Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 4
493/20 que prorrogó hasta el día 07 de junio inclusive de 2020, la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio y la prohibición de circular en todo el territorio nacional, con los alcances allí dispuestos;
Que el objetivo del aislamiento impuesto, ha sido y sigue siendo el instrumento que permite de manera paulatina lograr la recuperación de la normalidad en cuanto al funcionamiento económico y social, pero con un constante monitoreo para contener la evolución epidemiológica en forma oportuna y eficiente;
Que conforme surge del DNU citado, en función de la distinta evolución de la epidemia en las diversas jurisdicciones, se ha facultado a los gobiernos provinciales a determinar la forma en que debe realizarse el aislamiento social, preventivo y obligatorio a la luz de distintos parámetros y particularidades de cada provincia, departamento o territorio;
Que en tal sentido y de conformidad a lo dispuesto oportunamente por DNU Nº 408/20 y DNU Nº 459/20 -por expresa facultad conferida a los Señores Gobernadores/as de las provincias-, y con la anuencia de la autoridad sanitaria provincial, se dispuso la apertura gradual y administrada de algunas actividades económicas y servicios específicos, bajo estrictos protocolos sanitarios;
Que atento los actuales indicadores epidemiológicos brindados por la autoridad sanitaria provincial se procedió -previa aprobación de los protocolos vigentes-, a habilitar otras actividades económicas, y servicios además de actividades deportivas individuales al aire libre y recreativas en la jurisdicción provincial;
Que teniendo en cuenta la diferente densidad poblacional y la evolución epidemiológica, las distintas jurisdicciones provinciales, entre las que se encuentra la Provincia de Santa Cruz, podrán seguir avanzando en el proceso de reapertura progresiva de actividades, que habilita el desplazamiento de hasta el setenta y cinco por ciento 75% de la población, bajo el cumplimiento de los protocolos sanitarios específicos que se implementen, y las estrictas pautas establecidas por la autoridad sanitaria nacional;
Que para ello, resulta necesario sostener el estricto cumplimiento de las medidas de control y prevención sanitarias ya adoptadas, apelando a la responsabilidad ciudadana en pos de sostener los indicadores epidemiológicos de contagio del virus SARS-CoV-2;
Que conforme lo anterior, corresponde adherir a la prórroga dispuesta mediante DNU Nº 493/20, manteniendo la vigencia de las medidas oportunamente dictadas hasta la fecha en cuanto a las actividades económicas y servicios habilitados con sus respectivos protocolos, así como aquellas medidas de esparcimiento y recreación autorizadas;
Que bajo dichos lineamientos corresponde prorrogar la vigencia del Decreto Provincial Nº 286/20 y ampliatorios, -en sus partes pertinentes- , así como las disposiciones contenidas en el Decreto Provincial Nº 499/20 en todos sus términos hasta el día 07 de junio inclusive de 2020;
Por ello, y habiendo tomado intervención de competencia la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación mediante Nota SLyT-GOB-Nº 672/20 y conforme el artículo 128 de la Constitución Nacional y artículo 119
inciso 18 de la Constitución de la Provincia de Santa Cruz;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- ADHERIR a los términos del DNU
Nº 493 de fecha 24 de mayo de 2020, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, en lo que resulte pertinente, y de conformidad a lo dispuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- PRORRÓGASE hasta el día 07 de junio de 2020 inclusive, el Decreto Provincial Nº 286/20, y ampliatorios -en lo que resulte pertinente-, y la vigencia del Decreto Provincial Nº 499/20 en todos sus términos, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 3º.- PRORRÓGASE hasta el día 07 de junio de 2020 inclusive la vigencia de toda la normativa complementaria dictada hasta el día de la fecha, en el
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5459 DE 08 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 26 de Mayo de 2020.marco del aislamiento social preventivo y obligatorio, de conformidad a lo dispuesto en los considerandos del presente.Artículo 4º.- ESTABLÉCESE que el presente Decreto entrará en vigencia a partir del día 25 de mayo de 2020.-
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 6º.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien remitirá copia del presente ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Sr. Leonardo Darío Alvarez ________

resolucioNES
H.C.D.
RESOLUCION N 034
Nota GOB. Nº 06/2020
SANCIONADO 14/05/2020
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.-En uso de las facultades conferidas en el Capítulo II - Artículo 104, inciso 20 de la Constitución Provincial, prestar ACUERDO para la designación del Profesor Horacio Daniel PÉREZ OSUNA - DNI Nº 29.525.061 como Vocal en representación del Poder Ejecutivo ante el Consejo Provincial de Educación.Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 14 de mayo de 2020.CON LA APLICACIÓN DE PLATAFORMAS
DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN DIGITAL Y VIRTUAL.
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N
034/2020.Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION N 035
Nota GOB. Nº 07/2020
SANCIONADO 14/05/2020
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.- En uso de las facultades conferidas en el Capítulo II - Artículo 104, inciso 20 de la Constitución Provincial, prestar ACUERDO para la designación del señor Alberto Rodolfo NELLI - DNI Nº 11.213.848
como Vocal en representación del Poder Ejecutivo ante el Consejo Agrario Provincial.Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 14 de mayo de 2020.CON LA APLICACIÓN DE PLATAFORMAS
DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y

BOLETIN OFICIAL
COMUNICACIÓN DIGITAL Y VIRTUAL.
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N
035/2020.Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION N 036
Nota GOB. Nº 08/2020
SANCIONADO 14/05/2020
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.- En uso de las facultades conferidas en el Capítulo II - Artículo 104, inciso 20 de la Constitución Provincial, prestar ACUERDO para la designación del Agrimensor Juan Carlos BERASALUCE - DNI Nº 16.616.801 como Vocal en representación del Poder Ejecutivo ante el Consejo Agrario Provincial.Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 14 de mayo de 2020.CON LA APLICACIÓN DE PLATAFORMAS
DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN DIGITAL Y VIRTUAL.
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N
036/2020.Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION N 037
Nota GOB. Nº 09/2020
SANCIONADO 14/05/2020
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.- En uso de las facultades conferidas en el Capítulo II - Artículo 104, inciso 20 de la Constitución Provincial, prestar ACUERDO para la designación del Licenciado Pablo Sebastián GORDILLO
ARRIAGADA - DNI Nº 25.667.705 como Vocal en representación del Poder Ejecutivo ante el Directorio del Instituto de Energía de la provincia de Santa Cruz.Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 14 de mayo de 2020.CON LA APLICACIÓN DE PLATAFORMAS
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COMUNICACIÓN DIGITAL Y VIRTUAL.
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N
037/2020.Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha26/05/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1773

Primera edición19/02/2002

Ultima edición01/08/2024

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