Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/7/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 3 DE JULIO DE 2024

República Argentina, BOLETÍN JUDICIAL de la Provincia de la Provincia de Buenos Aires, y en los diarios de publicaciones legales de las jurisdicciones donde la fallida tuvo sucursales, a fin de hacer saber a los interesados que se ha presentado Informe Final y Distribución de Fondos con fecha 09/02/22, reformulados con fecha 09/02/23 y 19/02/24 y que se han regulado honorarios conforme Resolución de fecha 08/05/24, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 de la Ley 24.522, y que el mismo será aprobado si no es objetado dentro de los diez días de la última publicación. Publíquese por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. FERNANDO SARAVIA - JUEZCiudad Autónoma de Buenos Aires, 17 de mayo de 2024.
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Jul. 1 Jul. 5
S/C


SANTA FE


JUZGADO LABORAL

Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia Laboral 4ta. Nominación SEC.UNICA
de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: SILVA RAMONA ESTER c/ALCOBER EDILBERTO s/Cobro De Pesos - Rubros Laborales CUIJ 21-04799843-03, se cita, llama y emplaza a todos los herederos y legatarios de EDILBERTO ALCOBER, D.N.I. 6.260.536, a efectos que comparezcan y tomen la debida intervención en el proceso, en el término de diez 10 días, bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado: Dra. Silvina P. Melchiori Secretaria. Se transcribe a sus efectos el decreto respectivo. SANTA FE, 06 de Junio de 2024 Téngase presente y acredite lo manifestado con la partida de defunción correspondiente. Cítese por edictos a los herederos del causante, que se publicarán conforme al art. 45 del C.P.L. art. 597 del C.P.C. y C., a efectos que comparezcan y tomen la debida intervención en el proceso, en el término de diez 10 días, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de ello, ofíciese al Registro de procesos universales a los efectos, que informe si se ha iniciado la sucesión del demandado Sr EDILBERTO ALCOBER y en su caso que Juzgado radica NOTIFIQUESE Dra.
Silvina P Melchiori Secretaria.
S/C
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Jul. 1 Jul. 3


Se hace saber que en los autos caratulados ACOSTA ROSA NOEMI c/MERKI
SAMUEL Y OTROS s/Cobro De Pesos - Rubros Laborales CUIJ 21-04212061-5, en tramite por ante el JUZG.1RA.INST. LABORAL 10MA. NOMINACION a cargo de la Dra. PAULA CALACE VIGO juez - Secretaria a cargo de la Dra. PAULA N. HECHEM, se ha dispuesto lo siguiente: En caso de resultar negativo dicho informe, cítese y emplácese por edictos a los herederos para que comparezcan a estar a derecho en el presente juicio, bajo apercibimiento de ley arts.597 del CPCC y 145
del CPL. Fdo. Dra. PAULA CALACE VIGO - Juez - Dra. PAULA N. HECHEM - secretaria - citándose a los herederos de Samuel Merkin DNI 4.108.302; fallecido en fecha 17/07/23 a comparecer a estar a derecho por el término bajo apercibimiento de ley.29 de mayo de 2024.
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Jul. 1 Jul. 3
TRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del Juez a cargo del Tribunal Colegiado de Familia N 2, primera secretaria, de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados FERNANDEZ, CLAUDIO ROBERTO y MACEDO, CAROLINA
NOEMI s/Divorcio Vincular ART 214 INC 2 CC; CUIJ 21-00270367-7, se ha ordenado la publicación de edicto en el BOLETÍN OFICIAL, para comunicar a la Sra.
MACEDO CAROLINA NOEMÍ, DNI N 33.077.254 lo siguiente: quien no ha comparecido a estar derecho. Como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena: SANTA FE, 07 de Septiembre de 2022 Téngase presente. Sin perjuicio de que deberán cumplimentarse las notificaciones requeridas en fecha 18/08/2022 fs. 10, se provee: Atento a la entrada en viqencia de la ley 26994 y de conformidad al criterio de estos tribunales, por el presente se hace saber que la pretensión de divorcio vincular se ha tornado de contenido resolutorio abstracto, imponiéndose las costas en el orden causado. Asimismo, atento la presentación ahora efectuada: Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. De la petición de divorcio: hágase saber. De la propuesta reguladora:
traslado por diez días. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial NOTIFÍQUESE. FDO PABLO MARIANO LAZZERI Secretario MARÍA CAROLINA MOYA Jueza. Art. 438 CCyC: Requisitos y procedimiento del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Santa Fe,13 de marzo de 2024.
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Jun. 28 Jul. 4


Por estar así dispuesto en los autos caratulados ORTIZ, JUAN FRANCISCO Y
OTROS c/SPRETZ, NATALIA VERONA s/Divorcio; CUIJ Nº 21-10708521-9, de trámite por ante el Tribunal Colegiado de Familia Nº Cinco, Primera Secretaría de la ciudad de Santa Fe, se notifica a JUAN FRANCISCO ORTIZ. Citándoselo por medio de los presentes edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin, por el término de ley. Se transcribe el proveído que así lo ordena:
SANTA FE, 05 de Octubre de 2023. Proveyendo cargo Nº 32501 y 33005: Por recibido. Hágase saber su nueva radicación. Notifíquese por cédula al domicilio real art. 62 inc. 3 del C.P.C.C.. Habiéndose cubierto la vacante producida por la jubilación de la Dra. Silvina Boleas con la designación de la Dra. Claudia Brown, hágase saber que se la designa como Jueza de Trámite en las presentes actuaciones. Firme el presente, se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese por cédula arg. Art. 62 inc. 4 del C.P.C.C.. Notifíquese. Fdo. Dr. CARLOS MANUEL MOLINARI, Secretario - Dra. CLAUDIA BROWN, Jueza. Santa Fe, 30 de mayo de 2024.
S/C

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Jun. 28 Jul. 4

Pág. 43

Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia N 2 -Primera Secretaría-, se hace saber al Sr. PERALTA MARIO ESTEBAN DNI Nº 14.397.078, que en autos caratulados: CERDAN ALICIA GRACIELA c/PERALTA MARIO ESTEBAN
s/DIVORCIO; CUIJ Nº 21-10749095-4, tramitado por la Defensoría General Civil N 5, se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 10 de Junio de 2024. Y VISTOS
RESULTA CONSIDERANDO RESUELVO: Declarar el divorcio de los Señores MARIO ESTEBAN PERALTA DNI N 14.397.078 y ALICIA GRACIELA CERDAN
DNI N 13.333.740, matrimonio celebrado en fecha 20 de Enero de 1984, en Santa Fe, 3ra Sección, Dpto. La Capital, Provincia de Santa Fe, anotado en Acta N 35, Año 1984, conforme lo dispuesto por el art. 437 del Código Civil y Comercial. Protocolícese, insértese el original, agréguese copia, hágase saber y ofíciese a la Dirección General del Registro Civil. Oportunamente archívese. Fdo. NATALIA BELAVI
Secretaria; RUBEN COTTET Juez.
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Jul. 1 Jul. 3
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

La señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, provincia de Santa Fe, hace saber, de conformidad con lo prescripto por el art. 27 y 28 de la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras, que por Resolución de fecha 22 de Mayo de 2024, dictada en autos TOURN JORGE DANILO s/Pequeño Concurso Preventivo; Expte. CUIJ Nº 2126171006-1, se ha ordenado declarar abierto el concurso preventivo TOURN
JORGE DANILO de apellido materno BARRE, D.N.I. N 21.541.751, con domicilio procesal constituido en calle 25 de Mayo Nº 737 y domicilio real en calle Nuñez Burges Nº 2136, ambos de esta ciudad de San Javier, provincia de Santa Fe.
Se ha establecido en dicha Resolución: 1 Fijar como fecha de sorteo del Síndico el 29/05/2024, a las 11:00 hs., a realizarse en el asiento de este Juzgado, previa comunicación al Consejo Profesional de Ciencias Económicas; 2 Fijar el 01/07/2024
la fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico. Hágase saber que las solicitudes de verificación podrán ser presentadas en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento de la Sindicatura o del órgano jurisdiccional; 3 Establecer el plazo de cinco días para publicar los edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario de amplia circulación de la ciudad de San Javier, los que se confeccionarán conforme el art. 27, con justificación de publicación en el mismo plazo, bajo apercibimientos del art. 30 de la Ley 24.522; 4 Mandar a anotar la apertura del concurso en los Registros: Público de Comercio y de Procesos Universales. Comunicar la presente declaración en concurso preventivo a la Administración Provincial de Impuestos art. 29 Código Fiscal texto ordenado decreto 2350/97-, oficiándose a tales efectos; 5 Decretar la inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor, oficiándose a tal fin al Registro General de Propiedad Inmueble de Santa Fe, al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y al Registro de Créditos Prendarios; 6 Fijar los días:
27/08/2024 para la presentación de los informes individuales, y 08/10/2024 para la presentación del informe general. Fijar como fecha de vencimiento del período de exclusividad el día 19/03/25; 7 Fijar la fecha del 12/03/2025 para la audiencia informativa a las 09:00 hs., a realizarse por ante este Juzgado. Se publica por el término de cinco días. Fdo. Dra. Laura Alessio, Jueza a/c; Dr. Diego Escudero, Secretario Subrogante. San Javier, 19 de Junio de 2024.
S/C
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Jul. 2 Jul. 8


La señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, provincia de Santa Fe, hace saber, de conformidad con lo prescripto por el art. 27 y 28 de la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras, que en autos TOURN JORGE DANILO s/pequeño concurso preventivo; Expte. CUIJ Nº 21-26171006-1, ha sido designado el Síndico CPN DIEDIC
EDUARDO PABLO, haciéndose saber que atenderá a los señores acreedores en el domicilio constituido en Santiago Cabral 1053, de la ciudad de San Javier, provincia de Santa Fe, los días lunes a viernes de 8.30hs. a 16 hs. En igual sentido, se manifiesta que se pone a disposición, en iguales horarios, el domicilio constituido en Av. Facundo Zuviría 675 de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, a los fines de recibir las insinuaciones crediticias. Atendiendo a las herramientas informáticas con se disponen en la actualidad, se pone a disposición el correo electrónico amdespachojuridicol@gmail.com a los fines de recibir verificaciones y evacuar consultas. Se publica por el término de cinco días. Fdo. Dra. Laura Alessio, Jueza a/c;
Dr. Diego Escudero, Secretario Subrogante. San Javier, 19 de Junio de 2024.
S/C
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Jul. 2 Jul. 8
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Civil, comercial y Laboral de San Justo Secretaría Única, Provincia de Santa Fe se hace saber que en los autos: SPESSO
OSVALDO s/Quiebra; CUIJ 21-26187662-8, se pone en conocimiento a todos los interesados que se ha procedido a la - presentación del Proyecto Complementario en los autos de referencia, el cual se pone de manifiesto. Santa Fe, 15 de Mayo de 2024. Firmado: Dra. Carletti Susana Secretaria y Alessio Laura Juez A/C. San Justo, 14 de Junio de 2024.Lo presti prosecretaria.
S/C
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Jul. 2 Jul. 4

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9 Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, en los autos caratulados DWOJAK, ALAN MATIAS s/Solicitud Propia Quiebra; Expte. CUIJ 2102026977-1, se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 24 de Mayo de 2024. Atento lo solicitado y a los fines de garantizar la validez y eficacia de los actos procesales, el Juzgado Resuelve: señalar el día 25 de Julio de 2024 para que los acreedores presentes las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, el día 5 de septiembre de 2024 para la presentación del informe individual y el día 18 de octubre de 2024 para la presentación del informe general. Publíquense edictos con las nuevas fechas. Notifíquese. Fdo. José Ignacio LIZASOAIN, JUEZ; Néstor Antonio TOSOLINI, SECRETARIO. Se deja constancia que el Sindico interviniente en autos es el CPN Carlos Alberto ANNICHINI, que el domicilio constituido a los fines verificatorios, es en calle Castellanos 2155 de esta ciudad de Santa Fe, teléfono 03424566829/4558594, con atención al público de lunes a jueves de 09.00 a 15.00 hs.
S/C
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Jun. 28 Jul. 4


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MONJE, MARIA DE LOS ANGELES s/Quie-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/7/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha03/07/2024

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones719

Primera edición03/05/2002

Ultima edición26/07/2024

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