Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/11/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LVIII Nº 4775

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1892
RIO GALLEGOS, 07 de Septiembre de 2012.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 206.390/12, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita Contratar Directamente a la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales ALEN Limitada, Matrícula Nº 32.705, C.U.I.T. Nº 30-70948106-8, con domicilio en calle Monseñor Magliano Nº 714 de nuestra ciudad capital, por la suma total de PESOS UN MILLON
SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO $ 1.741.824,00, en concepto de Servicio de Cocina, Auxiliar de Cocina, Distribución y Servido de Comidas en la Escuela Rural Fuentes del Coyle, Hogar Diurno de Ancianos Recuerdos Compartidos, Comedor Infantil del Centro Integrador Comunitario Santa María de Belén, Centro Integrador Comunitario Nuestra Señora del Carmen, Comedores Escolares Nros. 11, 41, 63, 33, 44 y Comedor Especial Nº 1, dependientes del Ministerio de Desarrollo Social;
Que asimismo se deberá ratificar el Contrato celebrado entre la citada Cooperativa, representada por su Presidente, señora María Celeste SAAVEDRA, su Secretaria señora Cristina PINDA, y su Tesorera señora Claudia MAMANI por una parte y por la otra, el Ministerio de Desarrollo Social, representado en este acto por su titular, señora Elsa Beatriz CAPUCHINELLI, constituyendo domicilio en su público despacho, sito en calle Salta Nº 75 de nuestra ciudad capital;
Que el referido Contrato tendrá vigencia, a partir del día 1º de agosto del año 2012, por el término de doce 12 meses, el cual podrá ser renovado por igual período, por acuerdo de partes en forma sucesiva y bajo las mismas condiciones, valores y términos que el Contrato inicial, según lo establecido en su cláusula Décima Quinta;
Que atento a los plazos establecidos, se deja constancia que el importe total a afectar al presente Ejercicio Financiero, asciende a la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTICINCO MIL
SETECIENTOS SESENTA $ 725.760,00, correspondiente al período comprendido entre los meses de agosto a diciembre del año 2012, debiéndose afectar al próximo ejercicio financiero la suma de PESOS UN MILLON DIECISEIS MIL SESENTA
Y CUATRO $ 1.016.064,00, correspondientes a los meses de enero a julio del año 2013;
Que la presente contratación de servicios se realiza conforme a lo estipulado por la Ley Nº 760 de Contabilidad, sus Modificatorias Leyes Nros. 2278, 2592 y 2732 y Decreto Reglamentario Nº 263/82
modificado por Decreto Nº 1812/10, en su Artículo 26º - Punto 3 - Inciso p - Para adquirir bienes o Servicios que realicen o presten las Cooperativas de Trabajo con domicilio en la Provincia, que fueran promovidas por el Gobierno Provincial en función de Programas Sociales;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4775 DE 14 PAGINAS

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador C.P.N. ROBERTO ARIEL IVOVICH
Ministro Secretario Jefatura de Gabinete de Ministros Sr. ENRIQUE DANIEL SLOPER
Ministro de Gobierno Lic. PAOLA NATALIA KNOOP
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación Dr. JOSE CARLOS ANDRES BLASSIOTTO
Ministro de Economía y Obras Públicas Lic. HECTOR RAFAEL GILMARTIN
Ministro de la Producción Prof. ARGENTINA NIEVES BEROIZA
Ministro de Desarrollo Social Dr. JULIO ESTEBAN VIZCONTI
Ministro de Salud Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado Que cabe mencionar que se cuenta con la autorización del Ministerio de Economía y Obras Públicas dando cumplimiento al Artículo 9º del Decreto Nº 005-12;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 715/12, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 171;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- CONTRATAR DIRECTAMENTE
con la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales ALEN Limitada, Matrícula Nº 32.705, C.U.I.T.
Nº 30-70948106-8, con domicilio en calle Monseñor Magliano Nº 714 de nuestra ciudad capital, por la suma total de PESOS UN MILLON SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS
VEINTICUATRO $ 1.741.824,00, en concepto de Servicio de Cocina, Auxiliar de Cocina, Distribución y Servido de Comidas en la Escuela Rural Fuentes del Coyle, Hogar Diurno de Ancianos Recuerdos Compartidos, Comedor Infantil del Centro Integrador Comunitario Santa María de Belén, Centro Integrador Comunitario Nuestra Señora del Carmen, Comedores Escolares Nros. 11, 41, 63, 33, 44
y Comedor Especial Nº 1, dependientes del Ministerio de Desarrollo Social.Artículo 2º.- RATIFICAR en todas su partes el contrato celebrado entre la Cooperativa citada precedentemente representada por su Presidente señora María Celeste SAAVEDRA D.N.I. Nº 27.098.726, su Secretaria señora Cristina PINDA D.N.I. Nº 28.490.492, y su Tesorera señora Claudia MAMANI
D.N.I. Nº 33.447.113, por una parte y por la otra, el Ministerio de Desarrollo Social representado en este acto por su titular, señora Elsa Beatriz CAPUCHINELLI D.N.I. Nº 10.431.995, constituyendo domicilio en su público despacho, sito en calle Salta Nº 75 de nuestra ciudad capital, de conformidad a las dieciocho 18 Cláusulas y Anexo, el referido Contrato tendrá vigencia, a partir del día 1º de agosto del año 2012, por el término de doce 12 meses, el cual podrá ser renovado por igual período, por acuerdo de partes en forma sucesiva y bajo las mismas condiciones, valores y términos que el contrato inicial, según lo establecido en su Cláusula Décima Quinta
RIO GALLEGOS, 26 de Noviembre de 2013.y que como ANEXO I forma parte integrante del presente, atento a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 3º.- AFECTAR la suma total de PESOS
SETECIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS SESENTA $ 725.760,00, con cargo al ANEXO:
Ministerio de Desarrollo Social - ITEM: Subsecretaría de Desarrollo Humano y Economía Social - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD: Servicios Sociales - FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social - SUB. FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social sin Discriminar - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDA PRINCIPAL:
Servicios no Personales - PARTIDA PARCIAL: Otros Servicios - PARTIDA SUB.PARCIAL: Otros N.e.p. del Ejercicio 2012.Artículo 4º.- DEJAR CONSTANCIA que la suma correspondiente a los meses de enero a julio del año 2013, será afectada al próximo Ejercicio Financiero.Artículo 5º.- ABONAR a la Cooperativa de Trabajo de Servicios Generales: ALEN Limitada, la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTICINCO
MIL SETECIENTOS SESENTA $ 725.760,00 a razón de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO
MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS $ 145.152,00, mensuales a partir del 1º de agosto del año 2012 y por el término de cinco 5 meses.Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 7º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía y Obras Públicas, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA Sra. Elsa Beatriz Capuchinelli ________
DECRETO Nº 1902
RIO GALLEGOS, 18 de Septiembre de 2012.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 112.729/12; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 1737 de fecha 27
de agosto de 2012 el Estado Provincial dispuso la intervención transitoria de la filial local de la firma VIEIRA ARGENTINA S.A. con sede en la localidad de Puerto Deseado, incluyendo los establecimientos principales, la planta de procesamiento de productos de mar e inmuebles conexos y los buques pesqueros vinculados a la explotación;
Que dicha medida se dictó en el marco de la crítica situación generada a consecuencia de la falta de responsabilidad legal y social de la citada empresa, que a tenor de los informes elevados por las autoridades competentes, cesó de modo imprevisto en su actividad, omitiendo cumplimentar las obligaciones legales contraídas con el estado provincial, entre ellas los compromisos laborales asumidos;
Que ello implicó la injerencia inmediata de las autoridades públicas, en sus distintos estamentos a fin de dictar las medidas conducentes a hacer efectivo el mantenimiento de las fuente de trabajo, máxime cuando se trata de una empresa con la capacidad

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/11/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha26/11/2013

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1766

Primera edición19/02/2002

Ultima edición08/07/2024

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