Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 3/11/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETÍN OFICIAL

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ

BOLETÍN OFICIAL
RÍO GALLEGOS, 03 de noviembre de 2022.-

M I N I S T E R I O D E L A S E C R E TA R Í A G E N E R A L D E L A G O B E R N AC I Ó N

AÑO LXVII N 5712

NOTIFICACIONES
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A LA:
R/S HEREDIA EMILIO MARCELO Y/O PARKING CALAFATE
Se hace saber a Ud., que en los autos caratulados SRA. RIZZO MARÍA SOLEDAD SOBRE DENUNCIA LABORAL CONTRA RAZÓN SOCIAL HEREDIA EMILIO MARCELO Y/O PARKING CALAFATE, Expediente N
516.446/2021 que se tramita ante la Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene Zona Sur dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz, se ha dictado Resolución N
632/22; que transcripta en sus partes pertinentes dice así Río Gallegos 18 de agosto del 2022: VISTO y CONSIDERANDO: Que, a fs. 02 obra Acta Denuncia donde se presenta ante esta Autoridad Laboral la señora María Soledad RIZZO, titular del D.N.I. N 29.905.230, con domicilio en calle 84 N 3074 Dpto. 5 de la localidad de El Calafate, provincia de Santa Cruz, formulando reclamo laboral contra la Razón Social HEREDIA EMILIO MARCELO Y/O
PARKING CALAFATE CUIT N 20-22427356-9 con domicilio en calle Mariano Moreno N 61 de la ciudad de Río Gallegos provincia de Santa Cruz por los siguientes rubros: haberes desde marzo a diciembre del 2020, haga cargas sociales y aportes correspondientes 1 y 2 S.A.C., liquidación final, rubros indemnizatorios según art. 245 LCT y DNU vigentes, entrega de documentación laboral, recibos de haberes y todo lo que por Ley me pueda corresponder; manifestando que comenzó a trabajar con la razón social antes mencionada el día 17
de diciembre del año 2019 hasta el 29 de enero del 2021, haciéndolo cuatro veces por semana en el horario de 07:00 hs. a 15:00 hs. cumpliendo la función de cajera con un salario pactado de $ 20.000,00 por mes. El funcionario actuante fija fecha de audiencia de conciliación para el día 23 de febrero del 2021 las 12:00 horas; Que, a fs., 03/17 obra Documentación que hace al derecho de defensa de la parte denunciante; Que, a fs. 18/19 obran Cédula de Notificación debidamente diligenciada a las partes informándoles sobre la audiencia de conciliación de fecha 03 de Marzo del 2021 a las 12:00 horas; Que, a fs. 20 obra Acta donde comparece la señora María Soledad RIZZO, titular del D.N.I. 29.905.230, con el patrocinio letrado del doctor Pablo FERRO T X F 42 TSJSC. Abierto el acto y luego de una espera prudencial de 30 minutos y ante la ausencia injustificada de la denunciada se le cede la palabra al denunciante quien solicita una nueva fecha de audiencias. Atento a esto, el funcionario actuante informa una nueva fecha de audiencia para el día 22 de marzo del 2021 a las 12:00 horas; Que, a fs., 21/22 obra Cédula de Notificación debidamente diligenciada a la parte demandada, informándole sobre la nueva fecha de audiencia de conciliación para el día 22 de marzo de 2021 a las 12:00 horas; Que, a fs. 23 obra Acta donde comparece por la parte denunciante la señora María Soledad RIZZO, Titular del D.N.I. N 29.905. 230 con el patrocinio letrado del doctor Pablo FERRO T X F 42 TSJSC y por la demandada o hace el señor Emilio Marcelino HEREDIA titular del D.N.I. N 22.427.356 y el señor Rafael Roberto GARCIA titular del DNI N 23.226.530 en carácter de contador. Abierto el acto toma la palabra la demandada quien manifiesta que acepta la Liquidación propuesta de un monto total de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS con 78/100 $379.466,78 proponiendo pagar PESOS CINCUENTA MIL $
50.000,00 mensuales hasta cancelar el total se abonará en cuotas mensuales y consecutivas al 1 al 15 de cada mes comenzando en el mes de abril del presente año. Se le cede la palabra al denunciante quien manifiesta que acepta las condiciones de pago y su modalidad. Atento a lo manifestado el funcionario actuante indica que deberá hacer presentación de los comprobantes de pago que acrediten el cumplimiento del presente acuerdo y una vez cumplido con la acreditaciones se procederá archivo de las actuaciones; Que, a fs. 24/26 obra Documentación adjunta en Acta audiencia de fs. 23; Que, a fs. 27 obra Nota presentada por la señora María Soledad RIZZO, titular del D.N.I. N 29.905.230 con el patrocinio letrado del doctor Pablo FERRO T X F42 TSJSC, informando que la demandada ha incumplido con lo acordado en acta obrante a fs. 23 no habiéndose acreditado en el plazo establecido el primer pago acordado por lo cual solicita se intime a la demandada a cumplir lo pactado aplicando las multas correspondiente por cada día de mora; Que, a fs. 28 obra Nota presentada por la señora María Soledad RIZZO, titular del D.N.I. N 29.905.230 con el patrocinio letrado del doctor Pablo FERRO TX F42 TSJSC
informando que la demandad ha incumplido con lo acordado en acta obrante a fs. 23 no habiéndose acreditado en el plazo establecido el tercer pago acordado, por lo cual se solicita se intime a la demandada a cumplir lo pactado aplicando las multas correspondientes por cada día de mora; Que, a fs. 29 obra Cédula de Notificación debidamente diligenciada a la parte demandada, intimidándolo a acreditar transferencias bancarias de las cuotas adeudadas, el cual se deberá realizarse dentro de los 3 días hábiles de recibida la presente notificación; Que, a fs. 30 obra Nota presentada por la señora María Soledad RIZZO titular del D.N.I. N 29.905.230 con el patrocinio letrado del doctor Pablo FERRO T X F 42 TSJSC, informando que la demandada ha incumplido con lo acordado en acta obrante a fs. 23 no habiéndose acreditado en el plazo establecido en el cuarto pago acordado, por lo cual solicita se intime a la demandada a cumplir lo pactado aplicando las multas correspondiente por cada día de mora y/o eleve las presentes actuaciones para dictaminar Que, a fs. 31/33 obran Cédula de Notificación debidamente diligenciada a la parte demandada mediante Carta Documento, intimándolo a acreditar trasferencia bancarias de las cuotas adeudadas, el cual deberá realizarse dentro de los tres 3 días hábiles de recibida la presente notificación; Que, a fs. 30 obra Nota presentada por la señora María Soledad RIZZO, titular del D.N.I. N 29.9053.230 con el patrocinio letrado del doctor Pablo FERRO T X F 42 TSJSC, informando que la demandada nuevamente ha incumplido con lo acordado en acta obrante a fs. 23, no habiéndose acreditado en el plazo establecido el quinto pago acordado, por lo cual solicita se intime a la demandada a cumplir lo pactado aplicando las multas correspondiente por cada día de mora y/o eleve las presentes actuaciones para dictaminar;
Que, elevado el expediente de marras a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a fin de emitir opinión respecto al reclamo obrante a fs. 02 y analizado el mismo se observa que las partes arribaron a un acuerdo a fs. 23, el cual fue incumplido por la demandada a partir de la 1 cuota persiguiendo como finalidad el retardo o la evasión del cumplimiento de las obligaciones laborales a su carago. Por ello corresponde dictar laudo arbitral condenaPág. 56

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 3/11/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha03/11/2022

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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