Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 2/5/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 83

2 de mayo de 2024

2

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

Núm. 2024-1448
DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ARAGÓN
ANUNCIO DE LA DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ARAGÓN SOBRE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA EL EXPEDIENTE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DEFINITIVAMENTE EL
DOCUMENTO: EDIFICIO EN RUINAS, CLAUSURA Y REORDENACIÓN DE ACCESOS EN EL P.K. 206+800, MARGEN IZQUIERDO DE LA CARRETERA N-234.
Según el artículo 36 de la Ley 37/15 de Carreteras y el artículo 104.5 del R.D. 1812/94, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras, se sometió a información pública, durante un plazo de veinte días hábiles, el documento de: EDIFICIO EN RUINAS, CLAUSURA Y REORDENACIÓN DE ACCESOS EN EL P.K. 206+800, MARGEN IZQUIERDO DE LA CARRETERA N-234, no habiéndose presentado alegaciones.
En base a la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril, por la que se modifica la Orden TMA/1007/2021 de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias, RESUELVO:
1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el documento referenciado en el asunto.
2. Ordenar la clausura y reordenación de accesos en el PK 206+800 de la N-234 Margen Izquierdo.
Este acto administrativo, resuelto por la Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón en uso de la delegación de competencias antes reseñada, ha de entenderse dictado por el órgano delegante, el Director General de Carreteras, cuyas resoluciones en los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones agota la vía administrativa en virtud de lo dispuesto en el art. 3.3 del Real Decreto 1778/1994.
Por ello y de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponer contra la misma, recurso potestativo de reposición ante el propio Director General de Carreteras, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación o impugnarlo directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Lo cual se comunica para general conocimiento 16 de abril de 2024.- LA INGENIERA JEFA DE LA DEMARCACIÓN. Sandra de Francisco Méndez.

Núm. 2024-1449
DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ARAGÓN
ANUNCIO DE LA DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ARAGÓN SOBRE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA EL EXPEDIENTE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DEFINITIVAMENTE EL
DOCUMENTO: EDIFICIO EN RUINAS, CLAUSURA Y REORDENACIÓN DE ACCESOS EN EL P.K. 165+280, MARGEN DERECHO DE LA CARRETERA N-234.
Según el artículo 36 de la Ley 37/15 de Carreteras y el artículo 104.5 del R.D. 1812/94, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras, se sometió a información pública, durante un plazo de veinte días hábiles, el documento de: EDIFICIO EN RUINAS, CLAUSURA Y REORDENACIÓN DE ACCESOS EN EL P.K. 165+280, MARGEN DERECHO DE LA CARRETERA N-234, no habiéndose presentado alegaciones.
En base a la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril, por la que se modifica la Orden TMA/1007/2021 de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias, RESUELVO:
1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el documento referenciado en el asunto.
2. Ordenar la clausura y reordenación de accesos en el PK 165+280 de la N-234 Margen Derecho.
Este acto administrativo, resuelto por la Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón en uso de la delegación de competencias antes reseñada, ha de entenderse dictado por el órgano delegante, el Director General de Carreteras, cuyas resoluciones en los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones agota la vía administrativa en virtud de lo dispuesto en el art. 3.3 del Real Decreto 1778/1994.
Por ello y de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponer contra la misma, recurso potestativo de reposición ante el propio Director General de Carreteras, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación o impugnarlo directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 2/5/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha02/05/2024

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones5745

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2024>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031