Boletín Oficial de la República Argentina del 10/02/1993 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL 1 Sección 801 - PERSONAL DE SEGURIDAD Y DEFENSA
Y AUXILIAR DE LA POLICÍA FEDERAL
001 - COMISARIO GENERAL
002 - COMISARIO MAYOR
003 - COMISARIO INSPECTOR
004 - COMISARIO
005 - SUBCOMISARIO
006 - PRINCIPAL
007 - INSPECTOR
008 - SUBINSPECTOR
009 - AYUDANTE
010 - SUBOFICIAL MAYOR
011 - SUBOFICIAL AUXILIAR
012 - SUBOFICIAL ESCRIBIENTE
013 - SARGENTO l 9
014 - SARGENTO
015 - CABO 1
016 - CABO
017 - AGENTE-BOMBERO
018 - CADETE DE 3ER AÑO
019 - CADETE DE 2DO. AÑO
020 - CADETE DE 1ER AÑO

12
32
81
314
513
815

838
1.300

1.128
102
310
670
2.408
4.978
5.400
5.389
7.553
300
350
400

CANTIDAD DE CARGOS

32.893

Art. 3 Comuniqúese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Domingo F. Cavallo.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.

RADIODIFUSIÓN, Decreto 1 4 5 / 9 3

7.

Autorizase al Arzobispado de Buenos Aires a instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora con modulación de frecuencia en la zona de Uniers.
Bs. As., 4 / 2 / 9 3
VISTO el Expediente N" 1479/91 del registró del COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN, la Resolución N9 858/90 del mismo Organismo y el Decreto N9 909/91, y CONSIDERANDO:

POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
PLANTA DE PERSONAL NO PERMANENTE
998 - PERSONAL CONTRATADO
034 - HORAS DE CÁTEDRA NIVEL SUPERIOR
035 - HORAS DE CÁTEDRA NIVEL MEDIO
CANTIDAD DE HORAS DE CÁTEDRA
MENSUALES
202
203
204
205
206
207
208
209
210
211
212
213
214215-

2.800

COMISARIO CONVOCADO
SUBCOMISARIO CONVOCADO
PRINCIPAL CONVOCADO
INSPECTOR CONVOCADO
SUBINSPECTOR CONVOCADO
AYUDANTE CONVOCADO
SUBOFICIAL MAYOR CONVOCADO
SUBOFICIAL AUXILIAR CONVOCADO
SUBOFICIAL ESCRIBIENTE CONVOCADO
SARGENTO 1" CONVOCADO
SARGENTO CONVOCADO
CABO l 9 CONVOCADO
CABO CONVOCADO
AGENTE CONVOCADO
CANTIDAD DE CARGOS
TOTAL DE CARGOS
TOTAL DE HORAS CÁTEDRA MENSUALES

CONVENIOS
Decreto 1 0 7 / 9 3

910
1.890

10
15
20
2 2
2 315
315
205
200
110
42
17
5 1.260
1.260
2.800

tenclales a la Obra Social de los Trabajadores de la Industria del Gas.
/

Que dicha transferencia resulta necesaria atento la inminente privatización de GAS
DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO.
como asi también a fin de dotarde la necesaria continuidad a las prestaciones médico aslstenclales. -"<

Apruébase el Convenio de Prestación de Servicios Aslstenclales suscripto entre la Secretaria de Energía, la Federación Argentina de los Trabajadores de Gas del Estado y Afines y la Asociación del Personal Jerárquico de Gas del Estado.

Que en el marco del referido convenio GAS
DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO
cede en comodato el inmueble de la calle . Boedo 90 de Capital Federal y demás bienes muebles y accesorios afectados al cumplimiento específico de tales prestaciones.

Bs. As.. 2 6 / 1 / 9 3
VISTO el Expediente N9 730.031 / 9 2 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Ley 23.696. su Decreto Reglamentario N9 1105 del 20 de octubre de 1989, la Ley N9 24.076 y los Decretos N9 1189 del 10 de julio de 1992, N9
1738 del 18 de setiembre de 1992. y
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL es competente para el dictado del presente acto en virtud de las atribuciones emergentes de la Ley N9 23.696, de la Ley N8 24.076
y del Articulo 86, inciso l 9 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

CONSIDERANDO:
Que la Ley N9 24.076 dispuso la privatización de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL
ESTADO.

Por ello.
EL PRESIDENTE.
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

.

Que como consecuencia de ello, debe adoptarse una decisión respecto a los Servicios Aslstenclales actualmente a cargo de GAS
DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LOS
TRABAJADORES DE GAS DEL ESTADO Y
AFINES y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL
JERÁRQUICO DE GAS DEL ESTADO han solicitado tomar a su cargo dichas prestaclones.
Que en consecuencia la SECRETARIA DE
ENERGÍA celebró, con acuerdo de GAS DEL
ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO un Convenio con la FEDERACIÓN ARGENTINA DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO
Y AFINES y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DE GAS DEL ESTADO, a fin de transferir los Servicios Médico Asls-

;

Articulo 1 Apruébase el Convenio de Prestación de Servicios Aslstenclales suscripto entre la SECRETARIA DE ENERGÍA la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LOS TRABAJADORES
DE GAS DEL ESTADO Y AFINES y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DE GAS
DEL ESTADO con el acuerdo de GAS DEL
ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO, cuya copia legalizada se agrega como Anexo I y forma parte integrante del presente Decreto.
9

Art. 2 Apruébase la cesión en comodato del bien inmueble citado en el Artículo VII de dicho Convenio y de los bienes muebles accesorios que se encuentran en el mismo para que sean afectados al cumplimiento específico de las prestaciones médico aslstenclales.

Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la solicitud del ARZOBISPADO DE
BUENOS AIRES para que, conforme lo determinado en la Resolución del COMITÉ
FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN N9 858/90.
se conceda a la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA una autorización para instalar y operar u n servicio de radiodifusión sonora con modulación de frecuencia para la zona de Llnlers en la Capital Federal Editorial PAN Y TRABAJO.
Que el articulo 8 9 , inciso a de la Ley N9
22.285, dispone que los servicios de radiodifusión serán prestados por personas físicas o Jurídicas, interpretándose que la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA al ser una persona Jurídica de carácter público, se encuentra alcanzada por la citada norma legal.
Que, a efectos de determinar la procedencia de la respectiva solicitud se dio intervención a la COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, la que en ejercicio de sus atribuciones especificas opinó que era factible la asignación de la frecuencia de que se trata.
Que el Servicio Jurídico del COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN ha emitido opinión favorable respecto de la petición.
Que la presente medida se dicta al amparo de las disposiciones del articulo 2 9 de la Ley N9 22.285.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Articulo 1 Autorizase al ARZOBISPADO
DE BUENOS AIRES a,instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora con modulación de frecuencia en la zona de Llnlers de la Capital Federal.
Art. 2 Asignase al servicio autorizado por el articulo l 9 la frecuencia de 107.1 MHz, canal 296, con un equipamiento correspondiente hasta categoría "E", coordenadas geográficas 34 38 30" Latitud sur y 58 31 30", de Longitud oeste.
Art. 3 9 Fíjase un plazo de CIENTO VEINTE
120 días para que el ARZOBISPADO DE
BUENOS AIRES, presente la documentación técnica necesaria para la aprobación por, la COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES y habilitación de los servicios:

Miércoles 10 de febrero de 1993 3
CONSIDERANDO:
Que tales normas prevén, entre otras medidas, un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que Incurran los funcionarios convocados por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL para cumplir funciones políticas cuando su residencia permanente se encuentre a u n a distancia superior a los CIEN 100 Kms. de la sede de los respectivos organismos en que revistan.
Que el COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, solicita se incluya en dicho régimen de compensaciones al Agente Nivel B, Grado 0Agrupamlento General, Dn. César Ramón SALAS, Director de Despacho, designado en ese cargo el 10 de julio de 1992, mediante Resolución N9 428-COMFER/92.
y cuyo domicilio se encuentra en la Ciudad de La Rioja, Provincia de La Rioja.
Que si bien la situación de revista de dicho funcionario no es de las previstas por las normas citadas, es innegable que sus servicios han sido requeridos por razones de índole política, como lo remarca el COMITÉ
FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, circunstancia esta que anima prlmordialmente el espíritu del Decreto N9 1840/86.
Que la condición escalafonarla del agente no puede ser obstáculo Ineludible para atender una situación de hecho que evidentemente afecta a aquél de la misma manera que a los otros funcionarios amparados por el régimen en cuestión, por lo que enjusticla corresponde ser considerada.
Que, en consecuencia, procede hacer lugar a lo solicitado con carácter de excepción, y en tanto el funcionario de que se trata mantenga su residencia fuera del radio establecido en las normas mencionadas precedentemente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 86, inciso l 9 de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA
Articulo 1" Incluyese al funcionario Nivel B, Grado 0Agrupamlento General Dn. César Ramón SALAS M. I. N9 6.724.523, Director de Despacho del COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, dentro de las previsiones del Decreto N9 1840/
86 y normas concordantes, con carácter de excepción mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN
100 Kms. de la Capital Federal.
Art. 2 El gasto que demande 1 cumplimiento del presente decreto será imputado a:
Finalidad 1 - Función 1 - Jrícdicción20 Programa 27 - Carácter 2 - Organismo Descentralizado 102 - Inciso 1 Partida Principal 1, del Presupuesto Jurisdiccional que se asigne para el Ejercicio 1993 y siguientes.
Art. 3 B Comuniqúese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Gustavo O. Beliz
JUSTICIA

/ /

Decreto 1 5 4 / 9 3 -

Art. 4 9 Comuniqúese, publiquese, dése a ja Acéptase la renuncia de un Juez de la Cámara Dirección Nacional del Registro Oficial y archíFederal de Apelaciones de La Plata.
vese. MENEM. Gustavo O. Beliz Bs. As., 5 / 2 / 9 3

COMITÉ FEDERAL DE
RADIODIFUSIÓN
Decreto 1 5 2 / 9 3 /

VISTO el expediente N9 87.835/93 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA y lo establecido por el artículo 86, inciso 10 de la Constitución Nacional.
Por ello,
Incluyese a un funcionarlo del citado organismo en las previsiones del Decreto N9
1840/86.

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Bs. As., 4 / 2 / 9 3

Articulo 1" Acéptase, a partir del 8 de febrero de 1993, la renuncia presentada por el señor doctor Eduardo Néstor de LAZZARI
D. N. I. N9 4.634.258 al cargo de JUEZ DE LA

VISTO los Decretos Nros. 1343/74 y sus modificatorios, y el Decreto N9 1840/86, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/02/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha10/02/1993

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9415

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/08/2024

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