Boletín Oficial de la República Argentina del 12/10/1993 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL I a S e c c i ó n
Martes 12 de octubre de 1993 1 1

LA JEFA DE LA DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS
DE LA REGIÓN BAHÍA BLANCA DE LA
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1" Iniciar el procedimiento de determinación de oficio de la materia imponible del Impuesto sobre los Capitales por los períodos 1987 y 1988 correspondiente a la contribuyente SANTA MONICA S.C.A., al Responsable Solidario David J u a n SEGATORI en su carácter de Socio Administrador, confiriéndole Vista de las actuaciones administrativas y de los cargos formulados.
para que en el término de quince 15 días hábiles formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho, directamente ante la División Revisión y Recursos de la Región Bahía Blanca, calle Vicente López N8 1, Piso 1 8 , BAHÍA BLANCA Buenos Aires, donde obran las actuaciones citadas.

SEEMM

Art. 2" Instruir sumarlo respecto de los períodos 1987 y 1988 por las Infracciones señaladas en los considerandos 12 y 13 al que se le ha asignado el N8 BBS/659/93 que deberá ser citado en toda presentación relativa al mismo, y acordarle un plazo de quince 15 dias para que formule por escrito su defensa y ofrezca todas las pruebas que hagan a su derecho.
Art. 3 S Hacerle saber que en caso de no merecerle objeción la Vista que se le confiere podrá prestar conformidad con las liquidaciones practicadas, cumpliendo con el Ingreso del Impuesto adeudado con más los intereses resarcitorios y actualización que correspondan, conformidad que surtirá los efectos de una declaración Jurada para la Sociedad y de una determinación de oficio para este Fisco Nacional en mérito a lo dispuesto en el último párrafo del art. 24 de la ley procesal citada dejando a salvo su responsabilidad solidaria frente al mencionado gravamen, con la constancia expresa de que sólo han sido objeto de fiscalización los aspectos definidos en la presente vista.
Art. 4 Emplazar al responsable David J u a n SEGATORI a comparecer y denunciar su domicilio real o legal dentro del término de diez 10 dias hábiles, bajo apercibimiento de que las demás resoluciones que se dicten en el curso del procedimiento quedarán notificadas automáticamente en calle Vicente López 1, Piso l 8 , BAHÍA BLANCA Buenos Aires, los días martes y viernes de 7 a 15,30 horas o al día siguiente si alguno de ellos fuere Inhábil administrativo.
Art. 5 Notlfíquese por edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
durante cinco 5 días hábiles y resérvese. Contadora Erllta BRAICO de SÁNCHEZ BAJO. Jefa División Revisión y Recursos - Región Bahía Blanca.
e. 12/10 N8 4712 v. 18/10/93

247
-

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

CÓDIGO PROCESAL
PENAL- 2da. Edición
REGIÓN BAHÍA BLANCA
. DXV1SIQN REVISIÓN Y REpRSP , ,
- ,
Bahía Blanca. 3 0 / 9 / 9 3
VISTO la resolución dictada con fecha 3 1 / 0 8 / 9 3 a la firma SANTA MONICA S.C.A. por la cual se determina de oficio la materia imponible del impuesto a las Ganancias correspondientes a los periodos fiscales 1987 y 1988.
Que a la fecha y vencido el plazo previsto por el artículo 24 de la Ley 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones no obra en esta División Revisión y Recursos presentación alguna relacionada con dicho procedimiento.
Que en los períodos mencionados en el 1er. párrafo el Señor David J u a n SEGATORI, no Inscripto en esta Dirección General, actuó como socio Administrador de SANTA MONICA S.C.A. en los términos del art. 16 Inc. d, artículo 17 y 18 inc. a de la Ley 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 16 de la Ley 11.683 t. y o. ya citado expresa: "Están obligados a pagar el tributo al Fisco, con los recursos que administran, como responsables del cumplimiento de la deuda tributaria de sus representados, bajo pena de las sanciones de esta ley: d Los directores, gerentes y demás representantes de las personas Jurídicas, sociedades, asociaciones, entidades, empresas y patrimonios a que se refiere el artículo 15 en sus Incisos b y c
Que, en tanto, el 2 8 párrafo del artículo 17 expresa: "Las personas mencionadas en los incisos d y e de dicho artículo tienen que cumplir los mismos deberes que para estos fines incumben también a las personas, entidades, etc., con que ellas se vinculan".
Que el artículo 18 de la ley de procedimiento antes citada establece que: "Responden con sus bienes propios y solidariamente con los deudores del tributo y, si los hubiere, con otros responsables del mismo gravamen, sin perjuicio de las sanciones correspondientes a las infracciones cometidas: a Todos los responsables enumerados en los primeros cinco 5 incisos del artículo 16 cuando, por incumplimiento de cualesquiera de sus deberes tributarios, no abonaran oportunamente el debido tributo, si los deudores no cumplen la Intimación administrativa de pagopara regularizar su situación fiscal
Que, como se explicara en los CONSIDERANDOS de la VISTA que en fecha 3 0 / 0 6 / 9 3 se corriera a la firma SANTA MONICA S.C.A. en el impuesto a las Ganancias por los periodos 1987 y 1988, los que se dan por reproducidos en mérito a la economía procesal, se confeccionaron las declaraciones juradas de las que surge un Beneficio Neto sujeto a impuesto de $ 452,41 y un impuesto a ingresar de $ 149,29 para el periodo fiscal 1987. no resultando para el ejercicio 1988
beneficio sujeto a impuesto.
Que en virtud de la normativa arriba transcripta y atendiendo a las especiales funciones de Socio Administrador de la Sociedad desempeñadas por David J u a n SEGATORI a la fecha que corresponde la Imputación de los cargos que se formularan en el acto de mención, procede sustanciar el procedimiento de determinación de oficio, a fin de hacer efectiva, en la oportunidad y medida debidas, la responsabilidad solidaría que pudiera-alcanzarle.
Que a fin de asegurarle el debido proceso en el procedimiento se agregan al cuerpo de la verificación fotocopia de las resoluciones dictadas con fecha 3 0 / 0 6 / 9 3 y 3 1 / 0 8 / 9 3 a SANTA
MONICA S.C A en el impuesto y períodos que comprende la presente.
Que surgiendo de lo expuesto y de los antecedentes acumulados la procedencia de los cargos formulados, corresponde mediante este acto iniciar el procedimiento de determinación de oficio
MINISTERIO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/10/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/10/1993

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9393

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/07/2024

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