Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 19/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024


SAN JORGE


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Jorge SF, en los autos caratuladosSIMONELLA LARISA C/ BECERRA
JULIAN S/ CAMBIO DE APELLIDO 21-26262190-9 Juzg. 1ra. Inst. Civil, Comercial y del Trabajo - San Jorge, Se hace saber que el señor Juez, ha dictado lo siguiente: SAN JORGE, 28 de Diciembre de 2023 Y
VISTOS RESULTA CONSIDERANDO: RESUELVO: Hacer lugar al cambio de apellido adicionando el apellido materno, SIMONELLA, al apellido paterno solicitado por la Srta. LARISA SIMONELLA en representación de su hija menor MALENA quien pasará a llamarse MALENA SIMONELLA BECERRA, DNI
55.715.153, nacida el 30/08/2016. Rectifíquese la partida de nacimiento correspondiente. Ofíciese a sus efectos al Registro Civil.- Imponer las costas a la solicitante.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales para su oportunidad.
Insértese, hágase saber. .Fdo Dra. Julián Tailleur. Secretario. Dr. Daniel Zoso.
Juez..- Boletin Oficial.514818
Feb. 16 Feb. 22
$ 33


SAN CRISTÓBAL


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito No 10
en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos del Sr. CORONEL GABRIEL
UBALDO D.N.I Nº17.935.923 para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos "CORONEL, GABRIEL UBALDO y otros S/ DIVORCIO VINCULAR PC CUIJ 21-26135276-9
Año:2015, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE y en el hall de tribunales Art. 73 C.P.C.C.S.F. Dra. Cecilia V Tovar. Secretaria.
$ 45
514628
Feb. 16 Feb. 22


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, Secretaria Única Secretaría, en autos caratulados: EDER, MATIAS C/ ZURRIAN, ANSELMO S/ PRESCRIPCION
ADQUISITIVA Cuij 21-26133037-4, Expte N 1093/2012 se ha ordenado lo siguiente: SENTENCIA Resolución Tomo: 49 Folio: 153 Resolución: 194 dictada el 14/08/2023 en autos resuelto lo siguiente: SAN CRISTÓBAL, 14 de Agosto de 2023
VISTOSRESULTACONSIDERANDORESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda declarando adquirido por usucapión la fracción de terreno descripta en la demanda conforme al plano de Mensura acompañado aprobado, cuya copia obra a fs 14/17. Dominio Inscripto por ante el Registro Gral. de la Propiedad bajo el N 057953, Folio 673, Tomo 84 Par, San Cristóbal. Partida para el pago del Impuesto Inmobiliario N 07-16-00 542066/0001-0. 2
Previo pago de aportes y una vez cumplidos los informes previos respectivos, inscríbase el dominio a favor del actor Matías Eder, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y/ o a las reparticiones públicas provinciales, municipales y/o comunales que correspondan, según considerandos precedentes. 3 Imponer las costas a la demandada, a cuyos efectos difiero la regulación de los honorarios profesionales. Provisoriamente las costas causadas por la actuación del Defensor de Ausente deberán ser soportadas por la parte actora, sin perjuicio de la oportuna repetición. Insértese el original, agréguese copia, hágase saber y oportunamente archívese. FDO. Dr. Jorge Da Silva Catela, Juez a/c; Dra. Cecilia Tovar, Secretaria.- OTRA SENTENCIA: Aclaratoria dictada Tomo: 49 Folio:
173 Resolución: 207 que reza lo siguiente: San Cristóbal, 18 de agosto de 2023. VISTOSCONSIDERANDO RESUELVO: 1 Aclarar la Resolución N 194 de fecha 14 de agosto de 2023, inserta al Protocolo Tomo 49, Folio 153, Año 2.023, en cuanto la partida inmobiliaria del inmueble a usucapir es 07-16-00 542066/0000-1. 2 Aclarar la Resolución N 194 de fecha 14 de agosto de 2023, inserta al Protocolo Tomo 49, Folio 153, Año 2.023, en cuanto el nombre correcto del actor es Matías Eder. Insértese el original, agréguese copia, hágase saber y oportunamente, archívese. FDO. Dr. Jorge Da Silva Catela, Juez a/c; Dra. Cecilia Tovar, Secretaria.- OTRA SENTENCIA: Aclaratoria dictada Tomo: 49 Folio: 403 Resolución: 368 que reza lo siguiente: San Cristóbal, 15 de diciembre de 2023. VISTOSCONSIDERANDO RESUELVO: 1
Hacer lugar a lo solicitado y en consecuencia aclarar la Resolución N194
de fecha 14 de agosto de 2023 inserta en el protocolo Tomo 49 Folio 153
Año 2023 y describir el bien a usucapir según plano de mensura DUP362/2008 de la siguiente manera: LOTE 1 POLIGONO ABCFA se ubica a los 20,00m de la esquina SE de su manzana hacia el N y mide: N: línea AB 53,75m y linda con propiedad de Norma de Brunás y Otro S: línea FC
53,75m y linda con el lote 2 de su mismos plano y manzana E: línea BC
mide 20,00m y linda con calle Rivadavia tierra O:AF 20,00m y linda con propiedad de Suc. De Amado A. Racca Sup.1075,00m2. LOTE 2 POLIGONO FCDEF se ubica en la esquina SE de su manzana y mide:N: línea FC
53,75m y linda con el lote 1 de su mismo plano y manzana S: línea ED
53,75m y linda con calle Pasteur Cordón cuneta con ripio E: línea CD
20,00m y linda con calle Rivadavia tierra I: línea FE 20,00m y linda con propiedad de Suc. De Amado A. Racca Sup. 1075,00m2.- Insértese el original, agréguese copia, hágase saber y oportunamente, archívese.- Fdo Dr. Guillermo A. Vales Juez A/C; Cecilia V. Tovar Secretaria. , por el termino y bajo apercibimientos de ley.- San Cristóbal, de diciembre de 2023.$ 135,30
513468
Feb. 08 Feb. 19

Pág. 35

Segunda Circunscripción
++

REMATES ANTERIORES

ROSARIO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
VICTOR HUGO J. PINASCO

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber que en los autos caratulados: ESEVEME S.R.L. s/Quiebra, Expte. N 1931/87 CUIJ 2100772590-3, se ha dispuesto que el martillero VICTOR HUGO J. PINASCO proceda a vender en pública subasta el día 4 de marzo de 2024 a las 13,15 horas en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros, calle Moreno 1 546 Rosario, el inmueble sito en calle Presidente Roca 821/25 de Rosario parcela 08/01 superficie exclusiva 80,77, común 122,25 m2, valor proporcional 8,5%. Del informe del Registro Gral. de la Propiedad surge que se encuentra inscripto al T 382 F 320 N 107417
Depto. Rosario PH, consta Promesa de venta al T 80 F 283 Nº 325922 de Promesa de Venta y dos embargos al T 131 E F 9 N 590 de fecha 03/01/22 en autos Hiriart, Eduardo Pablo el Otro s/ Apremio por honorarios que tramita ante este Juzgado por $ 9.230.769,75 y T 132 E F 476 N 320095 de fecha 26/04/23 en autos Carbajo, Luciano Daniel el Otro s/ Apremio que tramita ante este Juzgado por $
135.232,50. Saldrá a la venta con la base de $50.000.000 pesos cincuenta millones y con una retasa del 25% y de no haber ofertas por esa suma saldrá a la venta sin base. Quién resulte el mejor y último postor, deberá abonar en el acto de la subasta el 10% del Precio de compra con más de un 3% de comisión de ley, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación A 5147 y A 5212 del Banco Central de la República Argentina. Por tanto, de superar el importe de $ 30.000, en lo que resulta en exceso de dicho monto, deberá efectuarse por transferencia interbancaria dentro de las 48 hs. de realizada la subasta en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados en una cuanta judicial para estos autos. El saldo del precio de compra deberá ser transferido de la misma manera y a la misma cuenta judicial por el comprador dentro de los cinco días de notificada la aprobada la subasta. En el caso de que, intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art.497 del C.P.C.C. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o servicios que se adeudaren, a partir del auto de quiebra, gastos de transferencia e IVA sobre el precio de compra, si correspondiere, como así los importes que pudieran surgir por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías, serán a cargo del comprador. Asimismo, serán a cargo del mismo los gastos, impuestos y honorarios notariales que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente. Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. Hágase saber a los interesados en el acto de subasta que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente. Hágase saber que previo a la transferencia deberán ser abonados los impuestos que gravan el acta de subasta. Se hace saber que los compradores en subasta deberán conformarse con los títulos o las constancias de autos en su caso, y que después del remate no se admitirá reclamación alguna por insuficiencia o falta de ellos. Se fijan como fecha para la exhibición del bien los dos días anteriores a la fecha de subasta en el horario de 9:00 a 11:00 hs.. Más informes en la oficina del martillero Mitre 846 piso 5º Of. 511 de Rosario de tarde. Lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario. Dra. Cecilia G. Vaquero, Prosecretaria.

S/C
514380
Feb. 9 Feb. 19+

EDICTOS DEL DIA

ROSARIO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

El Sr. Juez del Juzgado de 1ra Instancia de Circuito de la 2da. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Eduardo Horacio Arichuluaga, Secretaría a cargo del Dr. Javier Matias Chena, dentro de los autos caratulados: "FESSIA, EZEQUIEL DAVID C/
MIRANDA, RAUL GERARDO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS" CUIJ 21-12643724-9, ha dictado las siguientes resoluciones: "ROSARIO, 14 de ABRIL de 2023.- Atento lo manifestado y constancias de autos, notifiquese al demandado Raúl Miranda mediante la publicación de Edictos, por el término de ley. Agréguese. Fdo.: Dr. CHENA
Secretario.- "ROSARIO, 24 de FEBRERO de 2023.- Por presentado y domicilio constituido, por parte en el carácter invocado y acreditado en autos. Por deducido Juicio Sumario de Daños y Perjuicios, con Declaración Jurada art. 333 CPCCSF.
Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese en garantía a la compañía de seguros denunciada con los alcances del art. 118, ley 17.418. Certifiquense las fotocopias acompañadas art. 35 CPCCSF. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, librense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación re-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 19/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha19/02/2024

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones719

Primera edición03/05/2002

Ultima edición26/07/2024

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