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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/3/2023
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe
EUROFORJ S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, secretaria a cargo de la Dra. Mónica L. Gesualdo, se hace saber que en los autos: EUROFORJ SRL s/Cesión de Cuotas; Expte. N 624/2023 CUIJ N
21-05526779-8 se hace saber la Cesión de las cuotas de capital operada entre los Sres. Romina Fakin Di Lascio, quien acredita identidad con DNI N 26.355.555 CUIT N 23-26355555-4, nacida el 20 de Febrero de 1978, comerciante, soltera, constituyendo domicilio en calle Zeballos 2016 de esta ciudad de Rosario; Karina Fakin Di Lascio, quien acredita identidad con DNI N 23.184.339 CUIT N
27-23184339-1, nacida el 22 de marzo de 1973, comerciante, divorciada de sus primeras nupcias con Gonzalo Martín Romero según sentencia Nº 689 de fecha 13/04/2016 Expte. 2784/15 que tramitara ante Tribunal Colegiado de Familia N 3 de Rosario, constituyendo domicilio en calle Anión 234 de esta ciudad de Rosario y Tomas Romero Fakin, quien acredita identidad con DNI N
42.608.633 CUIT N 20-42608633-7, mayor de edad, comerciante, soltero, constituyendo domicilio en calle Anijón 234. La cedente Romina Fakin Di Lascio, en su carácter de titular de novecientas 900 cuotas partes equivalente al 45% del total del capital social, $ 200.000 que está dividido en 2.000 cuotas partes de Pesos Cien $ 100 de Euroforj S.R.L en adelante la sociedad cede en favor del Sr. Tomas Romero Fakin la cantidad de ochocientas 800 cuotas partes de cien pesos $ 100
cada una, es decir, Pesos Ochenta mil $ 80.000 que representan el 40% del capital social. Y a Karina Fakin Di Lascio la cantidad de cien 100 cuotas partes de cien pesos $ 100 cada una, es decir Pesos Diez mil. $ 10.000 que representan el 5% del capital social. En virtud de la presente cesión de cuotas, queda modificado la Calusula Quinta: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil $ 200.000, divido en 2.000 cuotas de pesos cien $ 100 cada una, suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: Karina Fakin Di Lascio, suscribe 1.000 cuotas de cien pesos $ 100 cada una, es decir Pesos Cien mil $ 100.000 que representan el 50% del capital.
Y Tomas Romero Fakin suscribe 1.000 cuotas de cien pesos $ 100 cada una, es decir Pesos Cien mil $ 100.000 que representa el 10% del capital. Se ratifican las demás cláusulas del contrato social que no fueran modificadas por el presente. La Sra. Fakin Di Lascio Romina, manifiesta su decisión de renunciar de manera irrevocable al cargo de Socio Gerente que detentaba dentro de la Sociedad, siendo esta aceptada por todos los socios. Aprobando los socios acto la gestión de total conformidad la gestión de la Sra. Fakin Di Lascio Romina como socio Gerente de Euroforj. Quedando redactada la cláusula Sexta del contrato social de la siguiente forma: Sexta: Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de los socios Karina Fakin Di Lascio y Tomás Romero Fakin, A tal fin, en forma indistinta, usaran su propia firma con el aditamento de Socio Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos quesean necesarios pra el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el art. 375 del CCyC y decretos 5965/63, art. 9 con la única excepción de prestar fianza o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
$ 120 495114 Mar. 13
FINWI S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por estar así dispuesto, en tos autos caratulados: FINWI S.R.L. s/Modificación al contrato social; que