Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/10/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 12

Notifíquese a OroPlata S.A. Dése al Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.MARTAMAYORGA
Directora Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial P-3


DISPOSICION Nº 044
RIO GALLEGOS, 29 de Septiembre de 2010.VISTO:
El Expediente Nº 484.461/CAP/07, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONS IDERANDO:
Que mediante el mismo la Empresa Patagonia Gold S.A. solicita la renovación del permiso otorgado, para la extracción de agua pública de un manantial, ubicado en la intersección de las coordenadas Gauss Kruger X: 4.686.090 Y: 2.393.590, en la Estancia La Bajada, siendo la misma, propiedad de la empresa minera obra en expediente copia del certificado de dominio;
Que dichas captaciones tienen como objetivo, abastecer las necesidades para la realización de perforaciones a diamantina con fines exploratorios en el Proyecto el Tranquilo, ubicado en la localidad de San Julián;
Que el uso que se le dará al agua extraída será catalogado como uso especial, destinado a estudios de prospectos metalíferos;
Que obra Informe Técnico a fojas Nº 298 del mencionado expediente;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
1º OTORGAR permiso a favor de la Empresa Minera Patagonia Gold S.A., con domicilio dentro de la Provincia de Santa Cruz, en Pasaje Fenuglio 157, de la Ciudad de Río Gallegos; para el uso de agua pública en el Proyecto El Tranquilo, siendo el punto de captación la Estancia la Bajada, un manantial ubicado en la intersección de las coordenadas Gauss Krger X: 4.686.090 Y: 2.393.590, propiedad de la empresa, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.
2º Que la dotación que se autoriza es hasta un máximo de 75 m3/día, a utilizar en el Proyecto El Tranquilo, desde 01 de septiembre de 2010 hasta 01
de junio de 2011, previendo tres meses de interrupción en el invierno.
3º Establecer que el agua utilizada tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra estipulado en la Disposición Nº 22/
DPRH/09 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
4º Que a los efectos de establecer el consumo empleado, la empresa deberá instalar un caudalímetro en las instalaciones de captación de agua, dándose un plazo de 90 días, a partir de notificada la presente, para su instalación, caso contrario s e procederá a revocar el presente permiso y a dar cumplimiento con lo establecido en el Régimen de Multas por contravenciones de la Ley 1451.
5º Que la empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la correspondiente lectura del caudalímetro instalado, en carácter de declaración jurada, para su posterior certificación.

RIO GALLEGOS, 19 de Octubre de 2010.6º Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta C.A.P. Fondos de Terceros, Suc. Río Gallegos o en su defecto en nuestras oficinas citas en Gendarmería Nacional 1250 de la ciudad de Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.
7º El permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 03/03
Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial perteneciente a la Ley de Aguas 1451, de esta Dirección Provincial.
8º Facultar a los técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo considere conveniente.
9º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
10º Que tal lo establece el Artículo Nº 40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
11º REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección d e Administración. Notifíquese a Patagonia Gold S.A. dése al Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.MARTAMAYORGA
Dirección Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial P-1


DISPOSICION
S.P. y A.P.

DISPOSICION Nº 378

RIO GALLEGOS, 13 de Octubre de 2010.VISTO:
Los Expedientes Nros. 423.331, 423.334, 423.336
y 423.330-MP-10; y CONS IDERANDO:
Que por Disposiciones Nros. 278, 283, 286 y 269SPyAP-10 se inició sumario administrativo a los Señores FELIZ MALDONADO, CARLOS HANSES, JOSE NONQUE COMICHEO Y RICARDO ESPEJO respectivamente, por presunta infracción a la Ley Provincial de Pesca Nº 1464 y su Decreto Reglamentario Nº 195/83, en las fechas y por las causales que en cada caso se indican;
Que notificados fehacientemente los imputados en el marco del Art. 67º del Decreto Nº 195/83, se allanaron a los cargos abonando las multas correspondientes;
Que garantizado plenamente el derecho de defensa de los imputados y por razones de economía procesal, conforme a Dictamen Nº 244- AL-SPyAP-10
procede el dictado de un único documento resolutivo pertinen te;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y
ACTIVIDADES PORTUARIAS
D IS P O NE :
1º.-CONCLUIR los sumarios iniciados por Disposiciones Nros. 278, 283, 286 y 269-SPyAP-10, a lo s S eño res F ELIZ M ALDONADO, C ARLOS
HANSES, JOSE NONQUE COMICHEO Y RICARDO ESPEJO, por hallarse incursos en el Art. 57º Inc.
1 puntos 1.3 y 1.8; 1.3 y 1.1; 1.3 y 1.1; 1.8 y 1.3 del Decreto Nº 195/83 respectivamente, por lo expresado en los considerandos.2º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE a los imputados mediante Boletín Oficial, quienes ya abonaron las multas impuestas con cargo al Fondo Pro-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4436 DE 20 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
vincial de Pesca Cuenta Nº 921.761-1 Banco Santa Cru z.3º.- TOMEN CONOCIMIENTO: Dirección Provincial de Intereses Marítimos y Portuarios, Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección de Gestión Técnica Administrativa, pase a Dirección de Sumarios, Dirección de Administración, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.Lic. JUAN CARLOS BRACCALENTI
Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias Ministerio de la Producción SANTI G ERARDO NAVARRO
Director Gral. de Gestión Técnica Administrativa Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias ________

DISPOSICIONES
SINTETIZADAS
S.E.T.

DISPOSICION Nº 076

RIO GALLEGOS, 08 de Septiembre de 2010.Expediente Nº 422.345M.P./10; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y el Decreto Reglamentario Nº 2185.INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el Nº 1.236 en el rubro Alojamiento, al establecimiento denominado LA CASA
DEL DESCANSO, propiedad del señor DIP Julio Jacinto, D.N.I. Nº 4.750.243, sito en la calle Lavalle esquina Julia Dufour de la localidad de Comandante Luis Piedra Buena, en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente.
CLASIFICAR como DEPARTAMENTO DE
ALQUILER TEMPORARIO y CATEGORIZAR
como B, al establecimiento citado en el Artículo 1º.
La presente categoría de acuerdo al Art. 146 del Decreto Provincial Nº 2145/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto 2534/04 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.
NOTIFIQ UESE al Prestador.
ALEXIS GUSTAVO SIMUNOVIC
Secretario de Turismo Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 077
RIO GALLEGOS, 08 de Septiembre de 2010.Expediente Nº 424.147M.P. /10; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y el Decreto Reglamentario Nº 2185.INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el Nº 1.250 en el rubro Alojamiento al est ableci mient o den ominado POI NCENOT, propiedad de la firma POINCENOT S.A., C.U.I.T. Nº 30-71036370-2, sito en la Av. San Martín esq. Los Cóndores, de la localidad de El Chaltén, en un todo de acuerdo con los considerandos de la present e.
CLASIFICAR como HOSTERIA y CATEGORIZAR con 3 ESTRELLAS, al establecimiento citado en el Artículo 1º.
La presente categoría de acuerdo al Art. 146 del Decreto Provincial Nº 2145/09 tendrá una vigencia

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/10/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha19/10/2010

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1773

Primera edición19/02/2002

Ultima edición01/08/2024

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