Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 28/5/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETÍN OFICIAL

BOLETÍN OFICIAL

RÍO GALLEGOS, 28 de mayo de 2024.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ

AÑO LXIX N 5884

M I N I S T E R I O D E L A S E C R E TA R Í A G E N E R A L D E L A G O B E R N AC I Ó N

bajo la denominación de PERALVAREZ S.A.I.C.A. y F., CUIT Nº 33-53048420-9 y domicilio social en la Av. Presidente Dr. Néstor C. Kirchner Nº 970 de esta ciudad de Río Gallegos; quedando en consecuencia los artículos modificados, de la siguiente manera: ARTÍCULO 4º: El Capital social se fija en la suma de OCHO MILLONES
PESOS $ 8.000.000,00.-, representado por ocho mil acciones ordinarias de mil pesos $ 1.000 valor nominal cada una, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción cada una. Dicho capital podrá ser aumentado por decisión de la asamblea, hasta el quíntuplo del expresado monto, conforme lo determina el artículo 188 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales. Decidido el aumento, el mismo se instrumentará mediante la pertinente escritura pública, en cuya oportunidad se abonará el correspondiente impuesto de sellos-ARTÍCULO 12: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto por el número de directores que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de siete, quienes durarán tres ejercicios en el desempeño de sus cargos, debiendo no obstante permanecer en funciones hasta ser reemplazados o reelegidos.- En Garantía del buen desempeño de la gestión, los directores designados deberán depositar en la caja de la sociedad, la suma equivalente al diez por ciento 10 % del capital social.- ARTÍCULO 15: La sociedad prescindirá de la sindicatura, conforme con lo dispuesto por el artículo 284, segunda parte de la Ley General de Sociedades número 19.550. Cuando por aumento del capital social, la sociedad quedare comprendida en el inciso 2º del artículo 299 de la Ley General de Sociedades número 19.550, anualmente la Asamblea deberá elegir síndicos, titular y suplente. Asimismo el Directorio quedó conformado de la siguiente manera: PRESIDENTE: Mario Alberto Braccalenti; VICEPRESIDENTE: Eduardo Braccalenti. Quienes aceptaron los cargos conferidos por el término de tres ejercicios 2023-2025; constituyendo domicilio especial, en los términos del art. 256 in fine de la Ley 19.550, en la sede social de la firma.-

P1/1

MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto Registro Notarial N 42


EDICTO

Por disposición del Señor Juez Subrogante de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia Nro. 1 de El Calafate, Dr. Jonatan Alexis Masters, sito en calle Campaña del Desierto N 767, Secretaría Civil, sito en calle Oliva Gutiérrez N 73, a mi cargo, en los autos caratulados: CARNOTA, RICARDO ÁNGEL S/
SUCESIÓN AB-INTESTATO EXPTE. NRO. 3835/23, se hace saber por tres días que se cita por el término de 30
días a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, RICARDO ÁNGEL CARNOTA D.N.I. 7.812.578, a fin que tomen la intervención que le corresponda en los citados autos, bajo apercibimiento de la Ley art. 683 del C.P.C. y C.EL CALAFATE, 20 de mayo de 2024.-

P1/3

CALIO MARILINA CAROLINA
Secretaria ________
EDICTO

El Juez Subrogante a cargo del Juzgado de Primera Instancia Nro. Uno en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, Dr. Franco Matías Villalón Lescano, Secretaría N Uno a cargo de la Dra. Mónica Analía Navarrete, sito en calle Hipólito Irigoyen N 2056 con asiento en la ciudad de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz, cita y emplaza a los herederos y acreedores que se consideren con derecho a los bienes de la causante, ISOLINA QUISLE
D.N.I. N F4.414.605, para que en el término de treinta días comparezcan y acrediten dichas circunstancias, en autos caratulados: MORALES FÉLIX AMADEO Y OTRA S/SUCESIÓN AB-INTESTATO EXPTE. N 36239/17.
Publíquense edictos por el término de tres días en el Boletín Oficial y en el diario La Opinión Zona Norte de la provincia de Santa Cruz.CALETA OLIVIA, 15 de mayo de 2024.-

P1/3

NAVARRETE MÓNICA ANALÍA
Secretaria ________
EDICTO Nº 010/2024
PETICIÓN DE MENSURA

Se hace saber por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días que se ha proveído el Registro de Petición de Mensura de la Mina: LA MARCELINA I conforme lo establece el artículo 81º del Código de Minería para aquellos que se creyeren con derecho a deducir oposición la efectúen de acuerdo a lo prescripto en el artículo 84º del
Pág. 26

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 28/5/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha28/05/2024

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1773

Primera edición19/02/2002

Ultima edición01/08/2024

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