Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 10/11/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 10 DE NOVIEMBRE DE 2023


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, dentro de los autos LA SEGUNDA CLSG C/DI ROCCO, JUAN CARLOS y Otros s/Demanda Ordinaria EXPTE Nº 2211/99,se ha dispuesto notificar que el codemandado, Sr. Alberto Manuel Eseverri ha sido declarado rebelde, continuándose el juicio sin su representación y cuyas providencias a continuación se transcriben:
ROSARIO, 11/08/2023. Agréguese la constancia acompañada, Atento las constancias de autos y que los herederos de Alberto Manuel Eseverri no han comparecido a estar a derecho, decláreseles rebeldes y prosiga el juicio sin su representación.
Notifíquese por edictos. A lo demás, firme que estuviere el presente. Fdo. Verónica Gotlieb, Jueza. Lucas Menossi, Secretario. Dra Mercedes Sedita, prosecretaria.
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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 14a Nominación de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos del Sr. Roque Alfredo Mattio, L.E. 5.980.047, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término de cinco días después de la última publicación bajo apercibimiento de ley, dentro de los autos COZZONI, DELIA CONCEPCION s/Declaratoria de herederos CUIJ 2102840980-7 conforme el siguiente decreto de fecha 02/10/2023:
En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE
CVSF, Acta nº 14 del 13/05/20 pto. XV.- Con los autos a la vista, al escrito cargo N 13820/23 se provee: Previo, aclare la base del sellado repuesto. Sin perjuicio de ello, atento el fallecimiento denunciado del Sr. Mattio Roque Alfredo y a fines de evitar futuras nulidades, emplácese por edictos a los herederos del mencionado para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley art. 597 CPCCSF. Asimismo, y a los fines de evitar futuras nulidades, acompañe en debida forma y de modo legible las constancias acompañadas bajo escrito cargo N 8562/23 y 8563/23. Fdo. DR. Marcelo C. M Quaglia, Juez, DRA. María Karina Arreche, Secretaria. Rosario,25/10/23
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El Sr. Juez del Juzgado de 1ra Instancia de Circuito de la 1ra Nominación de Rosario , en autos: GRANJA SOLES S.R.L c/ ECHESORTU Y CASAS SA Y OTROS
s/Prescripción Adquisitiva 21-12626721-2 se le hace saber al REPRESENTANTE
LEGAL DE ECHESORTU Y CASAS S.A. que se ha dispuesto lo siguiente: A los 14
días del mes de septiembre Abierto el acto, se procede a fijar Audiencia de producción de prueba para el día 27/02/2024 a las 12:30hs. en la Sala C de Audiencias Audiovisuales sita en el Primer Piso de éste Tribunal con ingreso por calle Moreno ubicada en la esquina de las calles Moreno y Montevideo.-Asimismo, se procede a proveer la prueba ofrecida por las partes de la siguiente manera: A la de la Actora cfr. fs 243:CONFESIONAL: A fin de que el representante legal de Echesortu y Casas S.A. absuelva posiciones a tenor del pliego cerrado reservado, bajo apercibimiento de que si dejara de comparecer sin justa causa será tenido por confeso art. 162, CPCC, se lo cita a comparecer a la audiencia de producción de prueba más arriba establecida a la que deberá ser notificado por edictos, salvo que en el transcurso del proceso pueda ser individualizada la demanda o los socios que la conforman, en cuyo caso se deberá notificar por medio de cédula al domicilio real que corresponda, haciéndose saber que el suscripto podrá emplear el método de libre interrogación, en uso de las facultades que otorgan los arts. 21 y 165, CPCC, bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Téngase presente la reserva formulada. Firman: Dra. Kabichian, Secretaria.
Dr. González Juez. Dra. Rosa Kaminsky, Prosecretaria suplente.
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Juzgado. 1ra. Instancia Civil y Comercial 14ta. Nominación de Rosario, se hace saber que se dictó lo siguiente: SILVA RUBEN ALBERTO y Otros c/MAGGI LUIS
FRANCISCO y Otros s/Escrituración, CUIJ Nº 21-01556739-9. Emplácese por edictos a los herederos de 1: Luis Francisco Maggi, 2: Carlos María Corteses y 3 Raúl Bruscantini para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley art. 597
CPCCSF. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Luis Francisco Maggi, Carlos María Corteses Y Raúl Bruscantini para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Dra. María Karina Arreche, Secretaria Subrogante. Rosario, 12/10/23.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima -Nominación de la ciudad de Rosario dentro de los autos caratulados: DIAZ, JUAN CARLOS c/SUCESORES DE MATTIA DE VILLA, CARMEN
JUANA s/Escrituración 21-02954805- 3, se ha dictado el siguiente decreto: ROSARIO 30 de noviembre de 2022. Agréguese cédula y edicto acompañados. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde a los herederos de DE Mattia De Villa Carmen Juana, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fecho, líbrese comunicación electrónica a la Presidencia de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a fines del sorteo de abogado defensor. Fdo. Dra. Marianela Maulion, Secretaria; Dr. Mauro R. Bonato, Juez. Rosario de octubre de 2023.1 de noviembre de 2023.
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En autos: FINO GERARDO MARCELO c/LEZCANO CARMELO IGNACIO s/Cumplimiento de Contrato CUIJ 21-01283112-6 de tramite por ante Juzgado 1ra. Ins-

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tancia Civil y Comercial 7ma. Nominación de Rosario se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 26.4.2023. Atento el fallecimiento del demandado, y en virtud de lo normado por el art. 597 CPCC, cítese y emplácese a sus herederos a comparecer, por sí o por apoderado, por el término de ley. Notifíquese por cédula al último domicilio del causante, y por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. DR. Marcelo n. Quiroga juez. Lorena a. González Secretaria.
Los herederos que se llaman son el Sr. Lezcano Carmelo Ignacio DNI 13.148.588.
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito de la 3 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos y/o legatarios de la Sra.
Mares Celia, DNI: 5.518.199, a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo previsto por el art. 597 del CPCC. Autos caratulados: MARES, GUILLERMO MARTIN c/HEREDEROS DE MARES s/Usucapión, CUIJ:
21-12637417-5, Nro. Expediente: 489/2021.DRa. Maria Mure, prosecretaria.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Rosario y en autos Rusconi, Fabricio Javier c/San Lorenzo Gas SAICFEI y Ots. s/Escrituración; CUIJ 21-02904760-7, se hace saber que se ha ordenado la publicación de edictos, a los fines de citar y emplazar a San Lorenzo Gas SAICFEI y a los herederos de Silvia Edith Podestá e Ignacio Llona por el plazo de ley, para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que les corresponda, bajo apercibimiento de rebeldía arts. 72, 76 y sig. CPCC. Se transcribe el decreto que así lo ordena: Rosario, 18/12/18. Por iniciada Demanda de Escrituración, la que tramitará según las normas del Juicio Ordinario arts. 398, sig. y conc. CPCC. Cítese y emplácese a San Lorenzo Gas S.A.
y a los herederos de Silvia Edith Podestá e Ignacio Llona por el plazo de ley, para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que les corresponda, bajo apercibimiento de rebeldía arts. 72, 76 y sig. CPCC. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el proceso tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario -Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017- y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios -Acta 8/2018 del 13 de marzo de 2018 y 10/2018 del 27
de marzo de 2018- de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Por lo tanto, las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparecencia de los profesionales a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12.851. Atento lo dispuesto a fs. 40 de las medidas preparatorias roladas por cuerda y a las demás constancias allí agregadas, dispónese que las notificaciones se cursen tanto en los últimos domicilios conocidos de los causantes como al del presunto heredero, con las prevenciones del art. 597 CPCC, así como también por edictos -citando también a la sociedad demandada, puesto que carece de domicilio conocido cfr. fs. 38 de las medidas-, por el término de ley. Firmado:
Dr. Marcelo N. Quiroga, Juez; Dra. Lorena A. González, Secretaria. Dra. Dulce Rossi, prosecretaria.
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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 10 de Rosario, en las actuaciones Juzgado De Distrito Civil Y Comercial Nº 10 s/Organización del Juzgado; CUIJ 21-01406463-7, hace saber que se ha resuelto lo siguiente: Rosario, 3 de octubre de 2023 N 1086 - RESUELVO: En cumplimiento de las directivas indicadas, pongo a disposición de las partes que hayan presentado la documentación reservada en el Juzgado correspondiente a los siguientes expedientes 1 Causas que no registren actuaciones posteriores al 31/12/2013. Los interesados deberán concurrir al Juzgado hasta el 30/11/23 en horario de atención al público, de lunes a viernes de 7,15 a 12,45 hs a fin de efectuar el requerimiento pertinente de entrega, debiendo proporcionar para ello indefectiblemente el número de expediente de la documentación cuya devolución se solicita. Pasada esa fecha, no sea admitirá ningún reclamo y se procederá a su destrucción el 27/12/23. Dispongo la publicación de la presente resolución: a en la Mesa de Entradas del Juzgado, b por edictos por tres días corridos en los meses de octubre y noviembre en el BOLETÍN
OFICIAL, c por 2 avisos en el Diario La Capital, a publicarse un día hábil y un domingo en el mes de noviembre del corriente. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Mauro R. Bonato Juez, Dra. Marianela Maulión, Secretaria.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4 de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados BERRYCOM EXPORT FIDEICOMISO s/Liquidación judicial; Expte. N 1014/2012 CUIJ N 2101163523-4, por resolución N 1102 de fecha 20/10/2023 se ha dispuesto regular los honorarios de la Dra. Gloria M. Torresi, en la suma de $ 2.000.549,32, del CPN Daniel A. Ponce en la suma de $ 466.794,85, de la CPN Liliana M. Centenaro en la suma de $ 1.470.403,79, del Dr. Marcelo E. Vedrovnik en su carácter de patrocinante de la CPN Centenero en la suma de $ 630.173,05, del Ingeniero Rodolfo A.
B. Martín en la suma de $ 1.470.403,79, y de la Dra. Claudia E. Francavilla en su carácter de patrocinante del Ing. Martín en la suma de $ 630.173,05. Asimismo por decreto de fecha 20/10/2023 se ha puesto de manifiesto en la Oficina la readecuación al Informe Final y Proyecto de Distribución a los fines que por derecho hubiere

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 10/11/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha10/11/2023

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones710

Primera edición03/05/2002

Ultima edición15/07/2024

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