Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/5/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2017 - Año de la Reafirmación de los Derechos Soberanos Argentinos sobre las Islas Malvinas y Atlántico Sur.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXII Nº 5138

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 04 de Mayo de 2017.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
Artículo 5.- FACULTASE a los titulares del Ministerio de Gobierno y del Ministerio Secretaría General de la Gobernación a efectuar conjuntamente las autorizaciones referidas a toda erogación inherente a publicidad oficial, producciones fílmicas periodísticas, revistas, publicaciones gráficas, o cualquier otro medio las cuales deberán ajustarse a las disposiciones reglamentarias vigentes y en el marco de las competencias y limitaciones previstas en el artículo 1º del presente.Artículo 6.- DÉJASE SIN EFECTO el artículo 15 del Decreto N 0157 de fecha 28 de diciembre de 2015 y modificatorias, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.
Artículo 7.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 8º.- PASE al Ministerio de Gobierno, Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, Ministerio de Salud y Ambiente, Ministerio de Desarrollo Social, a la Secretaría General de la Gobernación, y al Consejo Provincial de Educación a sus efectos, tomen conocimiento Entes Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado, Sociedades del Estado con participación estatal mayoritaria, Poderes Legislativo y Judicial, Municipalidades, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial. Cumplido, ARCHIVESE.-

decreto del poder ejecutivo DECRETO Nº 0205
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2017.VISTO:
El Expediente GOB N 113.848/15; y CONSIDERANDO:
Que mediante el presente corresponde establecer nuevos montos para autorizar y aprobar adquisiciones de bienes y servicios de las autoridades superiores conforme la jerarquía que el funcionario detente, de acuerdo al detalle del Anexo I que forma parte integrante del presente;
Que a ese respecto oportunamente, el Decreto Provincial N 263/82 estableció las sumas que las autoridades disponían para realizar dichas operaciones, el cual ha sido sucesivamente actualizado conforme diversos instrumentos legales;
Que en ese sentido el Decreto N 1058/14 implementó la última actualización, siendo necesario proceder a su readecuación a efectos de dotar de mayor flexibilidad y rapidez a los procedimientos de contratación;
Que por otra parte el Decreto N 0157/15 implementó una serie de medidas tendientes a la contención del gasto público estableciendo el artículo 9 el procedimiento a seguir respecto de la adquisición de bienes de capital y/o contratación de servicios que signifiquen compromisos presupuestarios con fondos del tesoro Provincial y/o recursos específicos que administren los organismos establecidos en dicho instrumento;
Que a los fines señalados precedentemente, se hace necesario unificar las competencias otorgadas mediante el artículo 1 del presente instrumento conforme los montos y las limitaciones allí previstas;
Que además, y a los fines de dotar de celeridad a los procedimientos concernientes a las erogaciones inherentes a publicidad oficial, producciones fílmicas periodísticas, revistas, publicaciones gráficas, o cualquier otro medio corresponde facultar conjuntamente al Ministerio de Gobierno y Ministerio Secretaría General de la Gobernación a realizar las y autorizaciones necesarias a ese respecto;
Que en suma corresponde emitir el presente instrumento legal;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 242/17, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- ACTUALÍZASE a partir del día de la fecha, los montos para autorizar y aprobar la adquisición de bienes y servicios de las autoridades superiores conforme la jerarquía que el funcionario detente, de acuerdo a lo detallado en el ANEXO I que forma parte integrante del presente.Artículo 2.- DÉJASE SIN EFECTO el Decreto N 1058 de fecha 25 de julio de 2014, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.
Artículo 3.- ESTABLÉCESE que toda adquisición de bienes de capital y/o contratación de servicios que signifiquen compromisos presupuestarios con fondos del tesoro Provincial y/o recursos específicos
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5138 DE 12 PAGINAS

que administren los organismos mencionados en el artículo 1 del Decreto N 0157/15 deberán ser autorizados por los funcionarios correspondientes conforme competencias y limitaciones previstas en el artículo 1 del presente, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura. Artículo 4.- DÉJASE SIN EFECTO el artículo 9 del Decreto N 0157/15 de fecha 28 de diciembre de 2015 y modificatorias, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.

Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez
ANEXO I
Montos que pueden autorizar AUTORIDADES
Gobernadora
MAS DE

HASTA

$ 6.000.000

Montos que pueden aprobar MAS DE

HASTA

$ 6.000.000

Ministros en sus respectivas Judirisdicciones
$ 6.000.000

$ 6.000.000

Secretarios de Estado o su equivalente, Autoridades Superiores De Entes Descentralizados y Autárquicos /s/Ley Org. Tribunal de Cuentas - Coordinador Ejecutivo de Unidades Ejecutoras de Cuentas Especiales - Director de Casa de Santa Cruz - Coordinador General de la Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz UNEPOSC

$ 2.000.000

$ 2.000.000

Subsecretarios o su equivalente Asesor General
$ 1.000.000

$ 500.000

Directores Provinciales o su equivalente y Autoridad Administrativa Hospital Regional
$ 500.000

$ 250.000

Directores Generales o su equivalente
$ 125.000

$ 90.000

Directores de Admistración o su equivalente - Autoridad Admistrativa Hospital Seccional
$ 90.000

$ 50.000

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/5/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha04/05/2017

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1765

Primera edición19/02/2002

Ultima edición02/07/2024

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