Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/7/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

RIO GALLEGOS, 15 de Julio de 2014.-

LEY Nº 3362
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- APRUEBASE en todos sus términos el Convenio suscripto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 8 de febrero de 2012, entre la Subsecretaría de Planeamiento de la provincia de Santa Cruz, representada por su titular señor José Luis GARRIDO y el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representado por su Directora Licenciada Ana María EDWIN, el cual fuera ratificado mediante Decreto N 1328 con fecha 28
de junio de 2012, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 22 de Mayo de 2014.Esc. FERNANDO FABIO COTILLO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0844
RIO GALLEGOS, 13 de Junio de 2014.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo del año 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley, se APRUEBA en todos sus términos el Convenio suscripto en la ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 8 de febrero de 2012, entre la Subsecretaría de Planeamiento de la Provincia de Santa Cruz, representada por su entonces titular señor José Luis GARRIDO y el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representado por su Directora Licenciada Ana María EDWIN, ratificado mediante Decreto Nº 1328
de fecha 28 de junio de 2012, el cual forma parte integrante del mismo;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3362
la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo del año 2014, mediante la cual se APRUEBA en todos sus términos el Convenio suscripto en la ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 8 de febrero de 2012, entre la Subsecretaría de Planeamiento de la Provincia de Santa Cruz, representada por su entonces titular señor José Luis GARRIDO y el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representado por su Directora Licenciada Ana María EDWIN, ratificado mediante Decreto Nº 1328
de fecha 28 de junio de 2012, el cual forma parte integrante del mismo.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Sr. José Luis Garrido
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4839 DE 24 PAGINAS

LEY Nº 3363
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- APRUEBASE en todos sus términos el Convenio suscripto con fecha 26 de octubre de 2012, entre la Dirección Provincial de Estadística y Censos representada en este acto por su Director, Ingeniero Jorge Luis NAGUIL y el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representada en este acto por su Directora Licenciada Ana María EDWIN, con el objeto de dar cumplimiento al Primer Ampliatorio del Convenio Marco 2012, Encuesta Nacional sobre la Calidad de Vida de los Adultos Mayores 2012 ENCaVIAM-2012, ratificado por Decreto Provincial N 958/13, el cual forma parte integrante de la presente.Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 22 de Mayo de 2014.JORGE MARIO ARABEL
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0845
RIO GALLEGOS, 13 de Junio de 2014.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley, se APRUEBA
en todos sus términos el Convenio suscripto con fecha 26 de octubre de 2012, entre la Dirección Provincial de Estadística y Censos representada en este acto por su Director, Ingeniero Jorge Luis NAGUIL y el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representada en este acto por su Directora Licenciada Ana María EDWIN, con el objeto de dar cumplimiento al Primer Ampliatorio del Convenio Marco 2012, Encuesta Nacional sobre la Calidad de Vida de los Adultos Mayores 2012 ENCaVIAM-2012, ratificado por Decreto Provincial Nº 958/13, el cual forma parte integrante del presente;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3363
la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2014, mediante la cual se APRUEBA en todos sus términos el Convenio suscripto con fecha 26 de octubre de 2012, entre la Dirección Provincial de Estadística y Censos representada en este acto por su Director, Ingeniero Jorge Luis NAGUIL y el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representada en este acto por su Directora Licenciada Ana María EDWIN, con el objeto de dar cumplimiento al Primer Ampliatorio del Convenio Marco 2012, Encuesta Nacional sobre la Calidad de Vida de los Adultos Mayores 2012 ENCaVIAM-2012, ratificado por Decreto Provincial Nº 958/13, el cual forma parte integrante del presente.-

BOLETIN OFICIAL
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Sr. José Luis Garrido _________
LEY Nº 3364
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- APRUEBASE en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 28 de diciembre de 2012, entre la Dirección Provincial de Estadística y Censos dependiente del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación de Santa Cruz, representada en este acto por su Director, Ingeniero Jorge Luis NAGUIL y el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representado por la titular de esa cartera, Licenciada Ana María EDWIN, que tiene por finalidad establecer una cooperación técnica y financiera a fin de dar cumplimiento al Programa de Estadística 2013; el cual forma parte integrante de la presente.Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 22 de Mayo de 2014.JORGE MARIO ARABEL
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0846
RIO GALLEGOS, 13 de Junio de 2014.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley, se APRUEBA en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 28 de diciembre de 2012, entre la Dirección Provincial de Estadística y Censos dependiente del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación de Santa Cruz, representada en este acto por su Director, Ingeniero Jorge Luis NAGUIL
y el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, representado por la titular de esa cartera, Licenciada Ana María EDWIN, que tiene por finalidad establecer una cooperación técnica y financiera a fin de dar cumplimiento al Programa de Estadística 2013, el cual forma parte integrante del presente;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3364
la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2014, mediante la cual se APRUEBA en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 28 de diciembre de 2012, entre la Dirección Provincial de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/7/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha15/07/2014

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1773

Primera edición19/02/2002

Ultima edición01/08/2024

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