Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/12/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
la mencionada ciudad, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social;
Que asimismo se deberá ratificar el Contrato celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado en este acto por su titular, señora Elsa Beatriz CAPUCHINELLI por una parte y por la otra la citada cooperativa, representada por su Presidente señora Maria Cristina FLORES, su secretario señor Alejandro Maximiliano CVJETANOVIC y su Tesorera señora Sandra Andrea ZELICH;
Que el referido Contrato tendrá vigencia, a partir del día 1º de agosto del año 2012, por el término de doce 12 meses, el cual podrá ser renovado por hasta igual período de tiempo, cuando a juicio del Ministerio, se den las condiciones de eficiencia en el Servicio, previa conformidad de la Cooperativa, manteniendo las mismas condiciones en que venía desarrollándose y en los mismos valores del Contrato Inicial, según lo establecido en su cláusula Décima Quinta;
Que atento a los plazos establecidos, se deja constancia que el importe a afectar el presente Ejercicio Financiero, asciende a la suma de PESOS
TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON
OCHENTA CENTAVOS $ 377.484,80, correspondiente al período comprendido entre los meses de agosto a diciembre del año 2012 inclusive, a razón de PESOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON NOVENTA Y
SEIS CENTAVOS $ 75.496,96, debiéndose afectar al próximo ejercicio financiero la suma de PESOS
QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON SETENTA
Y DOS CENTAVOS $ 528.478,72, por el período comprendido entre los meses de enero a julio del año 2013 inclusive;
Que la presente contratación de servicios se realiza conforme a lo estipulado por la Ley Nº 760 de Contabilidad, sus modificatorias Leyes Nros. 2278, 2592 y 2732 y Decreto Reglamentario Nº 263/82
modificado por Decreto Nº 1812/10, en su Artículo 26º - Punto 3 Inciso p - Para adquirir bienes o Servicios que realicen o presten las Cooperativas de Trabajo con domicilio en la Provincia, que fueran promovidas por el Gobierno Provincial en función de Programas Sociales;
Que cabe mencionar que se cuenta con la autorización del Ministro de Economía y Obras Públicas, dando cumplimiento a lo expuesto en el Artículo 9º del Decreto Nº 005/12;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 1053/12, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 74 y a Nota SLyT-Nº 2066/12, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 80;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- CONTRATAR con la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales: JUNIO 28
LIMITADA, Matrícula Nº 29.161, C.U.I.T. Nº 33-71103995-9, con domicilio en Barrio Unión calle Jujuy Nº 1968 de la ciudad de Caleta Olivia, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS
CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y
TRES CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS
$ 905.963,52, en concepto de Servicio de Saneamiento Ambiental y Mantenimiento de los Centros Integradores Comunitarios Virgen del Valle, Gobernador Gregores y San Cayetano de la mencionada ciudad, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.Artículo 2º.- RATIFICAR en todas su partes el contrato celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social representado en este acto por su titular, señora Elsa Beatriz CAPUCHINELLI D.N.I. Nº 10.431.995, por una parte y por la otra la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales: JUNIO 28
LIMITADA, representada por su Presidente señora Maria Cristina FLORES D.N.I. Nº 23.158.565, su Secretario señor Alejandro Maximiliano CVJETA-

RIO GALLEGOS, 17 de Diciembre de 2013.NOVIC D.N.I. Nº 35.568.150 y su Tesorera señora Sandra Andrea ZELICH D.N.I. Nº 24.302.366
de conformidad a las dieciocho 18 Cláusulas y Anexo I, el referido Contrato tendrá vigencia, a partir del día 1º de agosto del año 2012, por el término de doce 12 meses, el cual podrá ser renovado por hasta igual periodo de tiempo, cuando a juicio del Ministerio, se den las condiciones de eficiencia en el Servicio, previa conformidad de la Cooperativa, manteniendo las mismas condiciones en que venía desarrollándose y en los mismos valores de Contrato Inicial, según lo establecido en su cláusula Décima Quinta y que como ANEXO I forma parte integrante del presente, atento a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 3º.- AFECTAR la suma total de PESOS
TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON
OCHENTA CENTAVOS $ 377.484,80, con cargo al ANEXO: Ministerio de Desarrollo Social - ÍTEM:
Subsecretaría de Abordaje Territorial - CARACTER:
Administración Central - FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCIÓN: Servicios de Acción Social - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR:
Operación - PARTIDA PRINCIPAL: Servicios No Personales - PARTIDA PARCIAL: Otros Servicios - PARTIDA SUBPARCIAL: Otros N.e.p., del Presupuesto 2012.Artículo 4º.- ABONAR a la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales: JUNIO 28 LIMITADA, la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA
Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA
Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS $
377.484,80, a razón de PESOS SETENTA Y
CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA
Y SEIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS
$ 75.496,96, mensuales, a partir del día 1º de agosto del año 2012 y por el término de seis 6 meses.Artículo 5º.- DEJAR CONSTANCIA que la suma correspondiente a los meses de enero a julio del año 2013 inclusive, será afectada al próximo Ejercicio Financiero.Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 7º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA Sra. Elsa Beatriz Capuchinelli ________
DECRETO Nº 2205
RIO GALLEGOS, 01 de Noviembre de 2012.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 207.435/12, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se propicia la ratificación del Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el entonces Secretario de Gestión y Articulación Institucional, don Sergio Alejandro BERNI por una parte y por la otra, la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Cruz representada por la entonces Subsecretaría de Niñez Adolescencia y Familia, Licenciada Carolina Alessia TRAVAINI;
Que el mismo se realizó en el marco de lo establecido por la Resolución MDS-Nº 2458/04, con el objeto de contribuir a la inclusión social y garantizar el éxito de lo previsto en la Ley Nacional Nº 26.061
y Ley Provincial Nº 3062, en la implementación práctica de los Programas que se apliquen para la promoción o restitución de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 1155/12, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4783 DE 26 PAGINAS

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fojas 15 y a Nota SLyT-GOB-Nº 2065/12, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 17;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICASE en todas sus partes el Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el entonces Secretario de Gestión y Articulación Institucional, don Sergio Alejandro BERNI por una parte y por la otra, la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Cruz representada por la entonces Subsecretaría de Niñez Adolescencia y Familia, Licenciada Carolina Alessia TRAVAINI, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaría en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social quien remitirá copia del presente ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA Sra. Elsa Beatriz Capuchinelli ________
DECRETO Nº 2210
RIO GALLEGOS, 06 de Noviembre de 2012.V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 206.408/12, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decretos Nros. 1268/12 y 1275/12, se ratificó el Acta Compromiso y Convenio Marco, respectivamente, para el traspaso del entonces Instituto Policial de Rehabilitación del Menor, denominado Centro Juvenil Socio-Educativo, dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social;
Que en su Artículo 3º del Decreto Nº 1268 de fecha 21 de junio del año 2012, faculta al Ministerio de Desarrollo Social a modificar la Estructura Orgánica Funcional, aprobada mediante Decreto Nº 259/12, para la incorporación de dicho Centro Juvenil;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 1058/12, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 112 y a Nota SLyT-GOB-Nº 2002/12, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 123;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- MODIFICASE la Estructura Orgánica Funcional de la Dirección Provincial de Responsabilidad Penal Juvenil de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, aprobada mediante Decreto Nº 259/12.Artículo 2º.- APRUEBASE e INCORPORASE
a partir del día 1º de julio del año 2012, la nueva Estructura Organizativa de la Dirección Provincial de Responsabilidad Penal Juvenil dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, conforme a las misiones, funciones y organigrama adjuntas que como ANEXOS I y II, forman parte integrante del presente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA Sra. Elsa Beatriz Capuchinelli

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/12/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha17/12/2013

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1771

Primera edición19/02/2002

Ultima edición25/07/2024

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