de las actuaciones administrativas y de los cargos formulados, para que en el término de quince 15 días hábiles formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho, directamente ante la División Revisión y Recursos de la Región Bahía Blanca, calle Vicente López N- 1, Piso l 9 , BAHÍA BLANCA Buenos Aires, donde obran las actuaciones citadas.
Art. 2" Instruir sumario respecto del período 1987 por las infracciones señaladas en los considerandos 11 y 12 al que se le ha asignado el N9 BBS/660/93 que deberá ser citado en toda presentación relativa al mismo y acordarle un plazo de quince 15 días para que formule por escrito su defensa y ofrezca todas las pruebas que hagan a su derecho.
Art. 3 9 Hacerle saber que en caso de no merecerle objeción la Vista que se le confiere podrá prestar conformidad con las liquidaciones practicadas, cumpliendo con el ingreso del impuesto adeudado con más los intereses resarcitorios y actualización que correspondan, conformidad que surtirá los efectos de una declaración jurada para la Sociedad y de una determinación de oficio para este Fisco Nacional en mérito a lo dispuesto en el último párrafo del art. 24 de la ley procesal citada, dejando a salvo su responsabilidad solidaria frente al mencionado gravamen, con la constancia expresa de que sólo han sido objeto de fiscalización los aspectos definidos en la presente vista.
Art. 4 9 Emplazar al responsable David J u a n SEGATORI a comparecer y denunciar su domicilio real o legal dentro del término de diez 10 días hábiles, bajo apercibimiento de que las demás resoluciones que se dicten en el curso del procedimiento quedarán notificadas automáticamente en calle Vicente López N9 1, Piso 1, BAHÍA BLANCA provincia de Buenos Aires, los días martes y viernes de 7 a 15,30 horas o al día siguiente si alguno de ellos fuere inhábil administrativo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/10/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha15/10/1993

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9394

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/07/2024

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