Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 20

Santa Rosa, 27 de septiembre de 2019

BOLETÍN OFICIAL N 3381

de conductor del vehículo agrícola domino AUZ-93, que se ha dictado Resolución Nº 185/2019 por el Directorio de esta Repartición, en sesión Nº 1.782 de fecha 16 de Mayo de 2019, la que en su parte pertinente textualmente dice: Resuelve:
Artículo 1º: Tener por presentado en legal tiempo y forma el descargo ingresado a esta Repartición por parte del Señor Jorge Adrián LABORDE y hacer lugar a lo peticionado por el mismo, por los fundamentos esgrimidos en el punto III del Dictamen 197/2017 de Asesoría Legal de esta Repartición. Artículo 2º:
Dar por concluida la causa administrativa tramitada en el Expediente Nº 799/2016, Acta de Contravención Nº 3231, por infracción a la Ley Provincial N 1.843 Art. 2, Inc. I, Anexo B, del Decreto 2055/00 por Circular sin los correspondientes permisos de tránsito otorgados por autoridad competente y eximir de responsabilidad al conductor, Señor Miguel Ángel OVIEDO, CUIL N 23-21782469-9 y al propietario del dominio AUZ93, Jorge Adrián LABORDE, CUIT 20-21514339-3, por los fundamentos esgrimidos en el descargo debiendo ordenarse el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite; Artículo 3º: Regístrese, realícense las notificaciones correspondientes, según lo establece la Res. 270/03 Art. 7 - inciso 8, pase a sus efectos a la Dirección Principal de Estudios y Proyectos y cumplido, archívese. DADA: En la sesión Nº 1.771, del jueves 24 de enero de 2019.- FDO.: Ing. Jorge Alberto Etchichury, y Señores Vocales: Ing. Carlos Sebastián Rossi, Jorge Carlos Gabba, Guillermo Osvaldo Bertone, Valentín Contreras y Luís Alberto María Colla. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, 03
de Septiembre de 2019.- Ing. Jorge Alberto ETCHICHURY, Presidente Dirección Provincial de Vialidad.

días hábiles, a partir de notificada la presente, para abonar la multa impuesta Res. DPV Nº 270/03 Anexo I Art. 9º Artículo 4º: Comuníquese al Registro de Reincidencia dependiente directamente a la División Control de Cargas y Dimensiones Res. 560/04. Artículo 5º: Regístrese, realícense las notificaciones correspondientes, según lo establece la Res.
270/03 Art. 7 - inciso 8, pase a sus efectos a la Dirección Principal de Estudios y Proyectos y cumplido, archívese. DADA:
En la sesión Nº 1.784, del jueves 06 de junio de 2019.- FDO: Ing.
Jorge Alberto Etchichury, y señores vocales: Ing. Jorge Carlos Gabba, Guillermo Osvaldo Bertone, Luis Alberto Colla y Carlos Sebastián Rossi. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, 12 de Septiembre de 2019.- Ing. Jorge Alberto ETCHICHURY, Presidente Dirección Provincial de Vialidad.
B.O. 3381 a 3383

B.O. 3380 a 3382

1- Partida del propietario: 650354
2- Nomenclatura Catastral: Ejido 039-Circ IChacra 22-Parcela 9
3- Inscripción Registral: Luis Luitpoldo, Carlos Antonio Archambaudl, María Esteban Lubicz Orlowsky y del Carril 4- Partida iniciador: 805088

LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de La Pampa, con domicilio en Avenida Spinetto Nº 1221 de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en expediente administrativo Nº 154/16
caratulado:
ACTA
DE
CONTRAVENCIÓN Nº 3.086, Conductor: Carlos Javier VILLAFAÑE MOYANO. Propietario: Vilma Hidranelli VENTURI., notifica al señor Carlos Javier VILLAFAÑE MOYANO, DNI Nº 17.350.505, que se ha dictado Resolución Nº 238/2019 por el Directorio de esta Repartición, en sesión Nº 1.784 de fecha 06
de Junio de 2019, la que en su parte pertinente textualmente dice: Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentado el legal tiempo y forma el descargo ingresado a esta Repartición por parte de la Señora Vilma Hidranelli VENTURI no haciendo lugar al mismo, por los fundamentos expuestos en los considerandos.
Artículo 2º: Dar por concluida la causa administrativa tramitada en el Expediente Nº 154/16, Acta de Contravención Nº 3.086, por circular los vehículos de carga excedidos en el peso total a trasmitir a la calzada, de conformidad a lo establecido en el Art. 53, Inc. D de la Ley 24449, e imponer la sanción de multa de 2383 U.F., equivalente a 2383 litros de nafta especial al precio de venta al público que fija el automóvil Club Argentino en la ciudad de Santa Rosa, vigente al momento de hacerse efectivo el pago. Encuadrándose la misma en el Inc.
V, del Art. Nº 2, Anexo B del Decreto Nº 2055/00, al Conductor Señor Carlos Javier VILLAFAÑE MOYANO, DNI Nº 17.350.505; a la Señora Vilma Hidernelli VENTURI, DNI Nº 902.599 propietaria de los dominios BMR 960 y NPY 627, a la Firma MSU S.A., CUIT
30-60759719-3, en su carácter de firma cargadora y receptora y a la Firma TRANSMILO CARGAS S.R.L., CUIT 30-71461824-1, en su carácter de firma transportista Artículo 3º: Conferir a los infractores nombrados en el Artículo 2º, el plazo de 10 diez
MUNICIPALIDAD DE CATRILÓ
RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 410 - 2019.CATRILÓ, 27 de Agosto de 2019
VISTO:
El Expediente Administrativo N 01/2019, iniciado por la Secretaria de la Municipalidad de Catriló caratulado:
MUNICIPALIDAD
DE
CATRILÓ
S/PRESCRIPCIÓN
ADMINISTRATIVA.
CONSIDERANDO:
La situación del inmueble denominado como:

Respectivamente, sitio en esta localidad de Catriló, Provincia de La Pampa, ubicación: Secc II, Frac. C Lote 5, Departamento CATRILÓ, Provincia de La Pampa, con una superficie de 3Ha 46a 21 ca, todo según Plano de Mensura particular a los fines de la Prescripción Administrativa Ley 24.320, Reg. 12.050 T 180
F99, confeccionado por el Agrimensor Mauro Chacón.
Que del informe de la Secretaria se desprende que esta Comuna inviste derechos posesorios sobre los mismos. Que ello surge corroborado con los testimonios agregados en autos, Informes de Registro de la Propiedad Inmueble y de la Dirección General de Catastro. Que por Ley 24.230 y el art. 1.899 del Código Civil, es posible declarar la prescripción administrativa sobre los inmuebles cuando los Municipios hayan poseído los mismos por un periodo de por lo menos veinte años.
Que tal como expresa la Secretaria, contar con el inmueble resulta necesario, oportuno y, conveniente para esta Municipalidad, a fin de disponer del mismo legalmente para los distintos emprendimientos sociales;
POR ELLO y conforme a las atribuciones que le son propias el Sr.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha27/09/2019

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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