Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 14/5/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LX Nº 4933

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 14 de Mayo de 2015.-

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador Ing. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de Gobierno a/c Jefatura de Gabinete de Ministros C.P.N. EDGARDO RAUL VALFRE
Ministro de Economía y Obras Públicas Sr. MAURO ALEJANDRO CASARINI
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación Sr. HAROLD JOHN BARK
Ministro de la Producción Prof. GABRIELA ALEJANDRA PERALTA
Ministro de Desarrollo Social Dr. ROBERTO ALEJANDRO ORTIZ
Ministro de Salud Prof. SILVIA ALEJANDRA SANCHEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado
profesionalización de los integrantes de la fuerza policial que acompañe los avances en organización, doctrina, equipamiento y esfuerzos operativos a los fines de impulsar la concreción de las políticas de seguridad;
Que para ello se deben estudiar en coordinación multiagencial con las demás áreas del gobierno las capacidades que deberán adquirir los efectivos policiales en el corto y mediano plazo acompañando los avances tecnológicos y el rumbo que el poder político impone a dicha fuerza;
Que lo expuesto hace necesaria la existencia de un órgano que asesore al Ministro y contribuya en el estudio y planificación de todo lo relacionado a la búsqueda de mejorar la capacitación y profesionalización de los integrantes de la Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que dichas tareas tienen un carácter evolutivo permanente y que el Estado debe fijar las políticas que permitan atenuar las causas y condiciones de inseguridad preparando profesionalmente a su personal para optimizar la distribución de los recursos humanos asignados para el logro de los objetivos;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades conferidas, por el Artículo 119, Incisos 5, 13 y 18 de la Constitución Provincial;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 808/14, emitido por la Asesoría Letrada, obrante a fojas 10;

decretoS del poder ejecutivo DECRETO Nº 1796
RIO GALLEGOS, 14 de Octubre de 2014.VISTO:
El Expediente MG-Nº 12.289-R/12, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el presente actuado la Jefatura de Policía tramita la Exoneración del agente de Policía, Fabián Enrique ARJONA, a partir del día de la fecha;
Que el presente sumario administrativo ha sido iniciado a raíz de la recepción de la Nota Nº 073-RCRIA.1RAPT/11, conforme la cual se informa que el Juzgado de Instrucción Nº 1 con asiento en la localidad de Pico Truncado, mediante Oficio Judicial Nº 2880/11, ha ordenado la detención del Señor Fabián Enrique ARJONA, en carácter de incomunicado;
Que en virtud de ello se emite la Disposición Nº 1407-D1R de fecha 18 de noviembre del año 2011, declarando en Situación de Pasiva al agente Fabián Enrique ARJONA, por aplicación del Artículo 119
Inc. D en consonancia con el Art. 152 Inc. B de la Ley 746;
Que posteriormente se recepciona Oficio Judicial Nº 1137/13 procedente de la Exma. Cámara en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial, mediante el cual se informa que en fecha 28 de agosto del año 2013 se ha dictado sentencia contra el señor Fabián Enrique ARJONA, disponiendo una pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo, encontrándose firme a la fecha;
Que notificado de la sustanciación del sumario administrativo y del derecho que le asiste a ofrecer el descargo correspondiente, el agente Fabián Enrique ARJONA, realiza manifestaciones ajenas al contenido del sumario sin aportar pruebas que hacen a su derecho;
Que como consecuencia de los elementos de juicios acumulados se emite la Disposición 470 D1 R/14
por la cual el señor Jefe de Policía de la Provincia ENCUADRA la conducta del agente de Policía Fabián Enrique ARJONA como falta grave de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9º del RRDP
Conf. Art.1 del Acto Administrativo de mención y PROPICIA ante el Poder Ejecutivo el dictado del Instrumento Legal que decrete la Exoneración del nombrado de acuerdo a lo previsto en el Art. 36 del RRDP concordante con el Art. 62 de la Ley 746/72;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 490/14, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno obrante a fojas 89 y a Nota SLyT-GOBNº 742/14, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 97;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- EXONERASE, a partir del día de la
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4933 DE 20 PAGINAS

fecha, al Agente de Policía Fabian Enrique ARJONA
Clase 1987 - D.N.I.Nº 32.072.926, en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su trasgresión al Artículo 9º del R.R.D.P., y por aplicación del Artículo 36 del RRDP, en concordancia con el Artículo 62 - Inciso b de la Ley Nº 746, con situación de revista en el ANEXO: Ministerio de Gobierno - ITEM:
Policía Provincial - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD: Servicios de Seguridad FUNCION: Policía Interior - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDA PRINCIPAL: Gastos en Personal - PARTIDA PARCIAL: Personal Permanente - PARTIDAS SUBPARCIALES: Retribuciones del Cargo - Complementos, del Ejercicio 2014
- Prórroga del Presupuesto 2013.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA - Ing. Gustavo Ernesto Martínez ________
DECRETO Nº 1797
RIO GALLEGOS, 14 de Octubre de 2014.VISTO:
El Expediente MG-N 502.872/14, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad ineludible del Estado, la formulación de políticas públicas de seguridad y que para su efectiva implementación es necesario desde el Poder Ejecutivo Provincial propender en la búsqueda de un grado de capacitación acorde a los proyectos del área que presentan una constante evolución;
Que compete al Ministerio de Gobierno asistir al S.E. el Señor Gobernador de la Provincia de Santa Cruz, en orden a sus competencias en todo lo concerniente a la seguridad interior;
Que es necesario entender en la capacitación y
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- CREASE, a partir del día de la fecha, la Asesoría de Capacitación y Profesionalización Policial, órgano de carácter técnico, dependiente del Ministerio de Gobierno.Artículo 2º.- La Asesoría será responsable del estudio y planificación de todo lo relacionado a la búsqueda de mejorar la capacitación y profesionalización de los integrantes de la Policía de la Provincia de Santa Cruz a los fines de proponer las acciones relacionadas al Ministro de Gobierno.Artículo 3º.- La Asesoría tendrá como funciones informar y proponer al Ministro de Gobierno programas referentes a:
a Desarrollar en colaboración con la U.N.P.A.
y otros establecimientos de carácter educativo los convenios pertinentes para la creación y desarrollo de diferentes Licenciaturas y toda otra carrera, cursos y tecnicaturas que puedan mejorar la profesionalización de todas las demás especialidades policiales.b Fortalecimiento del sistema de formación policial.c Actualización de currículas y programas pedagógicos de los Institutos de formación básica de la Policía de Santa Cruz.d Proyectos de titulación intermedia como auxi-liar para el personal subalterno sobre la base de las tecnicaturas existentes en Seguridad ciudadana, Siniestros y Criminalística y las que se incorporen a futuro.e Elaborar y proponer sistemas de capacitación orientada al desarrollo de competencias.f Desarrollar propuestas a los contenidos de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 14/5/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha14/05/2015

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1764

Primera edición19/02/2002

Ultima edición25/06/2024

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