Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/9/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2018 - Sesenta años de vida Constitucional de la Provincia de Santa Cruz: 1 de mayo de 1958 - 1 de mayo de 2018, Año de Concientización sobre la Donación de Médula Ósea y Año del Centenario de la Reforma Universitaria.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA

CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIII Nº 5287

Ana María CALIVA
Directora General
PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 13 de Septiembre de 2018.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro Secretario Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
discapacidad en un cuarenta por ciento 40% y la actualización de los montos para el pago de la Asignación por hijo consistente en elevar de manera proporcional los valores topes fijados teniendo en cuenta el equivalente a la suma del sueldo básico más zona desfavorable más el código 273 de la categoría 24 del personal de CCT;
Que a los efectos de la implementación de los acuerdos concertados se establece que los mismos serán percibidos con los haberes del mes de agosto de 2018;
Que finalmente las partes acuerdan homologar las Actas de la Comisión de Educación Nros. 23, 24, 25, 26, 27 y 28;
Que en función al desarrollo antes expuesto, a fojas 150 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social insta el pertinente trámite conforme lo establece la Ley 2986;
Por ello, atento al estado de las actuaciones, con arreglo a las previsiones contenidas en el art. 119 de la Constitución Provincial, artículo 13 de la Ley Nº 2986 y mediando intervención de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación mediante Dictamen SLyT-GOB - Nº 488/18, obrante a fojas 151;

decretos del poder ejecutivo

OFICIAL

DECRETO Nº 0743
RIO GALLEGOS, 15 de Agosto de 2018.-

VISTO:
El Expediente HTD-Nº 161.858/18, elevado por el Honorable Tribunal Disciplinario; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la designación en el cargo de Director General de Fiscalización de Sumarios dependiente del Honorable Tribunal Disciplinario, al señor Cristian Gabriel GUANTAY, a partir del día 1º de agosto del año 2018, conforme a los términos establecidos por el Artículo 5 de la Ley Nº 1831;
Que el mencionado cargo se encuentra vacante y previsto en la Estructura Orgánica del Honorable Tribunal Disciplinario aprobada por Decreto Provincial Nº 1175/17;
Que la presente gestión se encuadra en las excepciones establecidas por el Artículo 19º del Decreto Nº 0157/15, en relación a la designación del personal destinado a la cobertura de las funciones superiores;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB.-Nº 482/18, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 52;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DESIGNASE a partir del día 1º de agosto del año 2018, en el cargo de Director General de Fiscalización de Sumarios dependiente del Honorable Tribunal Disciplinario al señor Cristian Gabriel GUANTAY Clase 1987 - D.N.I. Nº 32.922.766, conforme a los términos establecidos por el Artículo 5 de la Ley Nº 1831, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- DEJASE ESTABLECIDO que el agente designado en el Artículo anterior no gozará de estabilidad en el empleo, limitándose al tiempo de efectiva prestación de servicios en el cargo conferido, no dando derecho alguno al nombrado una vez cesado en las funciones que se le asignan.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 4º.- PASE al Honorable Tribunal Disciplinario a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez ________
DECRETO Nº 0745
RIO GALLEGOS, 21 de Agosto de 2018.VISTO:
El Expediente MTEySS-Nº 511.642/18, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las Negociaciones Colectivas de Trabajo para el Sector Público Provincial, se ha reanudado el diálogo entre los representantes del Poder
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5287 DE 18 PAGINAS

Ejecutivo Provincial, la Asociación del Personal de la Administración Pública A.P.A.P., Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E. y Unión Personal Civil de la Nación U.P.C.N.;
Que en esta oportunidad el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia como autoridad de aplicación de la Ley Nº 2986 pone a consideración del Poder Ejecutivo los acuerdos concertados en sesión paritaria llevada a cabo en fecha 15
de Agosto de 2018;
Que luego de escuchadas las partes y formuladas las propuestas por parte del Poder Ejecutivo, los representantes gremiales formularon una serie de planteos respecto a recategorizaciones y pases a planta del personal de la Administración Pública pendientes a la fecha; aplicación de los acuerdos arribados al personal de las Comisiones de Fomento; la extensión de los códigos propuestos a otros Organismos, entre otros;
Que en dicho sentido, el tratamiento de algunas de las propuestas fueron diferidas para su posterior debate en el seno paritario;
Que sin perjuicio de lo anterior, las partes arribaron a los siguientes acuerdos: pasar los pesos dos mil $2000 de la Suma Fija No Remunerativa al Básico a partir del mes de agosto del corriente año en una cuota, alcanzando al personal de la ex 591, Ley 1200 y jubilados y pensionados de ambos sectores;
Que asimismo, se acordó el aumento del cincuenta por ciento 50% en el código de Título, un nuevo código denominado Adicional Remunerativo por Función Profesional Específica y Efectiva para aquellos profesionales con título universitario de cuatro o más años, cuyo título tenga relación directa y efectiva con la función y tarea que desempeñe y será equivalente al cien por ciento 100% del básico de una Categoría 17
de los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo, excepto Ley 1795. La percepción de dicho adicional será incompatible con los códigos 228, 261 y 262;
Que además se concertó tomar como referencia a los efectos de calcular el viático diario, el valor del litro de nafta súper expendido por la Empresa YPF en esta ciudad capital de manera tal que quedarán establecidos Módulo A que corresponderá a un día de viático = 100 litros y Módulo B = 90 litros según corresponda;
Que también se acordó el aumento de la asignación por familia numerosa a un valor de pesos ochocientos cuarenta $ 840; aumento de la asignación por hijo con
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- HOMOLOGASE los Acuerdos arribados en audiencia celebrada en fecha 15 de agosto de 2018, entre la Asociación del Personal de la Administración Pública A.P.A.P., Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E. y Unión Personal Civil de la Nación U.P.C.N.
por una parte, y el Poder Ejecutivo de la Provincia, en el marco de la Negociación Colectiva de la Administración Pública Provincial, consistentes en:
a Transferir la Suma Fija No Remunerativa de pesos dos mil $2000 homologada mediante Decreto Nº 232/18 -en su parte pertinente-, al Sueldo Básico a partir del mes de agosto del corriente año en una cuota, alcanzando al personal de la ex 591, Ley 1200 y jubilados y pensionados de ambos sectores; b el aumento del cincuenta por ciento 50% en el código de Título - código 206 -; c la creación de un nuevo código denominado Adicional Remunerativo por Función Profesional Específica y Efectiva para aquellos profesionales con título universitario de cuatro o más años, cuyo título tenga relación directa y efectiva con la función y tarea que desempeñe y será equivalente al cien por ciento 100% del básico de una Categoría 17 de los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo, excepto Ley 1795. La percepción de dicho adicional será incompatible con los códigos 228, 261 y 262;
d establecer como referencia a los efectos de calcular el viático diario, el valor del litro de nafta súper expendido por la Empresa YPF en esta ciudad capital de manera tal que quedarán establecidos Módulo A que corresponderá a un día de viático = 100 litros y Módulo B = 90 litros, según corresponda; e aumento de la asignación por familia numerosa ascendiendo la misma a la suma de pesos ochocientos cuarenta $ 840; f aumento de la asignación por hijo con discapacidad en un cuarenta por ciento 40%, g actualización de los montos para el pago de la Asignación familiar por hijo, teniendo en cuenta el incremento de los básicos, la zona más el código 273
de la categoría 24 del personal de CCT, elevándose de manera proporcional los valores fijados de $ 17.645,22
a $ 21.645,22, en ese caso la asignación será de pesos mil trescientos cincuenta $ 1350,00 por hijo. El valor de pesos veinticinco mil $ 25.000,00 pasa a pesos veintinueve mil $ 29.000,00 en ese tramo para el pago de la Asignación por Hijo será de pesos mil

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/9/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha13/09/2018

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1764

Primera edición19/02/2002

Ultima edición25/06/2024

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