Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/7/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 3 DE JULIO DE 2024

Provincia de Santa Fe, sobre la calle Nº 5 sin numeración, entre la calle Nº 6 y la calle Los Arrayanes y se encuentra inscripto al TOMO: 337 B - FOLIO: 1258 NÚMERO: 160493 - DEPARTAMENTO: ROSARIO y al TOMO: 28 P - FOLIO: 1740
QUINTO DE ORDEN - FOLIO: 1742 - NÚMERO: 26388 - DEPARTAMENTO: ROSARIO la transferencia por declaratoria de herederos -TDHlleva el Número:
112689. Número de Partida de Impuesto Inmobiliario: 160100-337511/00402.Rosario,24/05/24.
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Jul. 3 Jul. 5
S/C


En los autos caratulados: DE LA MATA, JULIETA INES c/ SOTO,JUAN ANTONIO
s/ Usucapion 21-12647855-8, que tramitan por ante el JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA DE CIRCUITO N 4 de Rosario, se hace saber que se dictó lo siguiente:
ROSARIO, 06 de Marzo de 2024. Agréguense las constancias acompañadas. Por iniciada formal DEMANDA DE USUCAPIÓN a la que se le imprime el trámite previsto para el juicio sumario art. 540 408 del CPCC SFE. Previamente: 1.- Ofíciese al Registro de Proceso Universales a los fines de que informe la existencia de proceso sucesorio abierto a nombre del demandado. 2.- Ofíciese al Registro Nacional de las Personas RENAPER, a los fines que informe el último domicilio, supervivencia o vigencia, y demás datos personales con los que cuenten del demandado.
3.-Ofíciese a la Dirección General de Catastro Provincial API a fin de que informe los datos catastrales del inmueble a usucapir. 4.- Ofíciese a la Municipalidad de Rosario, al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a la Fiscalía de Estado y a la Administración de Bienes del Estado ex ONABE, a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre el inmueble. 5.- Ofíciese a la Municipalidad de Rosario para que informen los datos de empadronamiento, número de cuenta, ubicación calle y número del inmueble. 6.- Líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constate el estado de ocupación del mismo. En caso de que el mismo se halle ocupado intímese a los atendientes, subinquilinos y/o terceros ocupantes a que justifiquen su ocupación mediante la presentación en autos de los títulos correspondientes y en el término de 10 días. 6.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial con identificación del inmueble. 7-A la anotación litigiosa: Autos. Fdo.: DRA.
CLAUDIA A. RAGONESE Jueza; DRA. PAULA M. HELTNER Secretaría.
Identificación del inmueble: Según título: cuatro lotes de terreno designados con los nros diez, once, doce y trece de la manzana cinco, ubicados en la esquina que forman las calles Lavalle y Córdoba, compuestos unidos de treinta y cinco metros novecientos cuarenta y siete milímetros de frente al Oeste por treinta y nueve metros cuatrocientos tres milímetros de fondo. Linda por el frente con calle Lavalle, por el fondo con el lote catorce por el Norte con calle Córdoba y por el Sud con el lote nueve . Dominio inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 50P - Folio 704V Nº 17.010, año 1916, Departamento Rosario. Según plano para información posesoria Nº 248757: LOTE: B Un lote de terreno, ubicado en la zona urbana del distrito Rosario del Departamento Rosario, designado como lote B, con frente al Oeste sobre calle Tres Sargentos Carpeta Asfáltica, esquina calle Límite de Municipio N-1 Carpeta Asfáltica, poligonal cerrada de límites de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A-B mide 35,95 metros, linda al Oeste con calle Tres Sargentos Carpeta Asfáltica; el lado B-C mide 39,40
metros, linda al Norte con calle Límite de Municipio N-1 Carpeta Asfáltica; el lado C-D mide 35,95 metros, linda al Este con De La Mata Julieta Inés PII 16031331165410052, Lote 14a Plano 243060/2021; el lado D-A mide 39,40 metros, linda al Sur con De La Mata Julieta Inés, PII 160313-31165410042, Lote 9 Plano 23815612021,y cuyos ángulos internos son en el vértice A: 900000 vértice B:
90000 vértice C: 900000 vértice D: 900000 Encierra una superficie de 1416,43
metros cuadrados.Jueza: DRA. CLAUDIA A. RAGONESE - Secretaría: DRA.
PAULA MARINA HELTNER.
S/C
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Jul. 3 Jul. 5


El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1a Nominación de Rosario, DR. MARIA FABIANA GENESIO, notifica al Sr. ALCANTARA, TAMARA SOLEDAD, DNI N 39.81 6.423, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ ALCANTARA, TAMARA SOLEDAD s/ Ejecutivo
CUIJ N 21-02954304-3: Rosario, 05/07/2022. Agréguese la constancia acompañada. Al escrito de demanda inicial, se provee: Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado, a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Tamara Soledad Alcantara DNI Nº 39.81
6.423, por cobro de la suma de $169.463,96.- más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de ley y bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Asimismo, hágase saber que: 1 Que las notificaciones previstas en el art. 61
CPCC se tendrán por producidas el primer martes o viernes posterior a la correspondiente carga del decreto o actuación en el sistema de Autoconsulta de este Poder Judicial, sin necesidad de notificación alguna por parte de los órganos jurisdiccionales a través de cédula ni la concurrencia de los profesionales a las dependencias de este Tribunal Acta N 13 de fecha 05.05.2020, Pto. XI, CSJSF; y 2
Que se ha puesto en funcionamiento el sistema de notificaciones electrónicas con firma digital - Acta Acuerdo N 7, Punto 11 del 07.03.2019, CSJSF-. A tales fines los profesionales deben denunciar dentro de los presentes un correo electrónico a los fines de recibir el aviso de cortesía, previsto en el artículo 6 del Reglamento respectivo, obligándose a comunicar cualquier cambio bajo su entera responsabilidad.
Téngase presente que la omisión de denunciar correo electrónico no obsta al cumplimiento de la notificación de conformidad al artículo 14 de dicha normativa. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:
7782/GE_INTERNET/faces/internet/Inicio.jspx, con la clave: 9835.FIRMA: DRA. VERONICA A. ACCINELLI Secretaria, DRA. MARÍA FABIANA GENESIO Jueza.7 de mayo de 2024.OTRO. Rosario, 15/08/2023. Agréguese la constancia acompañada.
Informada verbalmente la Actuaria que la parte demandada Tamara Soledad Alcantara no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde. Notifíquese por cédula. FIRMA: DRA. VERONICA A. ACCINELLI Secretaria, DRA. MARÍA FABIANA GENESIO Jueza. 7 de mayo de 2024.
S/C
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Jul. 3 Jul. 5


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimo Séptima Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Maria Silvia Beduino, . Secretaria a cargo de la Dra. M. Amalia Lantermo, en los autos caratulados: VELAZQUEZ AURIAZUL FABIANA s/ Sumaria Información CUIJ
2102941070-1 en los que se manda publicar edictos por el término de ley conforme Articulo 70 Código Civil y Comercial de la Nación Argentina para mayor seguridad
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se transcriben los decretos que así lo disponen: ROSARIO, 09 de Abril de 2021
Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, con patrocinio de la Defensoría General Civil N 3, désele la participación que por derecho le corresponda.
Por promovida acción tendiente a la supresión de apellido en los términos expresados. Imprímase al presente proceso el trámite sumarísimo. Dese intervención al Sr. Fiscal. Por ofrecida prueba, téngase presente. Agréguese la documental en copia acompañada. Córrase vista a la Asesoría Letrada del Registro Civil y al Sr. Fiscal, a sus efectos. Cítese al progenitor Diego Marcelo Velázquez a fin de que se manifieste conforme a derecho. Notifíquese por cédula. Fdo: Dra. Maria Silvia Beduino jueza; Dra. M. Amalia Lantermo secretaria; y ROSARIO, 13 de Julio de 2023.
Ampliando el decreto de fecha 04/07/2023 se provee: Atento lo peticionado por la Sra. Fiscal, líbrese oficio al Registro General a fin de que informe respecto a la libre inhibición y publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes, en el lapso de dos meses cfme. Art. 70 del C.C.C.N..- Fdo: Dra. Maria Silvia Beduino jueza; Dra. M. Amalia Lantermo secretaria. Articulo 70 del CCCN: Proceso. Todos los cambios de pronombre o apellido deben tramitar por el proceso y más abreviado que prevea la ley local, con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos me s. Puede formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde a última publicación. Debe requerirse información sobre medidas precautorias existentes respecto del interesado. La sentencia es oponible a terceros desde su inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Deben rectificarse todas las partidas, títulos y asientos registrales que sean necesarios.Rosario, 16 de mayo de 2024.Dr. Aguzzi, prosecretario.
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Jul. 3
$ 100


En los autos: ALARCON MARCELO ANTONIO c/ PASTORUTTI MARIO s/ Cobro de pesos CUIJ 21-04116996-3, Nro. Expediente: 126/2024, en trámite por Juzg.
1ra. Inst. Civil y Comercial 4ta. Nom. Secretaría única de la ciudad de Rosario, se hace saber que se cita y emplaza a los herederos del demandado MARIO LUIS
PASTORUTTI, DNI n 12.110.881, a comparecer a estar a derecho. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: Rosario 30 de Abril de 2024. Atento lo manifestado y las constancias de autos, revóquese por contrario imperio el decreto de fecha 15/04/2024 y en su lugar se provee: Adecúese el trámite de los presentes haciéndose saber que se le imprimirá a los mismos el trámite del apremio - ejecución de sentencia Art.262 y 507, Ss y cc CPCCSF. Cítese y emplácese por edictos a los herederos del demandado MARIO LUIS PASTORUTTE para que Comparezcan a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de los edictos, notifíquese por cedula a los herederos declarados en el expediente sucesorio que obra por cuerda, al domicilio real y procesal constituido y/o notifíquese por cédula al ultimo domicilio del causante. Fdo. : Dra. Daniela A.
Jaime Secretaría, Dr. Nicolás Villanueva Juez. Rosario, 06/05/2024.
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EL Juzgado de 1 Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar Jueza, hace saber que dentro de los autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/VIZGARRA, GABRIELA NATALIA
s/Juicio ordinario; CUIJ 21-00807195-8; Expte. N 1088/2013, se dictó el siguiente decreto: Rosario, 23/10/2023; Cargo 14305/23: No habiendo comparecido la demandada Vizgarra, Gabriela Natalía, a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificado edicto fs 44 y vencido o el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra.
Mónica Klebcar Jueza; Dra. Marianela Godoy, secretaria.Vaquero, prosecretaria.
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Jul. 3 Jul. 5


Por disposición del Sr Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Circuito 3 de Rosario, dentro de los autos: Di Virgilio Jorge c/Ventura Rafael s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-02906105-7, se ha dictado el siguiente decreto: 28 de diciembre de 2023, Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que no han comparecido a estar a derecho los herederos de RAFAEL CARMELO VENTURA, decláraselos rebeldes. Notifíquese por edictos que se publicarán dos 2 días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Notifíquese por cédula. Dra. ANA BELÉN CURA, SECRETARIA; Dra. CECILIA A. CAMAÑO, Jueza.Dra. Mure, prosecretaria.
$ 50
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Jul. 3 Jul. 5

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13
Nominación de Rosario, en autos caratulados ABRAHAM, NICOLAS JORGE
c/MONZA IMPORTACIONES CONCESIONARIO OFICIAL Y AGENTE DE VENTAS
Y OTROS s/demanda de derecho de consumo; CUIJ 21-02950674-1, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, 06/10/2023. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE CSJSE Acta N 14 de fecha 1305-20 pto. XV se provee: Aclare en relación a los demás legitimados pasivos individualizados mediante escrito cargo N 16543/21 fs. 11. Por iniciada demanda en los términos que expresa en la que se observarán las normas del juicio ordinario. Cítese y emplácese a los demandados MONZA IMPORTACIONES CONCESIONARIO
OFICIAL Y AGENTE DE VENTAS, herederos de SILVIO ANDRES ESCAPARLENDA y MARCOS RAUL GONZALEZ por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía arts. 72, 76 y ss., CPCC. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad y la reserva formulada. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio de los demandados, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario -Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017, Acta 8/2018 de fecha 13 de marzo de 2018, Acta 10/2018 de fecha 27 de marzo de 2018, y Acta 12/2018 de fecha 10 de abril de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/7/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha03/07/2024

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones728

Primera edición03/05/2002

Ultima edición09/08/2024

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