Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/12/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

RIO GALLEGOS, 18 de Diciembre de 2014.-

firmación del Federalismo Eléctrico en la República Argentina, suscripto el día 9 de abril del año 2014, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el entonces Jefe de Gabinete de Ministros Contador Público Nacional Roberto Ariel IVOVICH, por una parte y por la otra, la Nación, representada en este acto por el Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Arquitecto Julio Miguel DE VIDO, ratificado mediante Decreto Nº 787/14, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA - Ingº. Gustavo Ernesto Martínez ________
LEY Nº 3401
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona Con Fuerza de:
Ley Artículo 1.- APRUEBASE en todos sus términos el Convenio Específico para la Ampliación de la Potenciación y Reparación del Parque de Generación de Río Gallegos, suscripto el día 19 de marzo del año 2014, entre la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios representado por el entonces Secretario de Energía Ingeniero Daniel Omar CAMERON y Servicios Públicos Sociedad del Estado de la provincia de Santa Cruz, representada por el señor Presidente Don Julián OSORIO, que fuera ratificado por Decreto Provincial Nº 854/14, el cual forma parte integrante de la presente.Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 13 de noviembre de 2014.Esc. Fernando Fabio COTILLO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz Prof. Daniel Alberto NOTARO
Prosecretario Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 2451
RIO GALLEGOS, 09 de Diciembre de 2014.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de noviembre de 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se RATIFICA en todos sus términos el CONVENIO ESPECIFICO
PARA LA AMPLIACIÓN DE LA POTENCIACIÓN Y REPARACION DEL PARQUE DE GENERACIÓN DE RIO GALLEGOS, suscripto el día 19 de marzo del año 2014, entre la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios representado por el entonces Secretario de Energía Ingeniero Daniel Omar CAMERON y Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Cruz, representado por su Presidente, don Julián OSORIO, que fuera ratificado por Decreto Nº 854/14, el cual forma parte integrante del presente;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4894 DE 22 PAGINAS

Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1314/14, emitida por la Secretaría legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3401
la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de noviembre del año 2014, mediante la cual se RATIFICA
en todos sus términos el CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA POTENCIACIÓN Y REPARACIÓN DEL PARQUE DE GENERACIÓN DE RÍO GALLEGOS, suscripto el día 19 de marzo del año 2014, entre la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios representado por el entonces Secretario de Energía Ingeniero Daniel Omar CAMERON y Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Cruz, representado por su Presidente don Julián OSORIO, que fuera ratificado por Decreto Nº 854/14, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA - Ingº. Gustavo Ernesto Martínez ________
LEY Nº 3402
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- APRUÉBASE en todos sus términos el Convenio Marco para la Ampliación de la Potenciación y Reparación del Parque de Generación de Río Gallegos, suscripto con fecha 19 de marzo del año 2014, entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representado por su titular Arquitecto Julio Miguel DE VIDO y la provincia de Santa Cruz, representada por el señor Gobernador Don Daniel Román PERALTA, que fuera ratificado por Decreto Provincial Nº 853/14, el cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS; 13 de noviembre de 2014.Esc. FERNANDO FABIO COTILLO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz Prof. DANIEL ALBERTO NOTARO
Prosecretario Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 2452
RIO GALLEGOS, 09 de Diciembre de 2014.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de noviembre de 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se RATIFICA en todos sus términos el CONVENIO MARCO PARA
LA AMPLIACIÓN DE LA POTENCIACIÓN Y
REPARACIÓN DEL PARQUE DE GENERA-

BOLETIN OFICIAL
CIÓN DE RÍO GALLEGOS suscripto con fecha 19 de marzo del año 2014 entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representado por su titular Arq. Julio Miguel DE VIDO, y la Provincia de Santa Cruz representada por el Sr. Gobernador de la Provincia, Don Daniel Román PERALTA, que fuera ratificado por Decreto Nº 853/14, el cual forma parte integrante del presente;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1313/14, emitida por la Secretaría legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3402 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de noviembre del año 2014, mediante la cual se RATIFICA en todos sus términos el CONVENIO MARCO PARA
LA AMPLIACIÓN DE LA POTENCIACIÓN Y
REPARACIÓN DEL PARQUE DE GENERACIÓN DE RIO GALLEGOS suscripto con fecha 19 de marzo del año 2014 entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representado por su titular Arq. Julio Miguel DE VIDO, y la Provincia de Santa Cruz representada por el Sr. Gobernador de la Provincia, Don Daniel Román PERALTA, que fuera ratificado por Decreto Nº 853/14, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - Ingº. Gustavo Ernesto Martínez _______
LEY Nº 3403
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- APRUÉBASE en todos sus términos el Acta de Cooperación y Asistencia Técnica, suscripto con fecha 28 de abril del año 2014, entre la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, representada por su titular Contador Jorge Milton CAPITANICH, y las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Tucumán, y la provincia de Santa Cruz representada por el señor Gobernador Daniel Román PERALTA, que fuera ratificado por Decreto Provincial Nº 988/14, el cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS; 13 de noviembre de 2014.Esc. FERNANDO FABIO COTILLO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz Prof. DANIEL ALBERTO NOTARO
Prosecretario Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/12/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha18/12/2014

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1766

Primera edición19/02/2002

Ultima edición08/07/2024

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