Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 31/8/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 31 de Agosto de 2021.-

ción de aparente matrimonio, la cual fue pública y notoria;
Que en tal sentido se verifica que la señora Amalia Beatriz SCIARRA era adicional de la tarjeta de crédito del señor Raúl ANDRADE, beneficiaria del seguro de vida del mismo y coincidencia de domicilios conforme certificado de defunción y DNI del causante y de la recurrente;
Que robustece aún más lo aportado como elemento probatorio las declaraciones testimoniales agregadas a la causa que dan cuenta de la notoria y pública convivencia entre el causante y la recurrente;
Que asimismo se debe tener en cuenta que la interpretación de las leyes previsionales debe realizarse conforme la esencia y el sentido de tal institución sin desnaturalizar los fines que la inspiran;
Que en tal sentido la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido en el siguiente modo: En materia de previsión y seguridad social no cabe extremar el rigor de los razonamientos lógicos, en procura de que el propósito tuitivo de la ley se cumpla: pues lo esencial, en estos casos, es cubrir riesgos de subsientencia y ancianidad, de modo que no debe llegarse al desconocimiento de derechos sino con extrema cautela CSJN Fallos 289 - págs. 91, 185
T290 pág. 288 T291 - pág. 245, 466 T292 pág. 367;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 317/21, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 100/102;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- HACER LUGAR al Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio por la señora Amalia Beatriz SCIARRA DNI Nº 14.020.052 contra el Acuerdo Nº 2322 de fecha 18 de Diciembre del año 2019, emanado del Directorio de la Caja de Previsión Social de esta Provincia, de conformidad a los considerandos del presente.Artículo 2.- Notifíquese a la recurrente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 4º.- PASE a la Caja de Previsión Social y a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, a sus efectos, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dra. Bárbara Dolores Weinzettel ________
DECRETO N 0489
RÍO GALLEGOS, 06 de Mayo de 2021.VISTO:
El Expediente CAP-Nº 494.264/20 III cuerpos, iniciado por el Consejo Agrario Provincial y;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la recategorización, a partir del día 1º de Enero del año 2021, del Personal de Planta Permanente que desempeña sus funciones en la JURISDICCIÓN: Consejo Agrario Provincial - SAF: 520, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, homologado por los Decretos Nros.
2188/09 y 1612/12;
Que la presente gestión se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1344/20 mediante el cual se ratifica la Resolución MTEySS-Nº 650/20 y el Acta Acuerdo concertada mediante reuniones virtuales Plataforma zoom, llevadas a cabo los días 24 y 26 de Noviembre del año 2020, entre la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial A.P.A.P. y la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E., por una parte y por la otra el Poder Ejecutivo Provincial, en el cual se dispuso la re-categorización del personal Planta Permanente reconociéndoles una 1
categoría cada tres 3 años de servicio desde la última categorización, con fecha de corte al 31/12/20;
Que de los antecedentes agregados surge que el personal involucrado, cumple con los requisitos exigidos por el Decreto mencionado con anterioridad para acceder a la presente recategorización;
Que a tal efecto se hace necesario facultar al Ministe-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5589 DE 20 PAGINAS

rio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por Resolución Ministerial, se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demande la presente erogación, conforme lo establecido en la Ley de Presupuesto N 3720 del Ejercicio 2021;
Que nada obsta para proceder al dictado del presente Instrumento Legal;
Por ello y atento a los Dictámenes CL-CAP-Nº 038/21, emitido por la Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial, obrante a fojas 534 y SLyT-GOB-Nº 339/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 563;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMUÉVASE a partir del día 1º de Enero del año 2021, al Personal Planta Permanente que desempeña funciones en la JURISDICCIÓN: Consejo Agrario Provincial - SAF: 520, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, detallado en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Nº 1344/20 y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que a los efectos dispuestos por el artículo anterior, téngase por Eliminadas las Categorías que ostentan actualmente los agentes que son promovidos y por Creadas las que se asignan, de acuerdo a la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.Artículo 3º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación en la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 5º.- PASE al Consejo Agrario Provincial a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli ________
DECRETO N 0490
RÍO GALLEGOS, 06 de Mayo de 2021.VISTO:
El Expediente CPE-Nº 678.731/20 III Cuerpos, elevado por el Consejo Provincial de Educación; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia la recategorización, a partir del día 1º de Enero del año 2021, del Personal de Planta Permanente detallado en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente y que se desempeña en la JURISDICCIÓN: Consejo Provincial de Educación SAF: 610, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el personal de la Administración Pública Provincial, homologado por Decretos Nros. 2188/09 y 1612/12;
Que la presente gestión se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1344/20 mediante el cual se ratifica la Resolución MTEySS-Nº 650/20 y el Acta Acuerdo concertada mediante reuniones virtuales Plataforma zoom, llevadas a cabo los días 24 y 26 de Noviembre del año 2020, entre la Asociación del Personal de la Administración Publica Provincial A.P.A.P. y Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E., por una parte y por la otra el Poder Ejecutivo Provincial, en el cual se dispuso la re-categorización del personal Planta Permanente reconociéndoles UNA 1 categoría cada TRES 3 años de servicio desde la ÚLTIMA
CATEGORIZACIÓN, con fecha de corte al 31/12/2020;
Que de los antecedentes agregados surge que el personal involucrado, cumple con los requisitos exigidos por el Decreto mencionado precedentemente, para acceder a la
BOLETIN OFICIAL
presente re-categorización;
Que a tal efecto se hace necesario facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por Resolución Ministerial, se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demande la presente erogación, conforme lo establecido en la Ley de Presupuesto N 3720 - Ejercicio 2021;
Que nada obsta para proceder al dictado del presente Instrumento Legal;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAJ-Nº 61/21, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 528 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 351/21, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 559;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMUÉVASE a partir del día 1º de Enero del año 2021, al Personal Planta Permanente que desempeña funciones en la JURISDICCIÓN: Consejo Provincial de Educación - SAF: 610, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, detallado en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Nº 1344/20, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que a los efectos dispuestos en el artículo anterior, téngase por ELIMINADAS las categorías que ostentan actualmente los agentes que son promovidos y por CREADAS las que se asignan en la JURISDICCIÓN: Consejo Provincial de Educación - SAF: 610, en la Ley de Presupuesto Nº 3720
del Ejercicio 2021.Artículo 3º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación en la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 5º.- PASE al Consejo Provincial de Educación a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Sr. Leonardo Darío Alvarez ________
DECRETO N 0491
RÍO GALLEGOS, 06 de Mayo de 2021.VISTO:
El Expediente CPE-Nº 678.733/20 II Cuerpos, elevado por el Consejo Provincial de Educación; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia la recategorización, a partir del día 1º de Enero del año 2021, del Personal de Planta Permanente detallado en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente y que se desempeña en la JURISDICCIÓN: Consejo Provincial de Educación - SAF: 610, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el personal de la Administración Pública Provincial, homologado por los Decretos Nros.
2188/09 y 1612/12;
Que la presente gestión se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1344/20 mediante el cual se ratifica la Resolución MTEySS-Nº 650/20 y el Acta Acuerdo concertada mediante reuniones virtuales Plataforma zoom, llevadas a cabo los días 24 y 26 de Noviembre del año 2020, entre la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial A.P.A.P. y Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E., por una parte y por la otra el Poder Ejecutivo Provincial, en el cual se dispuso la re-categorización del personal Planta Permanente reconociéndoles UNA 1 categoría cada TRES 3 años de servicio desde la ÚLTIMA
CATEGORIZACIÓN, con fecha de corte al 31/12/2020;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 31/8/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha31/08/2021

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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