Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

1520-2020: 500 Años de la Primera Misa en lo que actualmente conforma el Territorio Argentino y 2020- Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXV Nº 5513

publicacion bisemanal Martes y Jueves
DECRETOs del poder ejecutivo DECRETO N 0993
RÍO GALLEGOS, 21 de Agosto de 2020.VISTO:
El Decreto Nº 0043/07; Decreto Nº 0489/19 y Expediente MSGG Nº 335.058/20 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante estas actuaciones se propicia, a partir del 1º de agosto de 2020, la creación de un MÓDULO DE PRESTACIONES PARA LAS OPERACIONES AEREAS HUMANITARIAS INSTITUCIONALES, que será percibido por los agentes detallados en el Axeno I del presente;
Que así, se pretende otorgar un reconocimiento al personal de la Dirección Provincial de Aeronáutica, que esté encargado o invista la función de concretar operaciones aéreas con el propósito de trasladar equipamiento e insumos médicos, personal esencial, búsqueda y salvamento, y cualquier otra situación de índole humanitaria, no contemplados en la legislación vigente;
Que dichos vuelos son planificados por los Ministerio de Salud y Ambiente y el Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación quienes trabajan de manera articulada para dar repuesta integrada, oportuna y eficiente, a los fines de garantizar la prestación del servicio de salud a toda la población en virtud de la situación vinculada al COVID-19, que fuera declarada Pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud;
Que para concretar ese propósito, se plantea la necesidad de brindar mayores incentivos y reconocer la importancia funcional de los agentes de la Dirección Provincial de Aeronáutica que efectivamente se encuentren encomendados en las operaciones aéreas de carácter humanitario institucional que se realicen;
Que en virtud de ello, resulta pertinente la creación de un Módulo de Prestaciones de tipo Humanitario Institucional, destinado a los agentes que tengan a su cargo la concreción de dichos vuelos;
Que a los fines de su liquidación corresponde establecer que el valor del modulo creado será el equivalente al valor dispuesto para el MÓDULO DE PRESTACIONES CRITICAS, implementado mediante el Decreto Nº 0043/07 y modificatorios;
Que dicho concepto será liquidado y abonado por Operación Aérea, entendiéndose a estos fines comprensiva del tramo ida-vuelta, y compensará en sus tareas únicamente a los agentes que se encuentren afectados a cada operación, detallados en el Anexo I del presente, previo informe y certificación de las tareas realizadas por medio de la Dirección Provincial de Aeronáutica del Ministerio Secretaría General de la Gobernación;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-Nº 275/20, emitido por la Asesoría Letrada, obrante a fojas 51 y SLyT-GOB
Nº 634/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 57/58;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :
Artículo 1º.- CREASE a partir del día 1º de agosto del año 2020, EL MÓDULO DE PRESTACIONES PARA
LAS OPERACIONES AEREAS HUMANITARIAS INSTITUCIONALES, conforme al Anexo I que forma parte del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5513 DE 10 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. claudio jose garcia Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
E/C Fiscal de Estado
Artículo 2º.- RECONÓCESE mediante El Módulo de Prestaciones Para las Operaciones Aéreas Humanitarias
Institucionales, las tareas que desempeñen los agentes que se encuentren afectados a cada operación, con el propósito de trasladar equipamiento e insumos médicos, personal esencial, búsqueda y salvamento y cualquier otra situación de índole humanitaria, no contempladas en la legislación vigente, los cuales serán liquidados y abonados por cada operación, entendiéndose a estos fines comprensiva del tramo ida-vuelta, conforme el detalle realizado en el Anexo I.Artículo 3º.- DÉJASE ESTABLECIDO que el pago que deba hacerse como consecuencia de la creación del MÓDULO DE PRESTACIONES PARA LAS OPERACIONES AÉREAS HUMANITARIAS-INSTITUCIONALES será a través de una suma que tendrá el carácter de No Remunerativa y No Bonificable.Artículo 4º.- FACÚLTASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación para que mediante el procedimiento de Fondos Rotatorios realice la solicitud al Ministerio de Economía Finanzas e Infraestructura, de las asignaciones respectivas a los fines de atender el gasto que demande el presente.Artículo 5º.- ESTABLÉCESE que el valor del módulo creado en el Artículo 1º, será equivalente al valor dispuesto para el MÓDULO DE PRESTACIONES CRÍTICAS implementado mediante Decreto N 0043/07 y modificatorios.
Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el departamento de la Secretaria General de la Gobernación.Artículo 7º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección Provincial de Administración, a sus efectos tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez ________
DECRETO N 0994
RÍO GALLEGOS, 21 de Agosto de 2020.VISTO:
El Expediente GOB-N 114.980/20; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, tramita la ratificación del Convenio de fecha 17 de diciembre de 2019 suscripto entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la señora Gobernadora, Dra. Alicia Margarita KIRCHNER, por
Río Gallegos, 26 de Noviembre de 2020.una parte y por la otra el Consejo Federal de Inversiones, representado por el señor Secretario General Ing. Juan José CIÁCERA, el cual como Anexo forma parte integrante del presente;
Que el Fondo Federal de Inversiones FFI brinda asistencia técnica y financiera a sus Estados Miembros con el propósito de promover el desarrollo armónico e Integral del país;
Que en su rol de Organismo que promueve el desarrollo regional, la cultura y la identidad productiva, revisten un valor estratégico por su impacto en las economías regionales;
Que en ese sentido, la Provincia y el CFI se encuentran desarrollando un trabajo conjunto, implementando acciones que contribuyen a la puesta en valor del patrimonio cultural y turístico provincial, entre otros;
Que a esos efectos, la Provincia y el CFI acuerdan aunar esfuerzos para llevar adelante, diversos estudios y proyectos con el fin de promover el desarrollo productivo, cultural y turístico según los lineamientos establecidos en el Anexo del Convenio;
Que a esos fines la Provincia se comprometió a aportar los recursos humanos necesarios y el CFI aportará hasta un total de PESOS DIECIOCHO MILLONES $ 18.000.000,00
de conformidad a sus normas de administración;
Que los planes de trabajo, cronogramas de ejecución, los presupuestos detallados así como la modalidad de implementación de los estudios y proyectos se acordarán conjuntamente entre las partes;
Que el convenio tendrá un plazo de vigencia de doce 12
meses, a partir de la fecha de su firma;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-N 624/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 6/8;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :
Artículo 1.- RATIFÍCASE el Convenio de fecha 17
de diciembre de 2019 suscripto entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la señora Gobernadora, Dra. Alicia Margarita KIRCHNER, por una parte y por la otra el Consejo Federal de Inversiones, representado por el señor Secretario General Ing. Juan José CIÁCERA, el que como Anexo I forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien remitirá copia del presente ante quien corresponda, a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leonardo Dario Alvarez ________
DECRETO N 0995
RÍO GALLEGOS, 21 de Agosto de 2020.VISTO:
El Expediente MPCI-Nº 443.403/20, elevado por el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Situación vinculada al Covid-19 declarada pandemia por la OMS se dictó el Decreto Nº 273/20
mediante el cual se declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz;
Que el Estado Provincial ha adoptado diversas medidas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/11/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha26/11/2020

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones1764

Primera edición19/02/2002

Ultima edición25/06/2024

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