Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 20/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3406

173-5 QUEMU QUEMU
187-5 RANCUL
197-4 REALICO
015-8 ROLON
053-9 SANTA ISABEL
125-5 TELEN
044-8 URIBURU
161-0 25 DE MAYO
066-1 VERTIZ
126-3 VICTORICA
226-1 UNANUE

Santa Rosa, 20 de marzo de 2020

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164.000,00
43.400,00
80.000,00
37.000,00
284.208,00
40.000,00
12.000,00
155.100,00
18.000,00
125 500,00
10.000,00

SECRETARÍA DE RECURSOS
HÍDRICOS
Res. Nº 14 -11-III-20- Art. 1º.- Otorgar al Señor Juan José ANHELCHER D.N.I.: 23003127, PERMISO
precario y revocable, al sólo arbitrio de la Secretaría de Recursos Hídricos y sin derecho a indemnización alguna a favor del permisionario, para extraer un cupo máximo de hasta Treinta y Siete Metros Cúbicos diarios 37.000 lts/día de agua subterránea proveniente de dos perforaciones asentadas sobre el acuífero Valle Argentino y cuyas coordenadas geográficas son: Pozo 1 Latitud 370934,32"S, Longitud 632507,52"0 y Pozo 2 Latitud 3709:34,59"S: Longitud 632507,12"0.Art. 2.- El permiso se confiere por el término de DOS 2 años a partir de la vigencia de la presente.
Art. 3.- Dejar expresa constancia que el uso al que se limita el permiso otorgado es comercial para la elaboración de Productos Lácteos y un uso secundario de carácter Residencial.Art. 4.- Dejar establecido que el permisionario deberá denunciar ante la Secretaría de Recursos Hídricos la puesta en funcionamiento de futuras perforaciones, constituyendo su omisión motivo suficiente para revocar la presente.Art. 5º.-Si por cualquier circunstancia, el permisionario tuviera la necesidad de efectuar nuevas perforaciones, las mismas deberán construirse en un radio distante no menor a los 300 metros de la actual perforación, tanto de las que abastecen el servicio público como la que posee el permisionario en su planta industrial.Art. 6.- Déjase expresamente establecido que independientemente del Permiso otorgado mediante el artículo primero de la presente Resolución, semestralmente, el permisionario deberá realizar análisis de la calidad físicoquímico y bacteriológicos del agua extraída de las perforaciones y con la misma periodicidad informar el consumo diario existente en el inmueble de titularidad del permisionario, pudiendo la Secretaría de Recursos Hídricos efectuar controles, a través de Inspecciones, en el mencionado predio.Art. 7.- El permiso que se acuerda por la presente tiene carácter precario y no exime al Permisionario de las obligaciones que pudieran corresponderle por disposiciones de orden nacional, provincial y/o municipal, existentes o a dictarse.-

Pág. N 19

SECRETARÍA DE TURISMO
Res. Nº 20 -3-III-20-Art. 1º.- Inscríbase como Alojamiento Turístico, en los términos del Decreto N
3291/10 y la Disposición N 16/10 Subsecretaría de Turismo al establecimiento LUNA NUEVA titularidad de Franco Héctor José CATALANI D.N.I. Nº 21.429.622; sito en la calle Don Bosco N 894 de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa; EN LA
MODALIDAD ALOJAMIENTO EXTRAHOTELERO, clase DEPARTAMENTO O CASA DE
ALQUILER TURÍSTICO Artículo 90 Disposición N
16/10 - Subsecretaría de Turismo-.
Art. 2.- Regístrese al Establecimiento "LUNA
NUEVA", MODALIDAD ALOJAMIENTO EXTRAHOTELERO, clase DEPARTAMENTO O CASAS
DE ALQUILER, con el número de legajo 313, precedido del número de la presente Resolución en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos.Res. Nº 21 -3-III-20-Art. 1º.- Inscríbase como Alojamiento Turístico, en los términos del Decreto N
3291/10 y la Disposición N 16/10 Subsecretaría de Turismo al establecimiento CASA DORA ROSA
titularidad de María Laura AMENGUAL D.N.I. N
26.310.700; sito en la calle Passo N 366 de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa; EN LA
MODALIDAD ALOJAMIENTO EXTRAHOTELERO
clase DEPARTAMENTO O CASA DE ALQUILER
TURÍSTICO Artículo 90 Disposición N 16/10 Subsecretaría de Turismo-.Art. 2.- Regístrese al Establecimiento CASA
DORA ROSA, MODALIDAD ALOJAMIENTO
EXTRAHOTELERO, clase DEPARTAMENTO O
CASA DE ALQUILER TURÍSTICO, con el número de legajo 312, precedido del número de la presente Resolución en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos.
Res. Nº 26 -5-III-20-Art. 1º.- Regístrese como nuevo Titular del establecimiento LA POSADA sito en Ruta Nacional N 152 Km 26,5 de la localidad de General Acha, Provincia de La Pampa, al Señor ALONSO, Osvaldo Diego, DNI 12.740.178, en carácter de propietario, en los términos del Decreto N 3291/10 y la Disposición N 16/10 - Subsecretaría de Turismo.
Art. 2.- Ordénese la inscripción de las modificaciones señaladas en el artículo 1º, en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos Legajo N 16-81020.

INSTITUTO PROVINCIAL
AUTÁRQUICO DE VIVIENDA
Res. Nº 166 -9-III-20- Art. 1º.- Apruébase la Liquidación Final de Obra: PROGRAMA FEDERAL
DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS MEJOR VIVIR
CONSTRUCCIÓN
DE
92
SOLUCIONES

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 20/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha20/03/2020

Nro. de páginas39

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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