Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 20/9/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2023

inc. a CPCC. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dra. Marianela Maulión, secretaria. Dr.
Mauro R. Bonato, Juez.- Y OTRO: Rosario, 22/08/23. Atento a lo manifestado y advirtiendo que se incurrió en error en el decreto de fecha 07/08123, revóquese por contrario imperio, en su parte pertinente notifíquese por cédula siendo lo correcto Notifíquese por edicto, quedando subsistente en lo demás. Notifíquese. Fdo.: Dra.
Marianela Maulión, Secretaria. Dr. Mauro R. Bonato Juez.
506739
Set. 18 Set. 20
$ 50


Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 6 de Rosario y en autos SARAVI, SANTIAGO MARTIN c/LISANDRELLO, NUNCIO s/Usucapión 21-028833749 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 27 de Junio de 2023. Atento el fallecimiento del demandado cítese y emplácese a los herederos mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley, a comparecer a estar a derecho en los presentes, conforme lo normado por el Art. 597 C.P.C.C. Dra. Sabrina Rocci - Dr. Fernando Mecoli. Dr. Fernando Adrián Bitetti, Prosecretario.
$ 50
506690
Set. 18 Set. 20


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4 Nom.
de Rosario, hace saber al Sr. Luis Alberto Quinteros Pereyra, titular del DNI N
22.451.315, que se le ha iniciado medida preparatoria de juicio ejecutivo en su contra. Asimismo, se lo cita y emplaza a fin de que comparezca, dentro del término de 10 días, a reconocer la documentación reservada en Secretaría, bajo apercibimiento de tenerla por auténtica y por preparada la vía ejecutiva en los autos caratulados:
BANCO SANTANDER RIO S.A. c/QUINTEROS PEREYRA, LUIS ALBERTO s/Medida previa ejecutivo - CUIJ 21-02967952-2. Rosario, 8 de Septiembre de 2023.
Dra. Daniela Andrea Jaime, Secretaria.
$ 50
506765
Set. 18 Set. 20


Por disposición del Juzgado de Circuito Civil de la 4ta. Nom. de Rosario en los autos caratulados: JAIMES, ILEANA VIRGINIA c/IRIGOYEN DE SIMONAZZI, ELVIRA s/Juicios Sumarios, 21-02964661-6, se hace saber a todos los interesados, herederos y/o quienes se consideren con derecho que en fecha 16.02.2023, se proveyó demanda por usucapión respecto del inmueble ubicado en calle Pasaje Montero N 6577 de Rosario, Pcia. De Santa Fe, que se encuentra registrado en el Registro General de Rosario al T 189, F 93, N 78495 Departamento Rosario ubicado en zona urbana lote 17 de la manzana 10 Plano 31611 Año 1937, a los 22,02
m de calle Patagonia hacia el NO, mide 17.32 m de frente por 32 m de fondo, lindando al O con la calle Montero, al Sud con el Lote 16 y fondos de la Lotes 14 y 13, al Este con el fondo de los Lotes 7 y 8y al Norte con el Lote 19. Dra. Paula M. Heltner, Secretaria.
$ 50
506788
Set. 18 Set. 20


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda 2da. Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra.
Mónica Klebcar, Secretaría de la Dra. Marianela Godoy, en los autos caratulados:
NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/PELAEZ, RICARDO s/Cobro de pesos Expte. N 372/2022 - CUIJ: 21-02957995-1, se ha ordenado publicar edictos a efectos de notificar a quienes resulten ser herederos del Sr. RICARDO PELAEZ
D.N.I. N 16.220.880 el Decreto del siguiente tenor: Rosario, 2 de febrero de 2023.- Por presentado, con domicilio legal constituido en el carácter invocado. Otórguese el plazo de 2 días para acompañar copia certificada de la procura invocada.
Désele la participación correspondiente. Por iniciada formal demanda de cobro de pesos que tramitará según las normas del proceso ordinario arts 398 y concordantes del CPCC. Unanse por cuerda los presentes a los autos conexos Nuevo Banco de Santa Fe S.A. c/Pelaez, Ricardo s/Medida Previa Ejecutivo, Expte 459/2020. Cítese y emplácese al demandado por el plazo de 3 días para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tome la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía arts. 72, 76 y ss., CPCC. Desígnase a los profesionales como depositarios de la documental fundante. Hágase saber que en caso de existir hechos controvertidos o de demostración necesaria las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017
de fecha 5 de diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios - Acta 8/2018 del 13 de marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de marzo de 2018 de la Excma.
Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador informar si el demandado vive allí y solo en caso afirmativo proceda a practicar la notificación. Fdo.: Dra. Mónica Klebcar Juez Dra. Marianela Godoy Secretaria. Rosario, 8 de Septiembre de 2023. Dra. Cecilia G. Vaquero, Prosecretaria.
$ 100
506782
Set. 18 Set. 20


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ D ALFONSO FRANCISCO
s/Apremio Municipal CUIJ 21-22767264-9, se ha dictado lo siguiente N 1712.
Arroyo Seco, 24/10/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 7.128,52.- en concepto de capital, con ms la suma de $ 7.128,52.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC. Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio art. 27, L5066; 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7.
Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado:
Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sen-

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tido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a los Sres. DALFONSO FRANCISCO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES
A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD
DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007894-00, LOTE 012A, MANZANA 001, RUTA 40, Art.28 Ley 5066. Secretaría, 24 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
506729
Set. 18 Set. 20
S/C


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COLOMBINI RUBEN s/Apremio Municipal CUIJ 2122767573-7 se ha dictado lo siguiente: N 1549. Arroyo Seco, 15/10/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia;
S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 47.427,65.- en concepto de capital, con más la suma de $
23.713,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC. Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio art. 27, L5066; 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO:
DRA. MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a los Sres. COLOMBINI RUBEN y/o SUCESOR/ES
y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO
DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO
SECO BAJO LA PARTIDA 0005772-00, LOTE 023, MANZANA A, RUTA 29,. art.28
Ley 5066. Secretaría, 24 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C
506732
Set. 18 Set. 20


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FRANCETTI MARÍA L.
s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22767639-3 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N
1782. Arroyo Seco, 1/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia, digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 37.365,44.- en concepto de capital, con más la suma de $ 18.682,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC. Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio art. 27, L5066; 6.
Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Pablo Rodríguez, Secretario en Suplencia; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7
de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a los Sres. FRANCETTI MARIA L y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA
MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006071-00, LOTE
007C, MANZANA 014, RUTA 00. art.28 Ley 5066. Secretaría, 24 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C
506734
Set. 18 Set. 20


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTINS MARÍA C s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767494-3 se ha dictado lo siguiente: N 1798. Arroyo Seco, 1/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo:
1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 22.636,60 en concepto de capital, con más la suma de $ 11.318,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC. Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio art. 27, L5066; 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario en suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Martins Maria C. y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0007320-00, Lote 005, Manzana 009, Ruta 47. art.28 ley 5066. Secretaria, 24 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C
506735
Sep. 18 Sep. 20

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 20/9/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha20/09/2023

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones708

Primera edición03/05/2002

Ultima edición11/07/2024

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