Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 24/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 18

Santa Rosa, 24 de enero de 2020

Decreto Nº 25 -13-I-20- Art. 1º.- Otórgase hasta la suma de $500.000,00 a quien/es aporte/n datos veraces y determinantes que permitan dar con la localización de EDUARDO CESAR ROS RAMÍREZ - D.N.I. N
27.626.643.
Art. 2º.- Quienes deseen aportar información, podrán hacerla ante la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de La Pampa, la Policía Provincial o ante el Ministerio Público Fiscal, solicitando reserva de la identidad, en los términos y con los alcances que establece el Código Procesal Penal de la Provincia.
Art. 3º.- El monto de la compensación económica establecida en el artículo 1 será abonado a quien/es la autoridad judicial indique, en mérito a la información suministrada y en las proporciones que la misma establezca en caso de información aportada por más de una persona.
Art. 4º.- El pago de la compensación económica a la persona o personas precitadas, se realizará por la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, a través de la Escribanía General de Gobierno, a cuyo fin este último organismo labrará el acta correspondiente cuya copia auténtica en sobre cerrado y lacrado será entregado a la autoridad judicial competente que intervenga en la causa, glosándose en el expediente de pago, la certificación pertinente.
Art. 5º.- Desígnase autoridad de aplicación del presente Decreto a la Subsecretaría Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Decreto Nº 26 -13-I-20- Art. 1º.- Otórgase hasta la suma de $500.000,00 a quien/es aporte/n datos veraces y determinantes que permitan dar con la localización de ANDREA NOEMÍ LÓPEZ.
Art. 2º.- Quienes deseen aportar información, podrán hacerlo ante la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de La Pampa, la Policía Provincial o ante el Ministerio Público Fiscal, solicitando reserva de la identidad, en los términos y con los alcances que establece el Código Procesal Penal de la Provincia.
Art. 3º.- El monto de la compensación económica establecida en el artículo 1 será abonado a quien/es la autoridad judicial indique, en mérito a la información suministrada y en las proporciones que la misma establezca en caso de información aportada por más de una persona.
Art. 4º.- El pago de la compensación económica a la persona o personas precitadas, se realizará por la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, a través de la Escribanía General de Gobierno, a cuyo fin este último organismo labrará el acta correspondiente cuya copia auténtica en sobre cerrado y lacrado será entregado a la autoridad judicial competente que intervenga en la causa, glosándose en el expediente de pago, la certificación pertinente.

BOLETÍN OFICIAL N 3398

Art. 5º.- Designase autoridad de aplicación del presente Decreto a la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Decreto Nº 27 -14-I-20- Art. 1º.- Desafectar al Sargento de Policía Juan José POMPOZZI D.N.I. N
28.003.906, Clase 1980; de la Agencia de Investigación Científica Sede General Pico - Ley N 3012 a partir de la fecha de su notificación acorde considerandos antes expresados.
Decreto Nº 28 -14-I-20- Art. 1º.- Modifícase la causal de cese prevista en el artículo 1 del Decreto N
3954/18 por el cual se diera de baja al Ex Cabo Primero de Policía Gastón Maximiliano Rubén GÓMEZ
SALVADOR, D.N.I. N 29.283.187, Clase 1982, por aplicación del artículo 132 inciso 5 de la Norma Jurídica de Facto N 1034/80, disponiendo la Destitución de la Policía de la Provincia con carácter de Cesantía, a partir de la fecha de su notificación particular, por resultar en sede administrativa responsable de la comisión de la falta prevista y sancionada por el artículo 62 inciso 12 de la Norma Jurídica de Facto N 1034/80.
Decreto Nº 29 -14-I-20- Art. 1º.- Adscribir a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2020, al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, a la agente Categoría 5- Intendente - Convenio 3 para el Personal de Radio y T.V. Ley N 643, Alicia Margarita DATO, D.N.I. N 13.956.749, Clase 1962, perteneciente a la Dirección General de Canal 3, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.
Decreto Nº 30 -14-I-20- Art. 1º.- Adscribir a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2020, al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, al agente Categoría 12 -Rama Servicios Generales - Ley N 643, Jorge Alberto AGERO VELÁZQUEZ D.N.I. N
21.428.817, Clase 1970, perteneciente a la Secretaría General de la Gobernación.
Decreto Nº 32 -14-I-20- Art. 1º.- Sustitúyase el artículo 37 del Decreto N 1714/19, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 37.- Otórgase al Delegado Organizador de la Comuna Casa de Piedra las facultades para contratar en forma directa que corresponden a Ministro, hasta el monto máximo del Nivel A-4 del Anexo I del presente, al solo efecto del cumplimiento de las funciones establecidas en el Decreto N 2058/04.
Art. 2.- Incorpórese como Artículo 37 bis del Decreto 1714/19, el siguiente texto:
Artículo 37 bis.- Autorízase al Delegado Organizador de la Comuna Casa de Piedra a contratar en forma directa y de carácter excepcional para la temporada de verano diciembre-marzo ambos inclusive de cada año, y por un monto de hasta $ 400.000 en total;
servicios de mantenimiento y control.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 24/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha24/01/2020

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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