Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 15/12/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3288

Santa Rosa, 15 de diciembre de 2017

P ág. N 3

comuníquese, publíquese y archívese.-

DICIEMBRE DE 2017

DECRETO N 4306/17

Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL
CUARENTA 3040.

Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa
Dr. Rubén Oscar OJUEZ, Ministro de Salud.

Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 1 DE
LEY N 3041: APROBANDO EL CONVENIO CELEBRADO CON FECHA 17 DE MAYO DE 2017, ENTRE LA
SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DE LA NACIÓN, Y EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1: Apruébase el Convenio celebrado con fecha 17 de mayo de 2017, entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia de La Pampa, con el objeto de implementar dos 2 Cursos de Alfabetización Digital del Programa Nacional de Inclusión Digital y Acceso a Nuevas Tecnologías para Personas Mayores.
ARTÍCULO 2: A fin de garantizar la eficiente ejecución del Convenio aprobado por el artículo 1 de la presente, se faculta al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Desarrollo Social, a contratar en forma directa a personal idóneo a fin de llevar adelante la coordinación y dictado de clases teórico prácticas correspondientes a los Cursos de Alfabetización Digital del Programa Nacional de Inclusión Digital y Acceso a Nuevas Tecnologías para Personas Mayores. Dicho personal será no permanente y de carácter transitorio, cuya relación se creará mediante un contrato de plazo determinado, acorde a las condiciones y montos establecidos en dicho Convenio. En ningún caso la contratación generará relación de empleo público.
ARTÍCULO 3: Determínase que los procedimientos administrativos, de contratación, de rendición y de control serán los definidos en el Convenio citado en el artículo 1, sin perjuicio de los que correspondan a los organismos de contralor de la provincia de La Pampa.
ARTÍCULO 4: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados
de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.
REGISTRADA
BAJO EL N 3041
Dip. Alicia Susana MAYORAL, Vicepresidente 1 Cámara de Diputados Provincia de La Pampa Dra. Varinia Lis MARIN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N 15260/17
SANTA ROSA, 4 DE DICIEMBRE DE 2017
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 4304
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa
C.P.N Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas Fernanda Estefanía ALONSO, Ministra de Desarrollo Social SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 1 DE
DICIEMBRE DE 2017
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL
CUARENTA Y UNO 3041.
Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

LEY N 3045: APROBANDO EL CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA
Y COLABORACIÓN EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA ENTRE EL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA
NACIÓN Y LA PROVINCIA DE LA PAMPA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1: Apruébase el Convenio Marco de Adhesión al Programa Nacional de Asistencia y Colaboración en el marco de la Emergencia entre el Ministerio de Seguridad de la Nación y la provincia de La Pampa, celebrado el día 12 de diciembre de 2016, ratificado mediante Decreto N
1199/2017, el cual forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.
REGISTRADA
BAJO EL N 3045
Dip. Alicia Susana MAYORAL, Vicepresidente 1 Cámara de Diputados Provincia de La Pampa Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N 15264/17

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 15/12/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha15/12/2017

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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