Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/8/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
FACÚLTASE al titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros a suscribir y aprobar el respectivo Contrato de Locación de Servicios debiendo incluir las imputaciones preventivas del gasto que demandará la atención del mismo, como así quedará facultado a disponer los cambios de destino laboral o modificar el lugar de prestación de servicios dentro de la jurisdicción debiendo para ello dictar la Resolución Ministerial pertinente.________
DECRETO N 0392
RÍO GALLEGOS, 15 de Abril de 2021.Expediente GOB-Nº 115.104/21.DESÍGNASE a partir del día de la fecha, en el cargo de Síndico Suplente en representación del Poder Ejecutivo Provincial en relación a las Acciones Clase A ante el Banco Santa Cruz S.A., al C.P. Carlos Alberto PIZARRO
BARRIENTOS Clase 1984 - D.N.I. Nº 30.839.194, de conformidad al artículo 21 y ss. del Estatuto Social de dicha entidad.________

RESOLUCIONES
M.S.
RESOLUCIÓN N 034
RÍO GALLEGOS, 18 de Febrero de 2021.V I S T O:
El Expediente JP-Nº 799.509/20; y CONSIDERANDO:
Que por Ley Provincial N 3680, se sustituyó el artículo 1 de la Ley Orgánica de Ministerios N 3480 y su modificatoria, incorporando como inciso i al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial, aprobando su estructura organizativa y funcional mediante Decreto Provincial N 1165/19;
Que asimismo, por la citada Ley se modificaron diversos artículos de la Ley de Seguridad Pública N 3523, cuya motivación tuvo lugar exclusivamente en la necesidad de armonizar el plexo normativo vigente, en virtud de la creación de la nueva cartera ministerial;
Que mediante Decreto Provincial N 1165/19, se aprueba la Estructura Organizativa del Ministerio de Seguridad, de conformidad a los objetivos, responsabilidades primarias, acciones y organigramas, y a su vez, se transfiere a la Órbita de dicho Ministerio, la totalidad de los bienes, activos, presupuesto vigente, patrimonio y personal de Planta Permanente de la entonces Secretaría de Estado de Seguridad;
Que la Ley Provincial N 746, regula todo lo concerniente a los derechos del personal policial, en tanto se ajuste a las obligaciones que impone la misma, los códigos, Leyes, Decretos, Reglamentos y otras Disposiciones legales, que se refieran a la organización y servicio de la Institución y funciones de sus integrantes;
Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD es competente en la gestión general de la POLICÍA DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, en lo referido a la dirección de los recursos humanos, la planificación y ejecución presupuestaria, la gestión económica, contable, financiera y patrimonial, la planificación y gestión logística e infraestructura y la asistencia y asesoramiento jurídico-legal, todo lo cual se realizará a través de una unidad de organización administrativa especial;
Que por Decreto Provincial N 0407/20, en su artículo 9 se modificó el Decreto Provincial N 0990/18 y a su vez, se aprobó la reglamentación del Artículo 10 ter, Inciso e del Capítulo III de la Ley N 3480, por el cual se conforma el SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN
CONJUNTA DE LA SEGURIDAD SACS, tendiente a regular la gestión administrativa general de las FUERZAS
POLICIALES Y DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ;
Que mediante el Título II, Capítulo II del Anexo al Decreto N 1028/17 se reglamenta en otros aspectos, el Capítulo VI de la Ley N 3523 y el Capítulo III de la Ley N
746, en lo que respecta a la Organización y Agrupamientos
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5584 DE 12 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 12 de Agosto de 2021.del Personal de la Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que más precisamente, mediante el Acto Administrativo destacado se prevé el ordenamiento de los Recursos Humanos de la Institución Policial en Cuerpos y Escalafones con el objeto de poseer un registro del personal policial destinado a satisfacer iguales objetivos funcionales, ordenado según especialidad, grado y antigedad, estableciéndose las condiciones generales de ingreso para el Cuerpo Profesional y sus Escalafones;
Que el Decreto Provincial N 056/80 y su modificatoria por Decreto Provincial N 1250/18, regula el funcionamiento interno del Departamento Escuela de Cadetes de la Provincia de Santa Cruz;
Que por Orden de la Dirección DEC-N 052/20, se propone como Cadetes en el Curso de Primer Año del Departamento Escuela de Cadetes Crio Insp. Eduardo V. Taret, a los ciudadanos Caterina Johanna BARCOS, Nelson Horacio CORTES y Abraham Gabriel TABOADA, por haber cumplimentado la totalidad de los requisitos exigidos por la Institución, designando a los mismos en la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y Ciudadana, aprobada por Resoluciones Ministeriales MG-N 471/17 y 477/17;
Que en este sentido, se procede a nombrar, a partir del día 9 de Marzo del año 2020, como cadetes de 1 Año del Departamento de Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, a los ciudadanos mencionados precedentemente;
Que se aprueba el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial mediante Ley Provincial N 3720, para el presente Ejercicio Financiero y por Decreto Provincial N 1078/19, se aprueba el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Publico Provincial;
Que el suscripto resulta competente, en uso de las atribuciones del Artículo 10 Ter de la Ley N 3480, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 de la Ley Provincial N 3680 y normativa concordante;
Que nada obsta a proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen Nº 005-S.A.J.-M.S./2021, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 47/48;
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
R E S U E LV E :
1º.- NÓMBRASE, a partir del día 9 de Marzo del año 2020, como Cadetes de 1 Año del Departamento Escuela de Cadetes Crio. Insp. Eduardo V. Taret, en la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y Ciudadana, a los ciudadanos Caterina Johanna BARCOS D.N.I. N 36.633.690, Nelson Horacio CORTES Clase: 1998 - D.N.I N 40.986.033 y Abraham Gabriel TABOADA Clase: 1995 - D.N.I.
N 38.846.795, en un todo de acuerdo a los considerandos pertinentes.2º.- PASE, a Jefatura de Policía, tomen conocimiento la Dirección General de Personal, Contaduría General, Tribunal de Cuentas, Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE..Dr. LISANDRO G. DE LA TORRE
Ministro de Seguridad ________
RESOLUCIÓN N 038
RÍO GALLEGOS, 23 de Febrero de 2021.V I S T O:
El Expediente JP-Nº 799.601/20; y CONSIDERANDO:
Que por Ley N 3720, se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública para el Ejercicio 2021;
Que la Ley N 3680, se sustituyó el artículo 1 de la Ley Orgánica de Ministerios N 3480 y su modificatoria, incorporando como inciso i al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial, aprobando su estructura organizativa y funcional mediante Decreto Provincial N 1165/19;
Que asimismo, por la citada Ley se modificaron diversos artículos de la Ley de Seguridad Pública N 3523, cuya motivación tuvo lugar exclusivamente en la necesidad de armonizar el plexo normativo vigente, en virtud de la creación de la nueva cartera ministerial;
Que mediante Decreto N 1165/19, se aprueba la Estructura Organizativa del Ministerio de Seguridad, de conformidad a los objetivos, responsabilidades primarias, acciones y organigramas, y a su vez, se transfiere a la Orbita de dicho Ministerio, la totalidad de los bienes, activos, presupuesto
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vigente, patrimonio y personal de Planta Permanente de la entonces Secretaría de Estado de Seguridad;
Que la Ley Provincial N 746, regula todo lo concerniente a los derechos del personal policial, en tanto se ajuste a las obligaciones que impone la misma, los códigos, Leyes, Decretos, Reglamentos y otras Disposiciones legales, que se refieran a la organización y servicio de la Institución y funciones de sus integrantes;
Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD es competente en la gestión general de la POLICÍA DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, en lo referido a la dirección de los recursos humanos, la planificación y ejecución presupuestaria, la gestión económica, contable, financiera y patrimonial, la planificación y gestión logística e infraestructura y la asistencia y asesoramiento jurídico-legal, todo lo cual se realizara a través de una unidad de organización administrativa especial;
Que mediante Decreto Provincial N 0407 de fecha 20
de Abril del año 2020, en su Artículo 1, se aprueba en todas sus partes la reglamentación del Artículo 10 Ter, Inciso e del Capítulo III de la Ley Provincial N 3480, por el cual se conforma el SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN CONJUNTA DE LA SEGURIDAD SACS, tendiente a regular la gestión administrativa general de las Fuerzas Policiales y de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz;
Que mediante el Titulo II, Capitulo II del Anexo al Decreto N 1028/17 se reglamenta en otros aspectos, el Capítulo VI de la Ley N 3523 y el Capítulo III de la Ley N
746, en lo que respecta a la Organización y Agrupamientos del Personal de la Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que más precisamente, mediante el Acto Administrativo destacado se prevé el ordenamiento de los Recursos Humanos de la Institución Policial en Cuerpos y Escalafones con el objeto de poseer un registro del personal policial destinado a satisfacer iguales objetivos funcionales, ordenado según especialidad, grado y antigedad, estableciéndose las condiciones generales de ingreso para el Cuerpo Profesional y sus Escalafones;
Que el Decreto N 056/80 y su modificatoria Decreto N 1250/18, regula el funcionamiento interno del Departamento Escuela de Cadetes de la Provincia de Santa Cruz;
Que por Orden de la Dirección DEC-N 082/20, se declara que los Cadetes que por este actuado se pretenden promover al grado inmediato superior de Cadetes de 2 Año, han aprobado satisfactoriamente el Ciclo Básico Unificado del Primer Año de Estudios de la Escuela de Cadetes, correspondientes a las Tecnicaturas Superiores Aprobadas por Resoluciones Ministeriales MG-N 471/17 y 477/17;
Que en este sentido, se procede a promover, a partir del día 1 de Enero del año 2021, como cadetes de 2 Año del Departamento de Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, a los Cadetes de 1 año del Cuerpo de Alumnos, nombrados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de la Ley N 3680 y de conformidad con lo antes dispuesto;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen 013-SAJ/2021, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 115/116;
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
R E S U E LV E :
1º.- PROMUÉVASE, en la Policía de la Provincia de Santa Cruz, a partir del día 1 de Enero del año 2021, como Cadetes de 2 Año, a los alumnos del Departamento Escuela de Cadetes, que se describen en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, en un todo de acuerdo a los considerandos pertinentes.2º.- ELIMÍNASE, a partir del día 31 de Diciembre del año 2020, noventa y cuatro 94 grados de Cadetes de 1
Año de las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción, aprobado para el Ejercicio 2020.3º.- PASE, a Jefatura de Policía, tomen conocimiento la Dirección General de Personal, Contaduría General, Tribunal de Cuentas, Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.Dr. LISANDRO G. DE LA TORRE
Ministro de Seguridad

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/8/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha12/08/2021

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1773

Primera edición19/02/2002

Ultima edición01/08/2024

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