Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/6/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

AÑO LIV Nº 4288
LEY Nº 3055

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

LEY

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobern ad or Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Min istro de la Jefatura de Gabi nete de Mi nistros Sr. CARLOS ALBERTO BARRETO
Mi nistro d e Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Mi nis tro de la Secretaría General de la Gob ernación C.P.N. JUAN MANUEL CAMPILLO
Ministro de Econ omía y Obras Públi cas Sr. HORACIO MATIAS MAZU
Mi nistro d e As untos Social es Ingº. JAIME HORACIO ALVAREZ
Minis tro de l a Producción Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Pres i den te del Consejo Provi nci al de Ed ucaci ón Dr. CARLOS JAVIER RAMOS
Fiscal de Estado
Artículo 1.- CO NCEDASE un nuevo plazo de trescientos sesenta y cinco 365 días, a partir de la sanción de la presente ley, a los beneficiarios de las Leyes 2936 y 3003 a fin de ejercer el derecho, conforme a lo establecido en su Artículo 7.Artículo 2.- COMUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 23 de Abril de 2009.-

DECRETO Nº 0969
RIO GALLEGOS, 18 de Mayo de 2009.V I ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Abril de 2009, mediante la cual se CO NCEDE un nuevo plazo de trescientos sesenta y cinco 365 días, a partir de la sanción de la presente Ley, a los beneficiarios de las Leyes Nros. 2936 y 3003 a fin de ejercer el derecho, conforme a lo establecido en su Artículo 7; y CONSIDE RANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- PRO MULGASE bajo el Nº 3055 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 23 deAbril de 2009, mediante la cual se CO NCEDE un nuevo plazo de trescientos sesenta y cinco 365 días, a partir de la sanción de la presente Ley, a los beneficiarios de las Leyes Nros. 2936 y 3003 a fin de ejercer el derecho, conforme a lo establecido en su Artículo 7.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Sociales.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Sr. Horacio Matías Mazú ________

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 0327

RIO GALLEGOS, 03 de Marzo de 2009.V I ST O :
El Expediente MSGG-Nº 319.234/09; y CONSIDE RANDO:

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerz a de :
LE Y

Dr. LUIS HERNAN MARTINEZ CRESPO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Prof. DANIEL ALBERTO NO TARO
Secretario General Honorable Cámara de Diputados
OFICIAL

Que mediante el mismo se tramita modificar la Estructura Orgánica Interna de la Dirección Provincial de Despacho de la Subsecretaría de Asuntos Administrativos del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación;
Que esta modificación se realiza en atención a la Ley de Ministerios Nº 3016 y en función de las nuevas responsabilidades que ha asumido el área actualmente denominado Departamento Mesa de Entrada y Salidas dependiente de la Dirección Provincial de Despacho de la Subsecretaría de Asuntos Administrativos del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, a partir del aumento de las unidades ministeriales que debe atender en su ámbito de actuación;
Que tal situación se genera fundamentalmente al habérsele asignado, además de la tarea documental registral de los ANEXOS: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación y Gobernación y sus dependencias, la atención del ingreso y egreso documental en general pertenecientes a la recientemente creada Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que asimismo se propicia asignar una mayor responsabilidad al área de División Control Registro y Verificación dependiente de la Dirección de Decretos de la Dirección Provincial de Despacho de la Subsecretaría de Asuntos Administrativos, a fin de brindar un mejor servicio y ejercer un mayor control por lo que se hace necesario proceder a la jerarquización del área asignándole el nivel de Departamento;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 119 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- APRUEBANSE los objetivos institucionales y el organigrama definido para la Dirección Mesa General de Entradas y Salidas y el Departamento Control, Registro y Verificación dependiente de la Dirección Provincial de Despacho de la Subsecretaría de Asuntos Administrativos del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación los cuales obran como ANEXOS I y II adjuntos que forman parte integrante del presente.Artículo 2º.- FACULTASE al señor Ministro de la Secretaría General de la Gobernación a disponer por vía de Resolución Ministerial la complementación de la estructura organizativa hasta el nivel sección.Artículo 3º.- SUPRIMASE, a partir del día de la fecha en el ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación ITEM: Planeamiento Una 1 Categoría 24 Personal Administrativo y T écnico y CREASE en el mismo ANEXO IT EM: Despacho Un 1 Cargo de Dirección Personal Autoridad Superior, la diferencia resultante será cubierta por las economías por no inversión existentes en el
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4288 DE 8 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 04 de Junio de 2009.-

citado ANEXO del Ejercicio 2009, prórroga de presupuesto 2008.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección de Personal y Dirección Provincial de Administración a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Ingº. Gustavo Ernesto Martínez ________
DECRETO Nº 0350
RIO GALLEGOS, 05 de Marzo de 2009.V I ST O :
El Expediente FOMICRUZ S.E.-Nº 151.655/07, iniciado por la Empresa Fomento Minero de Santa Cruz Sociedad del Estado; y CONSIDE RANDO:
Que la Empresa Fomento Minero de Santa Cruz Sociedad del Estado - FOMICRUZ S.E. - ha realizado el cierre del ejercicio económico del año 2006 que el Directorio por los actuados de referencia eleva a este Poder Ejecutivo Provincial la Memoria y el Balance General correspondiente al Ejercicio Económico finalizado el día 31 de Diciembre del año 2006, para su aprobación;
Que en mérito a ello, la Presidencia del Directorio de la citada empresa, aprobó el Estado Contable correspondiente al ejercicio económico citado precedentemente, mediante Resolución Nº 292/08, que luce a fojas 26;
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 20º del Estatuto Social, la Provincia de Santa Cruz, es única titular del capital accionario y en tal carácter los Decretos del Poder Ejecutivo tienen valor de Asamblea Unánime;
Que por Decreto Nº 942/91 se modificó elArtículo 22º del citado Estatuto indicándose como fecha de cierre del Ejercicio social el día 31 de Diciembre de cada año;
Por ello y atento a Nota SLyT-Nº 153/09, emitida por Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 30;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- APRUEBASE el Estado Contable correspondiente al Ejercicio Económico Nº 16 de la Empresa Fomento Minero de Santa Cruz Sociedad del Estado - FOMICRUZ S.E.-, finalizado el día 31
de Diciembre del año 2006, comprometiéndose el Estado de Situación Patrimonial, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, las Notas Contables y la Memoria del Directorio, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º.- PASE a Fomento Minero de Santa Cruz Sociedad del Estado - FOMICRUZ S.E. a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-C.P.N. Juan Manuel Campillo ________
DECRETO Nº 0356
RIO GALLEGOS, 05 de Marzo de 2009.V I ST O :
El Expediente MEOP-Nº 410.297/08, elevado por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/6/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha04/06/2009

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1764

Primera edición19/02/2002

Ultima edición25/06/2024

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