Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/3/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 12

RIO GALLEGOS, 07 de Marzo de 2017.-

CEDULA DE NOTIFICACION A:
La R/S: ByM PROTECCIONES SRL
Me dirijo a Ud. en Autos Caratulados: SR. CONCHA
VICTOR ADRIAN sobre RECLAMO LABORAL
contra R/S B y M PROTECCIONES S.R.L y/o MARTINEZ JOSE LUIS, que se tramita ante esta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, bajo Expediente Nº557.587/2016 que se ha dictado la Resolución Nº 891/SETySS/2016 que transcripta en sus partes pertinentes dice así: V I S T
O: El Expediente Administrativo Nº 557.587/2015, Autos Caratulados: SR. CONCHA VICTOR
ADRIAN sobre RECLAMO LABORAL contra razón social B & M PROTECCIONES S.R.L y/o MARTINEZ JOSE LUIS, que se tramita ante ésta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social y; CONSIDERANDO: Que, fs. 53/54 obra RESOLUCIÓN Nº 473/SETySS/2016 de fecha 07 de Junio del 2016, mediante la cual se resolvió lo siguiente:
ARTICULO 1º: ACEPTAR LA DECLINACION
DE VIA ADMINISTRATIVA solicitada por el Sr.
JOSE LUIS MARTINEZ, DNI N 31.387.028, en su carácter de titular de la R/S. B&M con domicilio real en calle Maipú N 1073 y domicilio constituido Comodoro Rivadavia N 148 de la localidad de Río Gallegos, en el Expediente Administrativo N 557.587/15, dejando Expedita la Vía Judicial, previo depósito que garantice de modo suficiente sus obligaciones laborales, conforme a los considerandos de la presente.-ARTICULO 2º:DETERMINAR que el depósito previo asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL ONCE
CON 77/100 CTVOS. $ 49.011,77 la que deberá ser depositada en plazo de tres 3 días de notificada la presente, en la Cta. Cte. Fondos de Terceros Nº 723448/7
CBU N 0860001101800072344872 de la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, en la Casa Central y/o sucursales del Banco de Santa Cruz S.A., debiendo presentar ante este Organismo el respectivo comprobante de depósito dentro de las 48hs. de efectuado el mismo.ARTICULO 3º: El no cumplimiento de los Arts.
1º y 2º de la presente, darán lugar a la aplicación de la sanción correspondiente conforme a lo dispuesto en el Anexo II Capítulo 2 Art. 5º del Pacto Federal del Trabajo ratificado por la Ley 2.506, sin perjuicio de ejecutar los haberes reclamados por el demandante por la vía judicial correspondiente.- ARTICULO 4º: Regístrese, Notifíquese a las partes y cumplido ARCHÍVESE.-

P-2

MARIA ELINA SANDOVAL
Directora General de Trabajo Secretaría de Estado de Trabajo y S.S.
Ministerio de Gobierno ________

CEDULA DE NOTIFICACION A:
la R/S: Sr. PICONE JOSE y/o SLAMOVITS ANA
V I S T O: El Expediente Nº 558.592/2016, autos caratulados: SRA. FERNANDEZ CRISTINA EDIHT
SOBRE RECLAMO LABORAL contra SR. PICONE JOSE Y/O SLAMOVITSANA, que se tramita ante esta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia y; CONSIDERANDO: Que, a fs 02 obra ACTA DENUNCIA de fecha 0 de Marzo del 2015 comparece espontáneamente, ante esta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, formulando denuncia la Sra. Cristina Ediht FERNANDEZ titular del DNI Nº 32.178.461, con domicilio en calle Pje. Haití Nº 59, de la ciudad de Río Gallegos, contra el SR. José PICONO y/o Ana SLAMOVITS SRL titular del DNI
Nº 23.029.472, con domicilio en calle Muratore Nº 364
de la ciudad de Río Gallegos, formulando reclamo por los siguientes rubros: FALTA DE PAGO DE HABERES
MES DE NOVIEMBRE/15, 10 DIAS DEL MES DE
DICIEMBRE, FALTA DE PAGO LIQUIDACION
FINAL, REGISTRACION LABORAL desde el 19/09/2015 al 10/12/2015, aporta como testigo: Medeira Da Rocha del Carmen titular del DNI Nº 40.198.992.
Acto seguido el funcionario actuante, de acuerdo a lo establecido por el Art. 2º de la Ley 2450, convoca a una audiencia de conciliación para el día 30 de Marzo de 2016 a las 10:00 hs. notificándole de lo establecido en el Art. 4º de la Ley 2450, que dice ante la ausencia del denunciante se tendrá por declinada la Vía Administrativa de acuerdo al Art. 2 de la Ley Provincial 2450, quedando debidamente notificada en este acto; Que, a fs. 03/04
obran Pruebas Documentales que hacen al derecho
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5117 DE 14 PAGINAS

de defensa de la parte denunciante; Que, a fs. 06 obra Cédulas de Notificación debidamente diligenciada a la parte denunciada, en la cual se informa la fecha y hora de audiencia conciliatoria fijada para el día el 30/03/2016;
Que, a fs. 07 obra ACTA celebrada el 30 de Marzo de 2016 donde comparece a la audiencia de conciliación citada para el día de la feche se presenta la Sra. Cristina Ediht FERNANDEZ titular del DNI Nº 32.178.461, con domicilio en calle Pje. Haití Nº 59, de la ciudad de Río Gallegos quien trabajaba para el SR. José PICONO y/o Ana SLAMOVITS SRL titular del DNI Nº23.029.472, con domicilio en calle Muratore Nº 364 de la ciudad de Río Gallegos, toma la palabra la Sra. Fernández quien ratifica la demanda en todos sus términos. Toma la palabra el funcionario actuante quien manifiesta que se le otorga una nueva fecha de audiencia para el día 14
de Abril de 2016 a las 12:00 hs. quedando debidamente notificada la Sra. Fernández; Que, a fs. 08 obra Cédulas de Notificación debidamente diligenciada a la parte denunciada, en la cual se informa la fecha y hora de audiencia conciliatoria fijada para el día el 14/04/2016;
Que, a fs. 09 obra ACTA celebrada el 14 de Abril de 2016 comparece previamente citada la Sra. Cristina Ediht FERNANDEZ quien manifiesta que ratifica su demanda a fs. 2 en todos los términos y solicita se le den por decaídos los derechos al denunciado. El funcionario actuante y ante la incomparencia a las audiencias injustificada de la parte demandada, la autoridad laboral le da por decaídos los derechos según lo establecido en el Art. 4 de la Ley 2450. El funcionario actuante fija fecha de audiencia para el día 28/04/2016;
Que, a fs. 10/11 obran Exposición Policial de la parte demandante y de la parte denunciada haciendo sus respectivos descargos; Que, a fs. 12/14 obran Cédula de Notificación a la parte demandada mediante la Fuerza Pública, deberá presentarse a la audiencia de conciliación para el día 28/04/2016; Que, a fs. 15 obra Acta de fecha 28 de Abril de 2016, se presenta previamente citada la Sra. Cristina Ediht FERNANDEZ, titular del DNI Nº 32.178.46, y ante la inconcurrencia de la parte demandada José PICONE y/o Ana SLAMOVITS, pese a estar fehacientemente notificado según la comunicación telefónica mantenida con el agente de la Comisaría Seccional 1º, la parte denunciante manifiesta que ante la no presentación del demandado solicita se le den por decaídos los derechos y se me permita aportar pruebas a mi favor. El funcionario actuante le otorga un plazo de cinco días hábiles, que se presentarán el día 13/05/2016 para la presentación de testigos; Que, a fs. 17 obra mediante Cédula de Notificación que se le dan por Decaídos sus Derechos de acuerdo a lo estipulado en el Art. 4º de la Ley 2450 de Procedimientos Administrativo en lo Laboral; Que, a fs.18 obra Testigo y Acta Testimonial aportadas por la parte denunciante;
Que, a fs. 21 remitidas las actuaciones a la División Liquidaciones, la misma practica la cuantificación de los rubros reclamados por un total de PESOS SIETE MIL
SEISCIENTOS CINCUENTAY OCHO CON 52/100
$ 7.658,52; Que, conforme a las facultades conferidas por el Art. 8º y 10º de Ley 2.450, de Procedimiento Administrativo en lo Laboral de la Provincia de Santa Cruz, en concordancia con el Dictamen Nº 752/DPAJ/16
obrante a fs. 22, debe dictarse el acto administrativo correspondiente; POR ELLO: EL SECRETARIO DE
ESTADO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE ARTICULO 1: DEJAR EXPEDITA
LA VIA JUDICIAL, al Sr. José PICONO y/o Ana SLAMOVITS SRL titular del DNI Nº23.029.472, con domicilio en calle Muratore Nº 364 de la ciudad de Río Gallegos, previo depósito o caución que garantice de modo suficiente sus obligaciones laborales, conforme los considerandos de la presente.- ARTICULO 2º:
DETERMINAR que el depósito previo asciende a la suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO CON 52/100 $ 7.658,52, la que deberá ser depositada en plazo de tres 3 días de notificada la presente en la Cta. Cte. Caución Nº 723446/3 de la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, en la Casa Central y/o sucursales del Banco Santa Cruz S.A., debiendo presentar ante este Organismo el respectivo comprobante de depósito dentro de las 48 hs. de efectuado el mismo. ARTICULO 3º:
La falta de acreditación de la constancia de depósito, ante esta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, dentro de los plazos estipulados en el Ar. Anterior, dará lugar a la aplicación de la sanción correspondiente conforme a lo dispuesto en el Anexo II Capítulo 2
Artículo 8 del Pacto Federal del Trabajo ratificado por Ley 25.212 y Ley Provincial Nº 2560/96, por obstrucción
BOLETIN OFICIAL
a la Autoridad Laboral conforme lo normado por el Art. 48º de la Ley 2450.-ARTICULO 4º: Regístrese, Notifíquese y Cumplido ARCHÍVESE.-

P-2

MARIA ELINA SANDOVAL
Directora General de Trabajo Secretaría de Estado de Trabajo y S.S.
Ministerio de Gobierno ________

CEDULA DE NOTIFICACION A:
la R/S SPTE AGUILAR ELIANA ROCIO
Me dirijo a Ud. en Autos Caratulados: AGUILAR
ELIANA ROCIO y AGUILAR LAURA NOELIA
SOBRE RECLAMO LABORAL CONTRA RAZON SOCIAL S.P.T.E. que se tramita por ante la Dirección de Pico Truncado, dependiente de esta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social bajo Expediente, N17825/2011 que se ha dictado la Resolución Nº 486/
SETySS/2015 que transcripta en sus partes pertinentes dice así: V I S T O: Que, fs. 02 obra acta denuncia formulada por la Sra. AGUILAR ELIANA ROCIO
titular del DNI N 34.869.811 con domicilio en B Perón casa N131 de la localidad de Pico Truncado, contra la Razón Social SPTE SINDICATO PROVINCIAL
DE TRABAJADORES ESTATALES, con domicilio en calle San Martín N 1057 de la ciudad de Río Gallegos. Formulando reclamo por los siguientes rubros:
INDEMNIZACION POR PERIODO TRABAJADO SIN REGISTRO DESDE EL 04/04/11- DIFERENCIAS SALARIALES SUGUN ESCALA
VIGENTEDIFERENCIAS DE HABERES CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL/11-DOCUMENTACION REGLAMENTARIA SEGÚN
LCT-APORTES JUBILATORIOS DURANTE
TODA LA RELACION LABORAL-ENTREGA
DE CERTIFICADO DE TRABAJAO Y CERTIFICADO DE SERVICIOS Y REMUNERACION Y
TODO OTRO CONCEPTO QUE POR LEY CORRESPONDIERE; Que, a fs. 03/05 obran pruebas documentales que hacen al derecho de defensa de la parte denunciante; Que, a fs. 06 obra Acta de Denuncia formulada por la Sra. AGUILAR LAURA NOELIA
titular del DNI N35.566.537 con domicilio en calle Viamonte N 1057 de la localidad de Pico Truncado, contra la Razón Social SPTE SINDICATO PROVINCIAL
DE TRABAJADORES ESTATALES, con domicilio en calle San Martín N 1057 de la ciudad de Río Gallegos. Formulando reclamo por los siguientes rubros:
INDEMNIZACION POR PERIODO TRABAJADO SIN REGISTRO DESDE EL 07/09/10 AL
10/06/11-DIFERENCIAS SALARIALES SUGUN ESCALA VIGENTEDIFERENCIAS DE HABERES
CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL/11DOCUMENTACION REGLAMENTARIA SEGÚN
LCT-APORTES JUBILATORIOS DURANTE TODA LA RELACION LABORAL-ENTREGA DE
CERTIFICADO DE TRABAJAO Y CERTIFICADO
DE SERVICIOS Y REMUNERACION Y TODO
OTRO CONCEPTO QUE POR LEY CORRESPONDIERE; Que, a fs. 07/09 obran pruebas documentales que hacen al derecho de defensa de la parte denunciante, Que, a fs. 10/11 obra carta documento debidamente diligenciada a la parte demandada Razón Social SPTE, informando fecha y hora de la audiencia fijada para el día 30/08/2011 a las 11:00 hs; Que, a fs. 12 obra Acta Audiencia de la fecha 30 de Agosto de 2011, donde se presenta la parte actora la Sra. AGUILAR ELIANA ROCIO DNI N 34.869.811
quien abierto el acto y tomada la palabra informa que la Sra. AGUILAR LAURA no asistirá a dicha audiencia por razones laborales y ante la ausencia injustificada de la parte demandada ratifica su reclamo en todo sus términos y solicita nueva fecha de audiencia. Atento a lo manifestado el Funcionario Actuante fija nueva fecha de audiencia para el 12/09/2011 a las 13:00 hs; Que, a fs. 13
obra Cédula de Notificación debidamente diligenciada a la parte demandada Razón Social SPTE, informando;
que se ha fijado nueva audiencia de conciliación para el día 12/09/2011 a las 13:00 hs; Que, a fs. 14 obra Carta Documento enviada por la parte demandada donde solicita se fije nueva audiencia a los mismos fines, ya que no podrá concurrir en la fecha fijada; Que, a fs.
15 obra acta denuncia de fecha 12 de septiembre de 2011, donde se presenta la parte demandante las Sras.
AGUILAR LAURA NOELIA DNI N 35.566.537

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/3/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha07/03/2017

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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